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Colombia regula el trabajo en casa: ¿qué debe saber sobre la Ley 2088?

El Senado de la República aprobó en debate el proyecto de ley que busca regular el trabajo en casa. En él se establece esta figura como una modalidad laboral y no como forma de contratación. La Ley 2088 fue sancionada por el Congreso de la República el 12 de mayo.
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El pasado 12 de mayo, el Congreso de la República sancionó la Ley N° 2088 con la que se expiden los lineamientos para el trabajo en casa. De acuerdo con la normativa, esta modalidad habilita al servidor público o privado para desempeñar sus actividades laborales en espacios distintos al habitual, sin modificar la naturaleza del contrato o relación laboral, o legal y reglamentaria respectiva, ni tampoco desmejorar las condiciones del contrato laboral, cuando se presenten circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que impidan que el trabajador pueda realizar sus funciones en su lugar de trabajo.

Las normativa para el trabajo en casa no solo aplica para profesiones o actividades que funcionen con las nuevas tecnologías. La ley se extiende a cualquier tipo de trabajo o labor que no requiera la presencia física del trabajador o funcionario en las instalaciones de la empresa o entidad. La modalidad ha sido aoptada por numerosas empresas a raíz de la pandemia, para evitar una interrupción temporal o definitiva en los servicios que preste. Antes de la aprobación del Congreso, el proyecto de ley 352/20S–429/20C recibió el visto bueno del Senado de la República en marzo, tras realizar varios ajustes a las propuestas que pretendían regular esta forma de trabajo. Cabe resaltar que actualmente un gran número de personas continúa laborando en estos términos.

El aspecto más importante de la ley del trabajo en casa es la diferenciación del teletrabajo. De esta manera, el teletrabajo se entenderá como el trabajo que vincula y necesita medios tecnológicos para su ejecución, mientras que el trabajo en casa será concebido como una medida ocasional, temporal y excepcional, en el que la tecnología no será el único recurso a tener en cuenta.

Al respecto, el ministro del trabajo, Ángel Custudio Cabrera mencionó ante el Senado que las condiciones para el teletrabajo y el trabajo en casa son distintas: en el primer caso, éste deberá quedar estipulado en el contrato de vinculación laboral; en el segundo, la medida deberá quedar registrada por escrito desde la fecha de implementación. De igual forma manifestó que el 93% de las personas realizan labores domésticas durante su jornada de trabajo, por ello se deben tener en cuenta nuevas medidas para conciliar el ámbito personal y laboral.

“No se cambia la naturaleza de la relación o el contrato laboral que tengan las partes. Esto significa que todo lo que existe en el código sustantivo del trabajo frente a los derechos laborales se conserva en su totalidad. Esta norma no toca ningún trabajo del código sustantivo del trabajo”, comentó el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera al hablar del trabajo en casa.

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Estos son los puntos fuertes de la implementación del trabajo en casa

Desde el proyecto de ley -cuya siguiente fase es la espera de la conciliación para la sanción final-, se especifica que el trabajo en casa no es una nueva modalidad de contratación. Sin embargo, se habilita como figura de transición y el teletrabajo. Adicionalmente a ello, se debe prestar atención a los siguientes aspectos:

  • La jornada laboral máxima será de 8 horas diarias y 48 horas semanales. Las horas extra no podrán superar las 2 horas diarias y las 12 horas semanales.
  • Los trabajadores deberán realizar sus labores en el horario pactado en el contrato. No deberá tener sobrecargas adicionales para el trabajo en casa. Será el empleador quién decida cómo medir el desempeño de sus colaboradores, cumplimiento de metas, así como el mecanismo para el reporte y/o resultados de éstas.
  • Los trabajadores contarán con las mismas garantías pactadas al comienzo de la relación laboral: jornada laboral, pago de horas extras, pago de recargo nocturno, dominical o festivo. Asimismo, la asignación salarial y el pago de prestaciones sociales se mantendrán iguales a lo establecido en la contratación en la modalidad presencial.
  • Se establece el derecho a la desconexión laboral. Los trabajadores y servidores públicos podrán “disfrutar de su tiempo de descanso, permisos, vacaciones, feriados, licencias con el fin de conciliar su vida personal, familiar y laboral”.
  • Los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes y les reconozcan el auxilio de transporte, tendrán un auxilio de conectividad durante el tiempo de trabajo en casa. Estos auxilios no son acumulables.
  • La medida de trabajo en casa podrá habilitarse hasta por 3 meses o hasta el término pactado por las partes, en caso de que persistan las condiciones ocasionales, excepcionales o especiales que impidieron que el trabajador pudiera realizar sus funciones en su lugar de trabajo hasta que desaparezcan.
  • Durante el tiempo que se presten los servicios o actividades bajo la habilitación del trabajo en casa el servidor público o trabajador del sector privado continuará amparado por las acciones de promoción y prevención, así como de las prestaciones económicas y asistenciales, en materia de riesgos laborales.
  • Además de ello, la ARL a la que se encuentre afiliado el empleador, deberá promover programas que permitan garantizar condiciones de salud física y mental, así como la seguridad en el trabajo, para lo cual los empleadores deberán comunicar y actualizar ante la Administradora de Riesgos Laborales los datos del trabajador y en aquellos casos en que sea necesaria la prestación del servicio o el desarrollo de actividades en un lugar diferente al inicialmente pactado en la relación laboral.

Sumado a esto, la medida establece que los empleadores no podrán realizar ningún requerimiento o formular órdenes fuera de la jornada laboral. Para garantizar que la normativa se cumpla, se designó al Ministerio del Trabajo para realizar la inspección, vigilancia y control en el desarrollo de las actividades reguladas con esta nueva ley.

Consulte aquí el documento con las disposiciones del trabajo en casa:

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