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Bogotá adopta medidas por aumento de casos de IRA

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La Secretaría Distrital de Salud de Bogotá firmó la Circular 008 del 20 de febrero de 2024. Allí presenta las medidas que adoptará en materia de prevención, manejo y control de la Infección Respiratoria Aguda (IRA); también da a conocer las acciones de vigilancia en salud pública. Hasta enero, de acuerdo con los reportes de la capital del país, se contabilizaban 130.513 atenciones por esta causa, representando un 31.8% más de atenciones que las registradas en el mismo periodo del año pasado.

En cuanto a la población atendida por IRA, el 48% de personas en áreas de hospitalización, el 38% de consultas externas y urgencias se prestan a los adultos jóvenes -entre los 20 y 39 años-. En las UCI, el 52% de los atendidos también son menores de 5 años, seguidos de los adultos mayores de 60 años, equivalentes al 35%.

Las acciones en salud pública se extienden a condiciones de salud como la tos ferina o el covid-19. Con respecto a la primera, en 2023 se reportaron 627 casos probables y 2 confirmados; datos que muestran una reducción del 28% si se compara con 2022 o del 64%, si se contrasta con los reportes de 2019. Y en relación con los casos de covid-19, durante el primer mes del año se confirmaron 6.098 casos en 35 entidades territoriales del país. En el territorio nacional circulan las variantes de ómicron (XBB -detectada en marzo de 2023- y JN.1 -variante registrada desde el 24 de diciembre del año pasado-.

¿A quiénes está dirigida la Circular 008 del 20 de febrero de 2024?

Esta circular está dirigida a las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB), Entidades responsables de los regímenes Especiales y de Excepción; prestadores de servicios de salud; Subredes integradas de servicios de salud ESE de Bogotá.

Las medidas también deberán ser aplicadas por los trabajadores de la salud, la Secretaría Distrital de Integración Social, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF; Secretaría de Educación Distrital; otras entidades de la administración distrital con programas, modalidades y/o estrategias dirigidas a niños, niñas, mujeres gestantes y personas mayores.

Información sobre la ocupación hospitalaria en Bogotá

En la Circular 008 del 20 de febrero de 2024, las autoridades en salud de Bogotá presenta un reporte breve sobre la situación de hospitales y clínicas. Hasta el 31 de febrero, la ocupación hospitalaria ascendía al 78% en hospitalización pediátrica (1.566 camas instaladas), llegaba al 71% en UCI pediátrica con 257 camas instaladas y al 70%  en UCI neonatal con 286 camas instaladas.

Algunas de las acciones establecidas por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá

La Circular 008 del 20 de febrero de 2024 presenta las acciones que deberán implementar las entidades de Bogotá. Para CONSULTORSALUD, estas son las más importantes:

Empresas Administradoras de Planes  de Beneficios (EAPB), Entidades Responsables de los Regímenes Especiales y de Excepción:

  • Hacer seguimiento con su red de prestadores a la implementación y cumplimiento del Plan de Acción de Infección Respiratoria Aguda (IRA) en el marco del Programa Nacional de Prevención, Manejo y Control de la IRA/EDA/COVID-19, en sus cuatro componentes: gestión y planeación; atención para la  salud;  gestión del conocimiento  y sistemas de información; y seguimiento, conforme sus competencias.
  • Realizar seguimiento estricto a las cohortes de los siguientes grupos de riesgo: niños y niñas con bajo peso al nacer,  prematuridad,  malformaciones congénitas  mayores, oxígeno  requirentes, displasia  broncopulmonar, asma bronquial, patologías relacionadas con cirugía pediátrica, antecedente de hospitalización previa por IRA, desnutrición, ausencia de lactancia materna, esquema de vacunación incompleto e inasistencia a la valoración  integral del desarrollo. También a personas mayores de 60 años con condiciones de salud crónicas.
  • Atender las recomendaciones emitidas por el Instituto Nacional de Salud y el Ministerio de Salud  y Protección Social relacionadas con la prevención, manejo y control de la IRA relativas a los Equipos  de Protección  Personal -EPP y medidas de bioseguridad.
  • Hacer seguimiento y garantizar la suficiencia de servicios de pediatría, con énfasis en camas de hospitalización general y de cuidados intensivos, estrategia salas ERA y recurso humano en salud que den respuesta  al posible aumento de casos de infección respiratoria aguda.

Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS):

  • Intensificar el reporte y la  vigilancia del evento Infección Respiratoria Grave – IRAG inusitado (evento  348), la  Vigilancia Centinela (evento   345), morbilidad  (evento  995),  mortalidad por IRA, EDA  y desnutrición   (evento 591), Covid-19  (evento 346) y tos ferina (evento 800).
  • Activar y garantizar el funcionamiento  adecuado de las  salas  ERA,  con  el reconocimiento de la estrategia y los insumos requeridos para la atención del paciente.
  • Enfatizar en los servicios de urgencia y servicios de atención básica, el registro de signos de alarma (incluyendo  fiebre de tres días o más o de difícil control)  verificar  la oximetría en todas las consultas  y evaluar sus cambios con respecto  a consultas  anteriores por el mismo  evento, y,  en el momento de dar el alta,  documentar los signos de egreso y la importancia de retornar al servicio de urgencias cuando se presenten signos de alarma.
  • Implementar estrategias para garantizar la suficiencia de servicios hospitalarios como expansión de servicios hospitalarios, oportunidad en procesos de referencia,  egreso de pacientes y suministro de servicios de atención domiciliaria, tele-consulta como estrategia de seguimiento a pacientes con egreso de urgencias,  según lo establecido en el plan de respuesta IRA radicado.

Conozca el documento completo emitido por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá:

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