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La formalización laboral del talento humano en salud es el eje de un proyecto de decreto del Ministerio de Salud y Protección Social que busca adicionar nuevas medidas de empleo y trabajo al Decreto 780 de 2016. La iniciativa está dirigida a EPS, IPS, Empresas Sociales del Estado y entidades territoriales, con el propósito de fortalecer las condiciones laborales del personal que participa en la atención en salud en Colombia.
El documento plantea una ruta para mejorar las formas de vinculación del personal sanitario, promover condiciones de trabajo digno y reforzar medidas de bienestar, seguridad laboral y buen trato en clínicas, hospitales, EPS e instituciones públicas del sector. También establece mecanismos de seguimiento a cargo de entidades nacionales como el Ministerio de Salud, el Ministerio del Trabajo, Función Pública y la Superintendencia Nacional de Salud.
El proyecto cobija al personal que interviene en promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad. Además, incluye disposiciones para entidades públicas y privadas, con reglas diferenciadas según la naturaleza de cada institución.
¿Qué deberán hacer los hospitales públicos para avanzar en la formalización?
Las entidades públicas del sector salud deberán elaborar, adoptar e implementar un Plan Institucional de Formalización Laboral del Talento Humano en Salud. Este documento será una herramienta obligatoria para identificar la situación actual de la planta de personal, revisar las condiciones financieras de cada entidad y definir acciones para mejorar las formas de vinculación.
El proyecto establece que las entidades públicas deberán entregar este plan al Ministerio de Salud y Protección Social dentro de los 60 días siguientes a la expedición del decreto. Para ese proceso, el Ministerio de Salud y el Departamento Administrativo de la Función Pública deberán diseñar el modelo, los mecanismos de entrega y la herramienta tecnológica correspondiente.
Principales medidas para entidades públicas:
- Elaborar un Plan Institucional de Formalización Laboral.
- Entregar el plan al Ministerio de Salud dentro de los 60 días posteriores a la expedición del decreto.
- Recibir acompañamiento técnico del Ministerio de Salud, Ministerio del Trabajo y Función Pública.
- Priorizar la formalización en servicios como urgencias, hospitalización, cuidado intermedio e intensivo, salud mental y atención primaria.
- Evaluar la creación de plantas temporales o permanentes según necesidad institucional y disponibilidad presupuestal.
El proyecto también contempla fuentes de financiación concurrentes desde los niveles nacional, departamental, distrital y municipal. En el caso de las Empresas Sociales del Estado y entidades territoriales, el documento permite formular proyectos de inversión orientados a la formalización laboral, de acuerdo con la metodología del Departamento Nacional de Planeación.
Cuadro: ruta planteada para la formalización laboral
| Medida | Qué plantea | A quién aplica |
|---|---|---|
| Plan de formalización | Organizar el proceso de mejora en la vinculación laboral | Entidades públicas del sector salud |
| Entrega en 60 días | Presentar el plan al Ministerio de Salud | ESE y entidades territoriales |
| Acompañamiento técnico | Apoyar la formulación y puesta en marcha del plan | Minsalud, MinTrabajo y Función Pública |
| Servicios priorizados | Concentrar esfuerzos en áreas críticas de atención | Urgencias, UCI, hospitalización, salud mental y atención primaria |
| Financiación | Usar fuentes disponibles según presupuesto | Nación, departamentos, distritos y municipios |
¿Qué exigencias tendrán EPS e IPS sobre vinculación y bienestar laboral?
Para el sector privado, el proyecto señala que las IPS, EPS y demás actores deberán garantizar la disponibilidad del talento humano necesario para prestar los servicios de salud. También deberán asegurar que las formas de vinculación se ajusten a la normatividad laboral vigente y que no se utilicen figuras contractuales para encubrir relaciones laborales permanentes.
El documento indica que los contratos de prestación de servicios deberán usarse de acuerdo con su naturaleza jurídica y no para cubrir actividades permanentes. Además, las decisiones relacionadas con la terminación de vínculos laborales o contractuales deberán respetar el debido proceso y las garantías previstas en la normativa aplicable.
Obligaciones y medidas para EPS, IPS y demás actores privados:
- Garantizar suficiente talento humano para la prestación de servicios.
- Ajustar las modalidades de vinculación a la legislación laboral vigente.
- Evitar el uso indebido de contratos de prestación de servicios para actividades permanentes.
- Respetar el debido proceso en la terminación de vínculos laborales o contractuales.
- Implementar, de manera progresiva, planes de bienestar e incentivos según sostenibilidad financiera.
- Promover entornos laborales seguros y medidas de buen trato.
El proyecto también incluye medidas sobre seguridad y salud en el trabajo. Entre ellas están el respeto a las jornadas laborales, los periodos de descanso, la planificación del trabajo, la entrega de elementos de protección personal y la adopción de códigos de ética y buen gobierno para fomentar el buen trato en las relaciones laborales.
La propuesta incorpora, además, medidas de conciliación laboral y familiar, protección frente a situaciones de violencia contra la Misión Médica y acciones relacionadas con seguridad psicosocial. En este último punto, el Ministerio de Salud y el Ministerio del Trabajo deberán rediseñar la batería de riesgo psicosocial en un plazo de seis meses desde la expedición del decreto.
Un comité nacional hará seguimiento a las condiciones laborales
El proyecto crea el Comité Técnico para el fortalecimiento del empleo y trabajo del talento humano en salud, integrado por el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio del Trabajo, el Departamento Administrativo de la Función Pública y la Superintendencia Nacional de Salud. Esta instancia tendrá funciones de coordinación, seguimiento y revisión de las condiciones laborales del sector.
El Comité podrá analizar problemáticas sobre vinculación, jornadas, contratación y bienestar laboral. También podrá formular recomendaciones, identificar barreras para la formalización, definir indicadores de seguimiento y establecer alertas sobre posibles afectaciones a los derechos del talento humano en salud.
El documento contempla que el Comité sesione de manera ordinaria al menos cuatro veces al año. Su secretaría técnica estará a cargo de la Dirección de Desarrollo del Talento Humano en Salud del Ministerio de Salud y Protección Social. Del mismo modo, la iniciativa también prevé visitas conjuntas de inspección, vigilancia y control entre el Ministerio del Trabajo y la Superintendencia Nacional de Salud. Estas visitas buscarán verificar las condiciones de empleo, trabajo y bienestar del personal sanitario, así como su relación con la prestación de servicios y la calidad de la atención.
El proyecto cierra con una disposición sobre exclusiones en materia de vinculación laboral. Según la norma, las instituciones públicas y privadas no podrán usar modalidades de contratación que afecten derechos constitucionales, legales y prestacionales del talento humano en salud para desarrollar actividades misionales permanentes.
Con esta propuesta, el Gobierno busca establecer una ruta nacional para ordenar la formalización laboral del personal sanitario, mejorar las condiciones de trabajo y fortalecer el seguimiento institucional en EPS, IPS, hospitales públicos y entidades territoriales.
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