Manual tarifario SOAT 2026 de salud indexado a la UVB – circular externa 047 de 2025

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Manual Tarifario SOAT 2026 de salud indexado UVB - circular externa 047 de 2025

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La circular externa 047 de 2025 del Ministerio de Salud y Protección Social establece la indexación del manual tarifario SOAT 2026 de salud a la unidad de valor básico (UVB), actualizando las tarifas aplicables a los servicios, procedimientos y conjuntos integrales de atención incluidos en el Anexo técnico 1 del decreto 780 de 2016. A partir de la vigencia 2026, las tarifas se expresan en UVB, con liquidación en pesos según la UVB vigente del año de prestación y un ajuste obligatorio a la centena más próxima. La norma se dirige a compañías de seguros autorizadas para expedir la póliza SOAT, entidades responsables de pago, prestadores de servicios de salud públicos y privados y empresas de transporte de pacientes, con impacto directo en los procesos de facturación, auditoría y reconocimiento de servicios.

Manual tarifario SOAT 2026: contexto y alcance de la circular externa 047 de 2025

El manual tarifario SOAT 2026 indexado a la UVB responde a la política de desindexación adoptada por el Gobierno Nacional para reemplazar referencias monetarias fijas por una unidad técnica que se actualiza anualmente según el IPC sin alimentos ni regulados, certificado por el DANE. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público es la entidad encargada de publicar el valor oficial de la UVB antes del primero (1) de enero de cada año.

El alcance de la circular externa 047 de 2025 es amplio. Establece que las tarifas expresadas en UVB serán de obligatorio cumplimiento para el reconocimiento de los servicios de salud derivados de:

  • Accidentes de tránsito, cubiertos por el SOAT.
  • Desastres naturales, atentados terroristas y eventos catastróficos definidos por el Ministerio.
  • La atención inicial de urgencias, cuando no exista acuerdo tarifario entre las partes.

Estas disposiciones permiten mantener estabilidad en los precios de los servicios financiados con recursos del SOAT, evitando que las variaciones inflacionarias distorsionen el reconocimiento de las atenciones médicas. Adicionalmente, la circular indica que el manual tarifario SOAT 2026 puede ser usado como referente para otros contratos o acuerdos de pago entre prestadores y aseguradores, sin carácter obligatorio.

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Qué cambia con la circular externa 047 de 2025 en la operación del manual tarifario SOAT 2026

La circular externa 047 de 2025 transforma la estructura de cálculo de las tarifas SOAT 2026, pasando de valores fijos en pesos a una base indexada en UVB. En la práctica, esto implica tres ajustes operativos centrales:

  1. Tarifas expresadas en UVB: cada procedimiento y servicio del manual tarifario SOAT 2026 se define con un valor en UVB, que se convierte a pesos aplicando el valor vigente de la UVB para el año de prestación.
  2. Cálculo en pesos: el valor a facturar se obtiene multiplicando la tarifa en UVB por el valor de la UVB publicado por el Ministerio de Hacienda para el año correspondiente.
  3. Ajuste a la centena más próxima: una vez calculado el valor en pesos, el resultado debe redondearse a la centena más cercana, siguiendo la regla del Anexo técnico 1 del decreto 780 de 2016.

Estos tres pasos deben implementarse en los sistemas de información contable y de facturación de las EPS, IPS y aseguradoras SOAT. En la práctica, el tarifario deja de ser una tabla estática y se convierte en un modelo de cálculo dinámico y parametrizable.

Que es la UVB y cual es su valor parqa 2026

La Unidad de Valor Básico o UVB es una unidad de medida de valor en pesos colombianos utilizada para determinar diferentes cuantías que anteriormente se expresaban en salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV)  y en algunos casos en Unidades de Valor Tributario.

El valor de la UVB para 2026 será de $12.110 pesos colombianos, según resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico del día 31 de diciembre de 2025.

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La UVB y su impacto en las tarifas del manual tarifario SOAT 2026

Qué es la UVB y cómo se aplica

La unidad de valor básico (UVB) es el eje técnico sobre el cual se construye el nuevo esquema tarifario. Su valor cambia anualmente, ajustándose según el IPC sin alimentos ni regulados, y se utiliza como multiplicador para calcular los valores en pesos del manual tarifario SOAT 2026.

La circular externa 047 de 2025 precisa que la liquidación en pesos se debe realizar multiplicando la tarifa en UVB del procedimiento o servicio por la UVB vigente del año de prestación. Luego, el resultado se ajusta a la centena más próxima. Esta metodología garantiza uniformidad en el reconocimiento y pago de los servicios.

Reglas de aproximación de las tarifas en UVB

Cuando el valor en UVB no es un número entero, deben aplicarse las siguientes reglas de aproximación:

  • Si el valor es superior a una (1) UVB, se aproxima a dos (2) decimales.
  • Si el valor es inferior a una (1) UVB, se aproxima a tres (3) decimales.

