El debate de la reforma a la salud se reanudó en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes este 19 de abril a las 02:00 PM, después de que el Comité de Ética decidiera sobre las recusaciones presentadas el día anterior, motivos por los que se solicitó el aplazamiento de la sesión.
Antes de la sesión, el partido Cambio Radical comunicó oficialmente su negativa al proyecto de reforma. De acuerdo con el anuncio, la bancada estima que “el sistema de salud requiere una reforma estatutaria de carácter urgente, NO como la que el gobierno está trámitando y que no soluciona los problemas que aquejan al sistema”.
Algunos de los motivos principales para no respaldar la iniciativa gubernamental son: el riesgo en la prestación de servicios de salud para los colombianos y demás residentes en el país; una mayor fragmentación en la atención y sobre la que no habría un actor responsable; la falta de claridad sobre el financiamiento de nuevas infraestructuras y la estatización del sistema, evidenciada en la definición de políticas, la regulación, la contratación, el establecimiento de tarifas, la designación de la ADRES como fondo único pagador, entre otros.
*A las 04:23 pm culminó la votación de la ponencia negativa (archivo del proyecto de ley 339) con 17 votos en contra y 4 a favor. El debate del proyecto de reforma a la salud todavía no ha iniciado formalmente, ya que el articulado con la iniciativa gubernamental así como las iniciativas acumuladas no se han sometido a votación.
Esta fue la solicitud de archivo del proyecto de reforma a la salud
La sesión inició con la ponencia negativa, radicada por Cambio Radical y el Centro Democrático, expuesta por los representantes Betsy Pérez y Juan Felipe Corzo sobre el proyecto de ley (PL-339). Las razones de los representantes para archivar el proyecto de reforma a la salud eran las siguientes:
- El Estado no puede adoptar medidas de carácter regresivo que dificulten o impidan el acceso al goce efectivo del derecho fundamental. Lo anterior se vería reflejado, por ejemplo, en el enfoque poblacional que se adoptaría con los CAPS, limitando el acceso o en la eliminación de la libre escogencia de entidades del aseguramiento por parte del usuario.
- Sobrecargar a la ADRES en aspectos que mitigan el riesgo financiero de los recursos de la salud resulta irresponsable y peligroso.
- El modelo de transición propuesto irá marchitando el importante rol de las EPS sin fijar criterios claros sobre quién o quiénes asumiran sus funciones. En ese orden, el sistema mixto de afiliación, registro, aseguramiento y prestación en salud es una necesidad imperante para el buen funcionamiento del sistema.
- Las EPS tienen un periodo de 2 años para entregar afiliados y subrogar contratos, lo cual desborda la capacidad de gestión de los entes territoriales y se traduce en graves consecuencias de los afiliados.
- La viabilidad financiera por parte del Ministerio de Hacienda y el impacto fiscal que traería la reforma es una preocupación que aún no ha sido resuelta.
- La creación del Consejo Nacional de Salud y su excesiva asignación de funciones resulta ineficiente y riesgoso para la formulación de políticas públicas en salud.
Más allá del ámbito técnico, la ponencia negativa a la reforma a la salud también sustentaba su posición en el desconocimiento del principio de la unidad de materia de los otros proyectos de reforma radicados, en el que no se incluyen otras propuestas presentadas. Asimismo, los representantes manifestaron que la postura renuente de la ministra de Salud, Carolina Corcho “para lograr acuerdos y el incumplimiento en lo consensuado con los partidos políticos no ha permitido avanzar en un documento que recoja las proposiciones”.
Por su parte, la representante Pérez señaló que, si bien el sector salud de Colombia requiere una reforma, debe poderse construir sobre lo construido que permita mantener los avances logrados durante las últimas tres décadas. Complementando a la información presentada por su colega, resaltó que “la Ley 100 de 1993 fue una ley ordinaria; la jurisprudencia en esa época consideraba a la salud como derecho económico, social y cultural”. Para la época, la salud todavía no era considerada como un derecho fundamental, categoría a la que ascendió con la expedición de la Ley 1751 de 2015.
El trámite de la reforma a la salud debería seguir un curso de ley estatutaria, teniendo en cuenta que la propuesta regula elementos inherentes al ejercicio y formas de acceder a los servicios de salud. Pero, adicionalmente, se modifica la Ley Orgánica del Sistema General de Participación (Ley 715 de 2001); asigna competencias al Consejo Superior de la Judicatura -mismas que están consignadas en la Carta Magna y que no pueden ser modificadas-.
“La transición propuesta no es viable ni en tiempos ni en recursos, toda vez que no contempla nuevas fuentes de financiación. Preocupan los cerca de 100 mil empleos que se pueden perder, la continuidad y financiación de las atenciones a los 8 millones de colombianos con enfermedades crónicas de alto costo”, resaltó la representante Pérez.
Del proyecto de reforma a la salud, se rescata la eliminación de los regímenes de afiliación, la mejora a las condiciones laborales de los profesionales de la salud, el impulso a la producción nacional de insumos y medicamentos.
La sesión convocada por terminó a las 04:25 PM. El debate de la reforma a la salud se llevará a cabo en una próxima, según lo comunicado por la mesa directiva de la Comisión Séptima.