España: séptimo país en legalizar la eutanasia

Este jueves se conoció la aprobación de la "Ley de la Eutanasia". Esta norma pemitirá a los pacientes de enfermedades incurables solicitar el suicidio asistido
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España se convirtió en el séptimo país en el mundo en legalizar la eutanasia y el suicidio asistido. El Congreso de los Diputados aprobó este jueves la “Ley de la Eutanasia” que permitirá a aquellas personas con “una enfermedad grave e incurable” o un “padecimiento grave, crónico e imposibilitante” pedir asistencia médica para poner fin a su vida. La decisión se tomó con 202 votos a favor de partidos de izquierda, de centro y regionalistas, 141 en contra de partidos de la derecha (en su mayoría) y 2 abstenciones.

Con esta ley impulsada por el gobierno de Pero Sánchez, España ingresa al pequeño grupo conformado por Nueva Zelanda, Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Canadá y Colombia. De acuerdo con lo acordado, la normativa entrará en vigor en los próximos tres meses, tras una lucha de años de parte de organizaciones de pacientes y sus familias para conseguirlo.

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Eutanasia garantista y “rápida” para los españoles

Según se conoció, el tiempo estimado para acceder a la eutanasia en España será aproximadamente de un mes. Este hecho la titula como una de las leyes de suicidio asistido con más garantías para sus pacientes, entendiendo que en varias legislaciones los procesos se extienden de forma considerable. El proceso es el siguiente:

  • La persona interesada en solicitar asistencia médica para la eutanasia deberá realizar una primera solicitud por escrito. En menos de 15 días debe enviar un escrito de confirmación para corroborar que no es objeto de presiones externas.
  • Luego de la recepción de estas peticiones y su verificación, una Comisión de Garantía y Evaluación analizará el caso individual a partir del diagnóstico, tiempo que lleva con la enfermedad y si ha recurrido a cuidados paliatvos para mejorar su calidad de vida. Este tribunal estará formado por médicos, enfermeros y juristas que responderán a la persona en menos de 19 días. En este lapso, la persona puede retirar su solicitud si lo desea.
  • Se debe tener en cuenta que los plazos designados solo pueden reducirse si se trata de casos de muerte “inminente”.

Como lo estipula la “Ley de Eutanasia”, ésta será integrada en la cartera de servicios de la cartera del Sistema Nacional de Salud. El procedimiento podrá llevarse a cabo en hospitales públicos, privados, concertados o en el lugar de residencia del paciente. El solicitante deberá ser nacionalizado español, contar con residencia legal o certificado de empadronamiento que acredite al menos 12 meses de permanencia en España.

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