Tribunal Administrativo de Antioquia decreta medida cautelar por cartera de IPS en Medellín: ¿qué entidades deben responder?

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En respuesta a la acción popular presentada por el Distrito de Medellín, el Tribunal Administrativo de Antioquia decretó una medida cautelar para proteger el acceso oportuno y eficiente a los servicios de salud, ante la acumulación de deudas con IPS públicas y privadas.
Tribunal Administrativo de Antioquia decreta medida cautelar por cartera de IPS en Medellín qué entidades deben responder

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El deterioro financiero de la red de salud en Medellín llegó a una decisión judicial con efectos inmediatos. Tras la alerta hospitalaria declarada en la ciudad y las advertencias sobre saturación de urgencias, retrasos en pagos, fallas en entrega de medicamentos y riesgo de suspensión de servicios, el Tribunal Administrativo de Antioquia decretó una medida cautelar para proteger el acceso oportuno y eficiente a la atención en salud.

La orden recae sobre el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la ADRES, la Superintendencia Nacional de Salud y las EPS intervenidas accionadas. Estas entidades deberán adelantar, en un plazo de 30 días, las gestiones necesarias para el saneamiento de la cartera debidamente acreditada a favor de las IPS y garantizar el flujo de recursos para el pago oportuno y completo de obligaciones.

La medida cautelar fija una ruta urgente para el pago a las IPS

El Tribunal Administrativo de Antioquia resolvió la solicitud presentada por el Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación de Medellín dentro de una acción popular orientada a proteger derechos colectivos relacionados con el acceso a servicios de salud, la salubridad pública, el patrimonio público y la moralidad administrativa.

La petición central buscaba que las entidades nacionales, a través de la ADRES y la Supersalud, junto con las EPS intervenidas, adelantaran las gestiones necesarias para hacer efectivo el pago de la cartera vencida a las instituciones prestadoras de servicios de salud. También solicitaba garantizar el giro directo por facturas radicadas, especialmente ante EPS bajo intervención.

En su decisión, el despacho concluyó que existían elementos suficientes para decretar la medida cautelar, al encontrar probado que la falta de pago estaba generando deficiencias en la prestación de los servicios de salud en Medellín.

La orden incluye tres puntos operativos principales.

  • Saneamiento de la cartera debidamente acreditada a favor de las IPS.
  • Garantía del flujo de recursos para cubrir obligaciones pendientes.
  • Presentación de un informe dentro de los 30 días siguientes a la notificación del auto.

¿Qué hechos llevaron al Tribunal a intervenir en la crisis de salud de Medellín?

La acción popular señaló que la ciudad enfrentaba un riesgo inminente para la vida y la salud de la población. Entre los hechos expuestos estuvieron el incremento de cierres de servicios, retrasos en salarios y honorarios del talento humano, falta de entrega oportuna de medicamentos, interrupción de suministros, cancelación de citas, procedimientos y cirugías, además del aumento sostenido en la saturación de urgencias.

La alerta hospitalaria declarada por Medellín fue uno de los elementos valorados por el Tribunal. En esa alerta se advirtió que el debilitamiento financiero del sistema, el deterioro en la gestión del riesgo de las EPS, la reducción de operaciones, el cierre de unidades de atención y la insuficiencia de redes de atención primaria y especializada estaban presionando la capacidad de respuesta de la ciudad.

La providencia recogió que Medellín venía enfrentando un desbordamiento en los servicios de urgencias para adultos y niños, con límites que podían comprometer la seguridad de los pacientes y su vida.

El Tribunal también tuvo en cuenta soportes financieros de hospitales públicos. En la información revisada aparecen cuentas por cobrar del Hospital Infantil Concejo de Medellín, Metrosalud y el Hospital General de Medellín frente a EPS como Coosalud, Nueva EPS, Sanitas, Savia Salud, Sura y Salud Total.

Las cifras de cartera muestran la presión sobre la red pública

Los reportes incorporados al proceso evidencian montos relevantes de cartera en instituciones públicas de Medellín. El Hospital Infantil Concejo de Medellín registró una cartera total de $11.976 millones. Metrosalud reportó una cartera de $34.830 millones. El Hospital General de Medellín informó un saldo de cartera de $135.747 millones.

Estas obligaciones se relacionan con varias EPS, incluidas algunas intervenidas por la Supersalud. La acumulación de pagos pendientes fue presentada como un factor que limita la capacidad de las IPS para sostener servicios, comprar insumos, cumplir obligaciones laborales y responder a la demanda asistencial.

