Descargue al final la Resolución 000995 de 2026
El Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud) implementó el Programa Nacional de Equipos Médicos de Emergencia, EME o EMT, mediante la Resolución 000995 de 2026, expedida el 25 de mayo. La medida busca que el país cuente con grupos médicos previamente organizados, registrados y certificados para responder de manera más rápida ante crisis, emergencias y desastres que puedan superar la capacidad habitual de los servicios de salud.
La decisión se enmarca en la gestión del riesgo de desastres y en la necesidad de fortalecer la preparación del sector salud frente a eventos de gran impacto. El Ministerio recuerda que Colombia ha enfrentado emergencias como el terremoto de Popayán, la erupción del Volcán Nevado del Ruiz, la avalancha del río Páez, el terremoto de Armenia, la avalancha de Mocoa y situaciones asociadas a fenómenos climáticos extremos y migraciones masivas.
¿Qué busca el Programa Nacional de Equipos Médicos de Emergencia?
La resolución establece una ruta nacional para conformar Equipos Médicos de Emergencia que puedan apoyar la atención en salud cuando ocurra una crisis, emergencia o desastre. Estos equipos estarán integrados por profesionales de salud y personal de apoyo con capacidad para desplazarse, instalarse y prestar atención en zonas afectadas.
El programa no se limita a tener personal disponible. También exige registro, documentación, capacitación, logística, coordinación, comunicación y seguimiento. En la práctica, esto significa que los equipos deberán prepararse antes de que ocurra una emergencia, cumplir requisitos definidos por el Ministerio y mantener información actualizada sobre sus capacidades.
La medida aplica a los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud, entidades públicas y privadas, organismos y agencias de socorro habilitadas para prestar servicios de salud, y entidades territoriales que manifiesten su intención de conformar estos equipos ante el Ministerio.
También se regula la participación de equipos internacionales. Estos solo podrán apoyar la atención en Colombia si son solicitados por el Ministerio de Salud, a través de la OPS y la OMS, o si el organismo internacional EMT solicita ingreso al país y recibe autorización del Ministerio. Con esto, el Gobierno busca evitar intervenciones desordenadas y asegurar que la ayuda externa se integre a la respuesta nacional.
- El programa busca fortalecer la respuesta en salud ante emergencias.
- Los equipos deberán estar registrados y certificados.
- La participación de grupos internacionales dependerá de autorización oficial.
- La coordinación estará en cabeza del Ministerio de Salud.
¿Cómo deberán certificarse y operar estos equipos médicos?
El Ministerio de Salud será el encargado de revisar, registrar, clasificar y certificar los Equipos Médicos de Emergencia. Las entidades interesadas podrán postularse en cualquier momento, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el documento técnico del programa, que será publicado por la cartera de salud.
Después de presentar la postulación, las entidades deberán cargar la información en el aplicativo Célula de Información y Coordinación Médica, conocido como CICOM. Una vez revisados los documentos, el Ministerio notificará la visita de verificación con al menos 24 horas de anticipación. Luego de esa visita, la certificación deberá expedirse en un plazo máximo de 15 días calendario, si se cumplen los requisitos.
La resolución también establece que las IPS que tengan Equipos Médicos de Emergencia certificados deberán hacer autoevaluaciones y reportar novedades sobre los servicios que ofrecen. Esto busca que los equipos no solo obtengan una certificación inicial, sino que mantengan actualizada su capacidad real de respuesta.
Otro punto relevante es la preparación continua. Los Equipos Médicos de Emergencia deberán realizar simulaciones cada semestre y simulacros una vez al año. Estos ejercicios deberán incluir al personal que integra los equipos y quedar documentados dentro del historial operativo del programa.
- La postulación podrá hacerse en cualquier momento.
- El registro se realizará a través del CICOM.
- La visita de verificación será notificada con 24 horas de anticipación.
- La certificación se expedirá en máximo 15 días calendario tras la visita.
- Los equipos deberán hacer simulaciones semestrales y simulacros anuales.
¿Qué cambia para hospitales, territorios y autoridades de salud?
Para hospitales, clínicas, organismos de socorro y entidades territoriales, la resolución implica pasar de una respuesta improvisada a una preparación organizada. Los equipos certificados podrán operar en el territorio nacional según las necesidades que genere una crisis, emergencia o desastre. Además, podrán participar en misiones internacionales cuando exista solicitud del país afectado y se cumplan los procedimientos definidos por el Ministerio de Salud.
La norma también exige que estos equipos se articulen con la gestión del riesgo de desastres y con los Sistemas de Emergencias Médicas de cada jurisdicción. Esto significa que no actuarán de manera aislada, sino integrados a las redes de servicios de salud y a las autoridades encargadas de coordinar la respuesta en cada territorio.
El registro de los equipos certificados estará a cargo de la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres del Ministerio, a través del CICOM. Esta misma oficina deberá hacer seguimiento y evaluación del programa, lo que permitirá conocer qué equipos están certificados, dónde se encuentran, qué capacidades tienen y cómo pueden ser activados ante una emergencia.
La vigilancia sobre el cumplimiento de los estándares de calidad quedará en manos de la Superintendencia Nacional de Salud, junto con las secretarías de salud departamentales o distritales, o las entidades que cumplan esas funciones. La resolución rige desde su expedición, el 25 de mayo de 2026.
La implementación del programa representa un paso importante para la preparación del sector salud frente a emergencias de gran magnitud. Su impacto dependerá de que las entidades interesadas conformen equipos reales, entrenados, certificados y capaces de operar bajo coordinación oficial. En un país expuesto a desastres naturales, crisis humanitarias y eventos climáticos extremos, la respuesta sanitaria no puede depender únicamente de la reacción inmediata; también requiere planeación, entrenamiento y capacidad de movilización.
Descargue aquí la Resolución 000995 de 2026: