Gabriel Boric avanza con la nueva constitución que reemplazará la establecida en la dictadura de Pinochet. El turno de inclusión fue ahora para la eutanasia, que fue aprobada por la Convención Constitucional de Chile, sin embargo debe volver a revisión ya que hay un aparte problemático dentro.
El fragmento que será objeto de revisión es el siguiente: “La Constitución asegura el derecho de las personas a tomar decisiones libres y autónomas sobre su vida” ya que se es considerada por algunos de los representantes como una posible forma para facilitar el acceso a la misma. Ahora es revisada por la comisión de Derechos Fundamentales.
Diferencia entre eutanasia y cuidados paliativos
El concepto hace alusión a la no prolongación de la vida de forma innecesaria, en situaciones de agonía. Es decir, dejar morir al paciente para evitar el sufrimiento, con una atención basada en hacer más leve el malestar, y no en combatir la enfermedad con tratamientos agresivos. Particularmente, se hace alusión al derecho a recibir cuidados paliativos que tendrán todas las personas portadoras de enfermedades crónicas, avanzadas, progresivas y limitantes de la vida.
Pero la eutanasia se entiende más como un fallecimiento provocado por médicos de forma intencional sobre una persona que no desea seguir viviendo debido a su condición de salud. Entiéndase que son dos conceptos totalmente distintos que deben ser diferenciados.
También puede leer: Cobertura de vacunación covid-19 es superior al 70% en 14 países de la región
“La dignidad en esta etapa de la vida de las personas también es algo de lo que esta Convención tiene que hacerse cargo, para que quede establecido en la nueva Constitución”, sostuvo Carolina Videla, del frente Chile Digno. Algunos detractores de la propuesta argumentaron que nombrarla “muerte digna” es un acto de soberbia que puede denotarse en toda la nueva constitución.
Pese a que la eutanasia fue el asunto más discutido, otro artículo que generó discrepancias fue el “derecho a la desobediencia civil contra una autoridad que estuviere incumpliendo con lo establecido en esta Constitución”, que obtuvo 70 votos en contra, 60 a favor y 17 abstenciones, lo que quiere decir que debe volver a su comisión de origen, considerando que sería una violación directa a los derechos humanos.
Artículo relacionado: España: séptimo país en legalizar la eutanasia
Igualmente, se rechazaron dos incisos, donde se planteaba que “los medios de comunicación públicos serán independientes, pluralistas, interculturales y descentralizados”, y que “dichos medios se constituirán como empresas autónomas del Estado, con presupuesto permanente, personalidad jurídica de derecho público y patrimonio propio”, debiendo regresar a la comisión.