Proyecto de resolución incorpora Mesa técnica de Migración al Plan de atención en salud para población migrante

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Proyecto de resolución de MinSalud adopta plan de atención en salud para población migrante y crea mesa técnica nacional en Colombia.
Proyecto de resolución incorpora Mesa técnica de Migración al Plan de atención en salud para población migrante

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El Ministerio de Salud y Protección Social alista una nueva arquitectura institucional para responder al fenómeno migratorio en Colombia. A través de un proyecto de resolución, adopta el Plan de atención del sector salud para la población migrante, refugiada, retornada y comunidades de acogida, y crea la Mesa técnica de Migración y Salud, con responsabilidades concretas para la Nación y los territorios.

Descarga el proyecto de resolución al final del artículo.

El Plan de atención en salud para población migrante se perfila como el nuevo instrumento rector con el que el Ministerio de Salud busca armonizar la respuesta sectorial frente a los flujos migratorios mixtos en Colombia. La propuesta normativa no solo formaliza un plan nacional con horizonte 2025-2031, sino que también establece una instancia técnica permanente de coordinación y seguimiento dentro del Ministerio, al tiempo que exige a departamentos, distritos y municipios adoptar o fortalecer sus propias mesas territoriales.

El Estado debe garantizar el acceso a servicios de promoción, protección y recuperación de la salud a todas las personas en el territorio nacional, incluidos los extranjeros, en igualdad de derechos civiles frente a los nacionales. En esa misma línea, recuerda que la atención inicial de urgencias es obligatoria para cualquier persona, sin importar nacionalidad o capacidad de pago, y que las entidades territoriales tienen competencias para adoptar y adaptar las políticas y planes de salud pública definidos por el orden nacional.

Un nuevo plan tras el cierre del instrumento anterior

El documento reconoce que el país ya había contado con un “Plan de respuesta del sector salud al fenómeno migratorio”, formulado en cumplimiento del CONPES 3950 de 2018. Ese instrumento estuvo orientado principalmente a fortalecer la respuesta sanitaria en territorios receptores, mitigar emergencias y coordinar acciones entre actores sectoriales, agencias internacionales y comunidad, con énfasis en la atención de la migración venezolana. Su implementación se estructuró en tres componentes:

  • gestión de la salud pública,
  • fortalecimiento de las atenciones en salud,
  • financiamiento y seguimiento.

Sin embargo, el Ministerio señala que ese plan perdió vigencia en mayo de 2023 y que, tras su seguimiento, se hizo evidente la necesidad de formular un nuevo instrumento de planeación. La razón de fondo es que el fenómeno migratorio ya no puede abordarse únicamente desde una lógica de emergencia. Según la resolución, Colombia se ha consolidado también como corredor de migración extracontinental y, con base en cifras de Migración Colombia, entre 2020 y 2025 transitaron de manera irregular 1.040.506 personas, una dinámica con incidencia directa sobre el perfil epidemiológico nacional.

A partir de esa constatación, el proyecto plantea que la atención en salud debe incorporar enfoques diferenciales de género, curso de vida, etnia y discapacidad, además de considerar el impacto territorial tanto sobre la población migrante como sobre las comunidades de acogida. El plan, por tanto, se presenta como una respuesta a la evolución del fenómeno migratorio y a la necesidad de superar un abordaje fragmentado o coyuntural.

Plan de atención en salud para población migrante: adopción obligatoria en los territorios

Uno de los puntos más relevantes del articulado es que el nuevo plan no queda como una orientación general, sino que deberá traducirse en acciones concretas a nivel territorial. La resolución dispone que las entidades territoriales adopten el Plan de atención del sector salud para la población migrante, refugiada, retornada y comunidades de acogida, y lo apliquen de acuerdo con sus Planes Territoriales de Salud y sus Planes de Acción en Salud.

El Ministerio precisa, además, que la implementación deberá enmarcarse en un documento técnico de lineamientos y en una guía metodológica para la adopción y armonización territorial del plan. Esta precisión es relevante porque revela que la norma no se limita a ordenar la adopción formal del instrumento, sino que prevé herramientas para orientar su aterrizaje operativo en los distintos contextos locales.

El texto también vincula esta decisión con metas ya trazadas en el CONPES 4100 de 2022 y en la Resolución 2367 de 2023, según las cuales para 2031 las entidades territoriales deberán haber adoptado e implementado el plan sectorial para población migrante, colombianos retornados y comunidades de acogida. A ello se suma el antecedente de las sentencias T-178 de 2019 y T-336 de 2022 de la Corte Constitucional, que exhortaron al Ministerio a adelantar y socializar el plan de respuesta del sector salud al fenómeno migratorio.

La Mesa técnica de Migración y Salud: nueva instancia de articulación nacional

La otra gran novedad del proyecto es la creación formal de la Mesa técnica de Migración y Salud del Ministerio de Salud y Protección Social. Su propósito será articular la respuesta a las necesidades en salud de la población migrante, refugiada, retornada y de las comunidades de acogida en el ámbito nacional, así como orientar la implementación y el seguimiento del plan sectorial y mitigar los efectos sanitarios derivados de los flujos migratorios mixtos.

La mesa tendrá una integración permanente de alto nivel. Estará conformada por delegados de promoción social, gestión territorial, emergencias y desastres, calidad, planeación sectorial, promoción y prevención, epidemiología y demografía, prestación de servicios y atención primaria, talento humano en salud, aseguramiento, financiamiento sectorial, regulación de beneficios, costos y tarifas, y cooperación y relaciones internacionales. La secretaría técnica quedará a cargo de la Oficina de Promoción Social.

Más allá de su conformación, el documento le asigna funciones concretas: articular la respuesta del sector salud frente a los movimientos migratorios mixtos; formular un plan de acción para seguimiento, implementación y evaluación del plan nacional; fortalecer capacidades técnicas del sector salud incorporando el enfoque migratorio; y hacer seguimiento a acciones conjuntas con cooperación internacional, organizaciones no gubernamentales, organizaciones de base comunitaria y academia. La mesa sesionará de manera ordinaria cada trimestre, aunque podrá convocar sesiones extraordinarias cuando el servicio lo requiera.

Las exigencias para departamentos, distritos y municipios

La resolución traslada una parte importante de la carga operativa a las secretarías de salud territoriales. Estas deberán crear las Mesas Técnicas Territoriales de Migración y Salud o fortalecer las ya existentes, atendiendo los lineamientos que publicará el Ministerio. Adicionalmente, deberán designar un referente de migración y salud que actuará como punto focal de articulación en el territorio y ejercerá la secretaría técnica de la mesa o de la instancia equivalente.

El plazo para designar ese referente será de 20 días hábiles siguientes a la publicación de la resolución. En cuanto a la conformación de las mesas técnicas territoriales, el término será de seis meses desde la promulgación del acto administrativo. En los municipios de frontera donde la dinámica migratoria lo requiera, la creación de la mesa y la definición del referente se plantean como una obligación expresa.

Consulta y descarga el proyecto de resolución del Plan de atención del sector salud para la población migrante, refugiada, retornada y comunidades de acogida, y crea la Mesa técnica de Migración y Salud aquí:

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