Decreto 630 de 2021: etapa 3 del PNV vacunará personas con comorbilidades desde los 12 años

Además a la etapa 3 del Plan Nacional de Vacunación se adicionaron 4 comorbilidades para priorización y 4 poblaciones más.
Decreto 630 de 2021 etapa 3 del PNV vacunará personas con comorbilidades desde los 12 años
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El Decreto 630 de 2021 emitido por el Ministerio de Salud modifica nuevamente la etapa 3 del Plan Nacional de Vacunación adicionando algunas comorbilidades a la lista de priorización y cambiando la edad desde la que se aplicarán las vacunas a las personas que las padecen. Esto quiere decir, que en el país se empezarán a vacunar personas desde los 12 años que presenten algunas de las comorbilidades descritas a continuación:

  1. Enfermedades hipertensivas (110-115, 127.0, 127.2)
  2. Diabetes (E10-E14)
  3. Insuficiencia renal (N17-N19)
  4. VIH (820-824)
  5. Cáncer (COO-D48)
  6. Tuberculosis (A 15-A 19)
  7. EPOC (J44)
  8. ASMA (J45)
  9. Obesidad Grado 1, 2 Y 3 (Índice de Masa corporal >30)
  10. En lista de espera de trasplante de órganos vitales
  11. Post trasplante de 6rganos vitales.
  12. Enfermedad isquémica aguda del coraz6n (1248- 1249)
  13. Insuficiencia cardiaca (1500, 1501, 1509)
  14. Arritmias cardiacas (1470- 1490, 1498, 1499)
  15. Enfermedad cerebro vascular (1630-1639, 164X, 1678, 1679)
  16. Desordenes neurológicos (G12, G12.2, G12.9, G 71.0, G20X, G35X, FOOO- F023, G800, G820- G825)
  17. Síndrome de Down (Q900-Q909)
  18. Inmunodeficiencia primaria (080-084)
  19. Esquizofrenia, trastorno esquizotípico y trastornos de ideas delirantes (F20-F29)
  20. Autismo (F84X)
  21. Trastorno bipolar (F31)
  22. Discapacidad intelectual (F70-F79) y Otros trastornos mentales debidos a lesión disfunción cerebral o a enfermedad somática (F06)
  23. Fibrosis Quística (E840-E849)
  24. Artritis reumatoide (M059, M069, J990, M051, M052, M053, M058, M060, M062, M063, M068).
  25. Lupus Eritematoso Sistémico (M329, M321)
  26. Espondilitis Anquilosante (M45X)
  27. Vasculitis (M052, M313, M301, M315)

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Las últimas 4 condiciones medicas se añadieron a la lista con la modificación del decreto, además en el decreto anterior (466 de 2021) se establecía que las personas que se vacunarían en esta etapa y con estas comorbilidades serían las que tuvieran entre 16 y 50 años de edad.

Cabe resaltar que la inclusión de nuevas condiciones de salud en el listado, solo se podrá hacer, previo análisis y recomendación de la Dirección de Epidemiología y Demografía del Ministerio de Salud y Protección Social, que podrá requerir un concepto del Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud -IETS- si lo considera necesario, y previa recomendación Comité Asesor del Ministerio de Salud y Protección Social para el proceso estratégico de inmunización de la población colombiana frente al COVID-19.

Adicionalmente, el nuevo decreto señala que la vacuna para los menores entre los 12 y 15 años de edad aplica de acuerdo con las recomendaciones del respectivo laboratorio fabricante o una vez culmine el proceso para la aprobación de la evidencia científica en el país y conforme a los lineamientos que expida el Ministerio de Salud.

Así mismo se incluyeron tres nuevas poblaciones que ahora hacen parte de la etapa III del Plan Nacional de Vacunación, entre estas se incluye:

  • Personal de la DIAN con funciones o adscritos a puestos de control aéreo, terrestre, marítimo y fluviales para realizar actividades de control de ingreso, traslado y salida de mercancía.
  • Personal de la Unidad Nacional de Protección que hagan parte de los esquemas de seguridad de las personas que requieren protección en atención a su cargo o condición de seguridad.
  • Personal de la Dirección Nacional de Inteligencia que realicen labores de campo en el desarrollo de sus funciones de inteligencia estratégica y contrainteligencia.
  • Gestores sociales y personal de las entidades públicas del nivel municipal, distrital, departamental y nacional que, en el desarrollo de sus funciones, realicen labores de campo relacionadas con la gestión policiva, diálogo social y atención a la población vulnerable.

Otros cambios en la etapa 3 del PNV

El documento además dicta que tendrán prioridad para vacunarse, antes del viaje, los deportistas y oficiales que representen al estado colombiano en competencias deportivas internacionales, independientemente de la etapa en la que se encuentre el Plan Nacional de Vacunación. La información de la identificación de los deportistas y oficiales debe ser reportada por el Ministerio del Deporte.

También tendrán prioridad para vacunarse antes del viaje e independientemente de la etapa en la que se encuentre el Plan Nacional de Vacunación, las personas que sean designadas por el Gobierno nacional para representar al Estado Colombiano ante otro país o ante organismos internacionales y las personas que una vez ingresadas al programa de protección a testigos deban salir del país como medida de protección dentro del mencionado programa.

Finalmente, el documento menciona que teniendo en cuenta que las vacunas contra el COVID-19 son un bien escaso y que llegarán al país gradualmente, el Ministerio de Salud podrá definir aplicaciones prioritarias de la vacuna dentro de la misma etapa.

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Descargue aquí el Decreto 630 del 9 de junio de 2020- Modificación a la etapa III del PNV ⬇⬇

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