Estas reglas aseguran consistencia entre facturación y auditoría, especialmente en exámenes de laboratorio y procedimientos de bajo costo donde las tarifas pueden ser inferiores a una UVB.

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Responsables y obligaciones de aplicar el manual tarifario SOAT 2026

La circular externa 047 de 2025 asigna responsabilidades claras a los actores del sistema que intervienen en la atención y reconocimiento de servicios financiados por el SOAT:

  • Compañías de seguros autorizadas para expedir la póliza SOAT
    Deben reconocer las prestaciones con base en las tarifas del manual tarifario SOAT 2026 indexadas a la UVB, verificando la correcta aplicación de la fórmula de liquidación y el ajuste final a la centena.
  • Entidades responsables de pago
    Aplicarán las tarifas en UVB para los eventos definidos en la circular, garantizando coherencia entre el valor en UVB, el valor de la UVB vigente y el monto liquidado.
  • Prestadores de servicios de salud (IPS públicas y privadas)
    Deberán facturar usando los códigos y tarifas en UVB del manual tarifario SOAT 2026, liquidando los valores en pesos de acuerdo con la UVB vigente del año de prestación y aplicando el redondeo a centena.
  • Empresas de transporte asistencial de pacientes
    Ajustarán su facturación al nuevo esquema tarifario en UVB cuando sus servicios sean reconocidos en el marco de los eventos definidos por la norma.

Ejemplos representativos de tarifas del manual tarifario SOAT 2026 en UVB

La circular externa 047 de 2025 incluye un extenso listado de procedimientos con su tarifa expresada en UVB. A continuación, algunos ejemplos representativos que ilustran la aplicación práctica:

CódigoDescripción del servicioTarifa en UVBAplicación práctica
19001Acetaminofén5,93Se multiplica por la UVB vigente y se ajusta a la centena más próxima.
19007Ácidos grasos de cadena muy larga cuantificación63,74Verificar el cálculo UVB × valor vigente y el ajuste final.
19505Hematocrito0,567Se aplica aproximación a tres decimales por ser < 1 UVB y luego se ajusta a centena.
19575Histocompatibilidad, estudio completo (HLA, A BC DR, etc.) y prueba cruzada305,70Controlar coherencia entre UVB del año y resultado final en pesos.

El manual tarifario SOAT 2026 no incluye topes ni porcentajes adicionales en esta circular; su contenido se limita a expresar las tarifas vigentes en UVB, dejando el valor de la UVB anual al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Vigencia y aplicación del manual tarifario SOAT 2026 indexado a la UVB

Las tarifas indexadas en UVB establecidas en la circular externa 047 de 2025 rigen a partir de la vigencia 2026. La norma no contempla una etapa de transición, por lo que los prestadores y aseguradores deben actualizar sus sistemas, parametrizar el tarifario y verificar la fórmula de cálculo desde el inicio del año. El cumplimiento pleno será exigible en todos los servicios facturados con cargo a los recursos del SOAT y los demás eventos definidos.

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Implicaciones prácticas para facturación, recaudo y control del manual tarifario SOAT 2026

La implementación del manual tarifario SOAT 2026 requiere ajustes inmediatos en los procesos internos de las organizaciones involucradas:

  • Facturación: actualizar el maestro tarifario, registrar las tarifas en UVB, cargar el valor UVB vigente y automatizar el ajuste a centena.
  • Recaudo y cartera: garantizar consistencia entre valores liquidados y reconocidos, evitando glosas por diferencias en redondeo.
  • Auditoría: adoptar un único criterio de verificación (tarifa UVB × valor UVB vigente + ajuste a centena).
  • Tecnología y sistemas: controlar la trazabilidad de las UVB por vigencia para prevenir errores de liquidación entre años.

En la práctica, la adopción del manual tarifario SOAT 2026 indexado a la UVB fortalece la trazabilidad financiera y la equidad en los pagos del sistema de salud, permitiendo que las tarifas evolucionen de forma controlada y transparente.

Puntos de atención para equipos jurídicos, financieros y operativos

  • Jurídico: delimitar el alcance obligatorio del manual tarifario SOAT 2026 —aplica en accidentes de tránsito, desastres naturales, atentados terroristas, eventos catastróficos y atención inicial de urgencias sin acuerdo— y verificar contratos vigentes.
  • Financiero: mantener consistencia en el dato maestro de UVB; cualquier error en su carga puede generar diferencias acumuladas en millones de pesos.
  • Operativo y TI: documentar la fórmula de liquidación, validar ejemplos de cálculo y asegurar que todos los actores apliquen las mismas reglas de aproximación y ajuste.

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Desde el 1 de enero de 2026, los actores del sistema deben contar con el manual tarifario SOAT 2026 parametrizado en UVB, el valor UVB vigente cargado en sistemas y los procesos de validación operativos listos para auditoría y conciliación.

Descargue aquí la circular: Indexación de tarifas del manual de régimen tarifario expresadas en UVB que regirán a partir de la vigencia 2026.

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