El Tribunal también valoró comunicaciones de proveedores y contratistas. Gases Industriales de Colombia informó restricciones en el ingreso y despacho de nuevos pedidos por falta de pago. FEDSALUD notificó al Hospital General de Medellín la suspensión de servicios debido al incumplimiento de obligaciones laborales.

Los servicios que podían verse afectados incluían áreas críticas.

  • Anestesiología general
  • Anestesiología cardiovascular
  • Cuidado intensivo
  • Pediatría
  • Ginecooncología
  • Instrumentación quirúrgica
  • Citotecnología

Las IPS privadas también reportaron afectaciones por falta de pago

La situación no se limitó a la red pública. Varias IPS privadas vinculadas al proceso señalaron que las deudas de las EPS estaban afectando su operación. La Clínica El Rosario coadyuvó la solicitud de medida cautelar e informó que la falta de pago impactaba su funcionamiento financiero.

Cardio VID manifestó dificultades para recibir pagos por servicios ya prestados, facturados y auditados. Según lo expuesto, esa situación la llevó a contraer obligaciones, reprogramar servicios, aplazar intervenciones quirúrgicas y enfrentar incertidumbre financiera.

El Hospital Alma Máter de Antioquia indicó que las IPS han asumido costos fijos, obligaciones laborales y gastos necesarios para garantizar la atención de pacientes. También informó que el 32 por ciento de su cartera total, equivalente a $90.636 millones, corresponde a EPS liquidadas.

La Clínica El Rosario reportó una cartera de $9.360 millones frente a varias EPS. Promotora Médica Las Américas sostuvo que la acumulación de saldos vencidos comprometía la adquisición de insumos, medicamentos y el pago de salarios necesarios para prestar servicios de salud oportunos y de calidad.

Las entidades demandadas pidieron negar la medida

Durante el trámite, varias entidades solicitaron que la medida cautelar fuera negada. La ADRES argumentó que no interviene en las relaciones contractuales entre EPS e IPS y que su función se limita a actuar como pagador conforme a las instrucciones y autorizaciones emitidas por las EPS.

La Supersalud sostuvo que no tiene facultad para coadministrar con los agentes interventores ni para asumir obligaciones generadas por las EPS intervenidas. También afirmó que su función se limita a la inspección, vigilancia y control.

EPS como Coosalud, Sanitas, Nueva EPS y Savia Salud pidieron negar la solicitud. Entre sus argumentos señalaron falta de prueba sobre la exigibilidad de la cartera, ausencia de acreditación de un daño inminente, imposibilidad de cumplimiento o falta de presupuestos legales para decretar la medida.

A pesar de esas posiciones, el Tribunal consideró que la información allegada permitía establecer que la mora en los pagos estaba generando un impacto real en la prestación de los servicios de salud.

El informe de la Contraloría reforzó el contexto de riesgo financiero

La providencia también citó un informe de la Contraloría General de la República sobre la situación financiera del sistema de salud. Según ese reporte, al 31 de diciembre de 2024 la deuda acumulada por servicios de salud ascendía a $32,9 billones.

El informe señaló que 16 EPS presentaban problemas de liquidez y que solo seis de 29 EPS activas cumplían los tres indicadores de habilitación financiera. Además, indicó que el 89,08 por ciento de los afiliados estaba en EPS que incumplían uno o más de esos requisitos.

La Contraloría a su vez reportó que las EPS adeudaban $2,8 billones a operadores farmacéuticos, pese a que en 2024 se les había pagado cerca del 90 por ciento de la facturación. Esa deuda fue relacionada con afectaciones en la entrega oportuna de medicamentos y con el aumento de PQR.

Una orden con seguimiento para proteger la atención en Medellín

El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó que las entidades accionadas presenten un informe dentro del término fijado. La medida busca que el saneamiento de cartera acreditada y el flujo de recursos se traduzcan en continuidad de la atención para la población de Medellín.

El cumplimiento de la orden será determinante para las IPS públicas y privadas que han reportado dificultades financieras, así como para los pacientes que dependen de la disponibilidad de servicios, medicamentos, procedimientos y urgencias.

La decisión deja claro que la crisis de pagos en salud ya no se ubica únicamente en el plano administrativo o contractual. En Medellín, la mora acumulada fue reconocida judicialmente como un factor que puede comprometer derechos colectivos y exigir respuestas inmediatas de las entidades responsables del sistema.

Descargue aquí el acto administrativo completo:

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