Formularios reporte de deudas Régimen Subsidiado

[favorite_button]
Comentar

La Resolución 0260 de 2015 presenta los formularios para el reporte de información de las deudas de contratos del Régimen Subsidiado de Salud. (Lea También: Pago de deuda Régimen Subsidiado)

La Resolución 0260 establece los anexos técnicos para las especificaciones y estructuras de los archivos en los que las Entidades Territoriales y las EPS deben reportar la información de las deudas de contratos del Régimen Subsidiado, según lo establecido en el Decreto 058 de 2015.

Son cinco anexos para el reporte de saldos de las deudas que las Entidades Territoriales tienen con las EPS y que tienen como objetivo realizar el saneamiento de pasivos del Régimen Subsidiado.

Anexo 1: Reporte de Saldos reconocidos y no pagados de los Contratos de Aseguramientos por parte de las EPSS

Anexo 2: Reporte de Saldos reconocidos no pagados de los Contratos de Aseguramiento por parte de las Entidades Territoriales

Anexo 3: Reporte de los Municipios del pago de deudas con recursos de las cuentas maestras

Anexo 4: Reporte de los Departamentos del pago de deudas con recursos de cuentas maestras de los municipios

Anexo 5: Reporte de las EPSS del pago de deudas con recursos de cuentas maestras

Reporte de las IPS

La Resolución 0260 igualmente establece el reporte de fuentes y valores a girar de las deudas reconocidas no pagadas y discriminadas de fuente de financiación por parte de las IPS.

El reporta de las Entidades territoriales de orden departamental, distrital y municipal deberán reportar a la Dirección de Financiamiento Sectorial del Ministerio de Salud y Protección Social las fuentes de financiación establecidas en el artículo 4 del Decreto 058 de 2014.

Por su parte, las EPSS deberán reportar al Ministerio de Salud y Protección Social la información de las IPS a las cuales se le girará los recursos previstos en el artículo 4 de la Decreto 058 de 2015, a través de la Plataforma PISIS del SISPRO.

Reporte de Información al Ministerio

La Entidades Territoriales y las EPSS deben reportar la información establecida en los artículos 2, 3, y 8 del Decreto 058 de 2015, según los datos que están en el portal web del Ministerio siguiendo la ruta.

www.minsalud.gov.co / Protección Social/ Financiamientos/ Medidas de Saneamiento del Sector/ saneamiento de deudas por contratos del régimen subsidiado/ Decreto 1080/ Publicación final/ información deuda reconocida no pagada/ propuestas fuentes de financiación.

Las entidades que hagan el flujo y consolidación de información serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos.

La Resolución 0260 de 2015 entra en vigencia a partir de su publicación.

 

Documentos adjuntos

Este artículo tiene documentos adjuntos que podrá descargar para ampliar su información:

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

Preinscríbete y recibe información ampliada
XIX Congreso Nacional de Salud

* Todos los campos son requeridos

Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda

¡Gracias por su información!

El formulario ha sido enviado exitosamente, por favor verifique su bandeja de correo electrónico, enviaremos información ampliada sobre el XIX Congreso Nacional de Salud.

Pronto uno de nuestros asesores te contactará.