En un nuevo análisis sobre la prestación de servicios de salud en Colombia, la Corte Constitucional declaró un nivel de cumplimiento bajo en la Nueva ESE Hospital San Francisco de Asís de Quibdó, resaltando múltiples deficiencias que afectan la calidad y accesibilidad de los servicios de segundo nivel de atención. Mediante el Auto 2050 del 13 de diciembre de 2024, se emitieron órdenes específicas para la Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) y el agente especial interventor de la entidad.
La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, que identificó fallas estructurales en el Sistema General de Salud, evaluó la situación del hospital, revelando que el 84.36% de los estándares de habilitación están cumplidos. Sin embargo, se detectaron graves deficiencias en infraestructura, talento humano, manejo de insumos y medicamentos, y gestión administrativa, lo que impacta la calidad de la atención médica en el departamento del Chocó.
En términos de accesibilidad y disponibilidad de servicios, la Corte concluyó que la oferta actual no garantiza sostenibilidad a largo plazo, evidenciándose fallas en servicios críticos como cirugía, consulta externa y hospitalización en salud mental.
Infraestructura en condiciones críticas
Uno de los aspectos más alarmantes señalados por la Corte es el deterioro persistente de las instalaciones del hospital. Entre los problemas destacados se encuentran:
Humedades en paredes y filtraciones de agua por ventanas.
Presencia de óxido en enseres hospitalarios.
Condiciones de aseo inadecuadas que afectan la seguridad de pacientes y personal.
Falta de mantenimiento en equipos biomédicos esenciales.
La calidad del agua suministrada al hospital también fue cuestionada, así como el manejo deficiente de residuos peligrosos, lo que supone riesgos adicionales para la salud de pacientes y trabajadores.
Fallas en recursos humanos y atención médica
La Sala advirtió que el talento humano contratado no es suficiente para atender la demanda de servicios de segundo nivel en la región. Además, persisten retrasos en el pago de salarios y honorarios a trabajadores y contratistas, lo que afecta la moral y estabilidad del personal médico y administrativo.
La falta de adherencia a guías clínicas y protocolos médicos, así como la demora en los procesos de remisión, fueron otros problemas señalados. Estas deficiencias comprometen gravemente la atención de los pacientes y generan barreras en el acceso a servicios oportunos.
Órdenes de la Corte Constitucional
Ante esta situación, la Corte emitió órdenes directas a la Supersalud y al agente especial interventor para abordar las falencias. Entre las medidas se encuentran:
- Reporte y organización interna: Implementar un plan para reportar en el sistema los insumos y medicamentos adquiridos, organizar las historias clínicas, manejar adecuadamente las basuras y realizar el mantenimiento de los equipos médicos.
- Cumplimiento de requisitos de habilitación: Identificar las condiciones incumplidas y ejecutar acciones correctivas para alcanzar el 100% de los estándares.
- Mejoras operativas: Garantizar la sostenibilidad de los servicios de salud a largo plazo, incluyendo recursos humanos suficientes y mejoras en infraestructura.
El magistrado Vladimir Fernández Andrade aclaró su voto en esta decisión, destacando la importancia de garantizar los derechos fundamentales en salud para la población del Chocó. Este caso refleja una situación recurrente en la región, caracterizada por deficiencias históricas en infraestructura sanitaria y falta de recursos.
Por su parte, la Supersalud y las autoridades locales tendrán la responsabilidad de garantizar que las medidas se implementen con celeridad y efectividad. Este caso destaca la urgencia de realizar inversiones significativas en infraestructura, talento humano y administración hospitalaria para garantizar que el derecho fundamental a la salud se cumpla en toda Colombia.