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Implementación del Plan de Choque contra el Cáncer en Colombia: Circular 010

Implementación del Plan de Choque contra el Cáncer en Colombia: Circular 010
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El cáncer se ha convertido en una de las principales causas de incidencia y mortalidad a nivel mundial, afectando a millones de personas cada año. En Colombia, es la segunda causa de muerte después de las enfermedades cardiovasculares. La Circular Conjunta Externa 010 emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, junto con el Instituto Nacional de Cancerología y la Superintendencia Nacional de Salud, presenta un plan de choque para fortalecer las acciones dirigidas al control del cáncer en Colombia.

Contexto del cáncer

Según el Centro Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC), en 2022 se reportaron 18,7 millones de casos nuevos de cáncer y 9,6 millones de muertes a nivel mundial. Se proyecta que para 2040, estos números aumenten a 29,8 millones de casos y 15,2 millones de muertes, respectivamente, si no se implementan medidas efectivas para su prevención y control. En Colombia, en 2022 se registraron 117.620 casos nuevos de cáncer y 56.719 muertes relacionadas, con una incidencia ajustada por edad de 177,6 por 100.000 habitantes y una mortalidad de 81,4 por 100.000 habitantes.

Plan Nacional de Desarrollo y prioridades en salud

El Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 de Colombia, titulado “Colombia, potencia mundial de la Vida”, establece como prioridad el fortalecimiento de la detección temprana, prevención, acceso oportuno y control del cáncer. Este enfoque requiere la implementación de un plan de choque que defina acciones estratégicas y operativas prioritarias para la atención integral de cánceres como el de mama, cuello uterino, colon y recto, próstata, gástrico e infantil.

Componentes del plan de choque

El plan de choque se estructura en cinco componentes esenciales:

  1. Organización de la Red de Servicios en Salud: Garantizar una red de servicios de salud bien organizada para la detección temprana y tratamiento del cáncer.
  2. Fortalecimiento de las Competencias del Talento Humano en Salud: Capacitar al personal de salud en técnicas avanzadas de detección y tratamiento del cáncer.
  3. Programa de Aseguramiento de la Calidad: Asegurar que todos los servicios y procedimientos cumplan con los estándares de calidad establecidos.
  4. Información, Educación y Comunicación: Promover la educación sobre el cáncer y la comunicación efectiva con pacientes y sus familias.
  5. Seguimiento y Monitoreo: Implementar sistemas de seguimiento y monitoreo para evaluar el progreso y eficacia del plan.

Instrucciones específicas para los actores del sistema de salud

Secretarías de Salud Departamentales y Distritales

  • Las Secretarías de Salud deben liderar la formulación de planes de acción ajustados a la normatividad vigente y acompañar técnicamente a aseguradores y prestadores en la ejecución de estas acciones. También deben participar en programas piloto de tamización organizado y realizar seguimiento a las actividades del plan de choque, consolidando y reportando la información trimestralmente.
  • Organizar y fortalecer la oferta de servicios de la red pública y privada en conjunto con los aseguradores y prestadores de servicios de salud, la cual deberá estar dirigida a las acciones de detección temprana, confirmación diagnóstica y acceso a tratamiento, soporte oncológico entre ellos el cuidado paliativo, cuidado al final de la vida y apoyo social para cáncer de mama, cuello uterino, próstata, colon y recto, gástrico y cáncer infantil, de acuerdo con las características de la población del territorio, los modelos de contratación, garantizando la disponibilidad, accesibilidad, asequibilidad y aceptabilidad de los servicios.
  • Asegurar la participación del talento humano adscrito al territorio en los cursos de capacitación presenciales para el talento humano en salud en detección temprana del cáncer, diagnóstico y tratamiento y los relacionados con el control de calidad de las pruebas de tamizaje, liderados por el Instituto Nacional de Cancerología. 1.15. Verificar las condiciones físicas y técnicas de los equipos utilizados para la tamización, entre ellos los equipos de mamografía reportados en el marco de lo definido en la Resolución 482 de 2018 o la norma que la modifique o la sustituya.
  • Desarrollar estrategias de información, educación y comunicación sobre los derechos y deberes de las personas con sospecha o diagnóstico de cáncer adulto e infantil y sus familias, así como alertas ante factores de riesgo y promoción de la salud, factores protectores para la prevención del cáncer e identificación de signos de alarma para cáncer infantil, de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. Entre otras funciones.

Entidades Promotoras de Salud y Entidades Adaptadas

Estas entidades deben participar en mesas de seguimiento al plan de choque y en programas piloto de tamización organizado. Además, deben garantizar la disponibilidad y suficiencia de la oferta de servicios de salud para la detección temprana del cáncer y asegurar la continuidad del tratamiento para la población objeto de atención.

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Entre otras funciones también están:

  • Fortalecer o implementar las acciones de seguimiento y monitoreo a las actividades de tamización, diagnóstico, inicio de tratamiento para cada tipo de cáncer priorizado de modo que se identifiquen los riesgos de no lograr las metas de cobertura y oportunidad, facilitando entre otras, la trazabilidad del proceso de atención.
  • Apoyar las estrategias de información, educación y comunicación en derechos y deberes de las personas con sospecha o diagnóstico de cáncer adulto e infantil y sus familias, así como alertas ante factores de riesgo y promoción de factores protectores para la prevención del cáncer e identificación de signos de alarma para todos los tipos de cáncer, así como a la población en general, de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS)

  • Las IPS deben cumplir con los requerimientos del plan de acción y participar en programas piloto de tamización organizado. Deben garantizar la capacidad instalada suficiente para la detección temprana y tratamiento del cáncer, y asegurar la adherencia a los procesos desde la tamización hasta el tratamiento.
  • Realizar seguimiento al abastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos, dar respuesta oportuna a la solicitud de información relacionada con el abastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos y notificar los casos de escasez o desabastecimiento a través de la herramienta para la recepción de alertas del Sistema de Monitoreo del Abastecimiento dispuesta por el Ministerio de Salud y Protección Social en cumplimiento de lo establecido en la Resolución 1411 de 2022.
  • Mantener actualizada la información que permita el seguimiento y monitoreo de los indicadores definidos para cada uno de los tipos de cáncer definidos en el plan de choque. Entre otros.

Gestores farmacéuticos

Los gestores farmacéuticos deben garantizar la capacidad instalada para la dispensación de tecnologías en salud y coordinar con entidades promotoras y secretarías de salud para facilitar el acceso efectivo a los tratamientos. Deben asegurar el abastecimiento de medicamentos y dispositivos médicos y notificar cualquier caso de escasez.

El plan de choque contra el cáncer en Colombia representa un esfuerzo integral y coordinado para enfrentar una de las principales amenazas a la salud pública. Con la participación activa de todos los actores del sistema de salud, desde las Secretarías de Salud hasta los gestores farmacéuticos, se espera lograr una reducción significativa en la incidencia y mortalidad del cáncer en el país. Este esfuerzo conjunto, basado en la detección temprana, el acceso oportuno y el tratamiento integral, es fundamental para mejorar la calidad de vida de los colombianos y avanzar hacia un sistema de salud más robusto y eficiente.

La Superintendencia Nacional de Salud llevará a cabo las funciones de inspección, vigilancia y control para asegurar el cumplimiento de las obligaciones de los actores involucrados en la presente circular y en la gestión integral del cáncer, conforme a la normativa vigente.

Descargue la circular acá

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