La Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) impuso una medida cautelar a la Clínica Juan N. Corpas LTDA, en Bogotá, luego de evidenciar fallas que comprometen la seguridad de los pacientes y la adecuada prestación de los servicios de salud. La decisión fue adoptada por la Superintendencia Delegada para Prestadores de Servicios de Salud, tras una auditoría realizada entre el 20 y el 24 de abril de 2026, en la que se identificaron irregularidades relacionadas con la capacidad instalada, el manejo de medicamentos, la seguridad del paciente y la gestión del talento humano.
Como parte de la medida, la Supersalud ordenó la cesación provisional de las acciones que ponen en riesgo la vida e integridad física de los usuarios y exigió la implementación inmediata de correctivos. La resolución fue notificada el 5 de mayo, por lo que la clínica deberá remitir a la entidad un plan de trabajo detallado dentro de los diez días hábiles siguientes, con las acciones previstas para responder a los hallazgos señalados por el organismo de inspección, vigilancia y control.
La auditoría detectó inconsistencias en la capacidad instalada y en la información reportada al REPS
Uno de los hallazgos centrales de la auditoría corresponde a las inconsistencias entre la capacidad instalada real de la Clínica Juan N. Corpas y la información registrada en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud, REPS. Según la Supersalud, la institución mantiene habilitados servicios que actualmente no presta y presenta diferencias entre las camas, camillas y consultorios registrados oficialmente y los que realmente están en operación.
Para la autoridad de vigilancia, esta situación afecta la confiabilidad de la información pública del sistema, dificulta los procesos de referencia y contrarreferencia y genera barreras de acceso para los usuarios. Durante el recorrido, los auditores también evidenciaron fallas en la comunicación con pacientes y familiares, registros incompletos en historias clínicas y debilidades en la implementación de prácticas de seguridad del paciente.
En el área farmacéutica, la Supersalud encontró almacenamiento inadecuado de medicamentos, ausencia de controles efectivos sobre fechas de vencimiento, deficiencias en las condiciones de conservación y falta de trazabilidad de dispositivos médicos e insumos. Además, la auditoría identificó medicamentos preparados sin rotulación y en espacios que no cumplen las condiciones exigidas por la normatividad.
¿Qué deberá cumplir la Clínica Juan N. Corpas tras la medida cautelar?
La medida cautelar incluye varias órdenes dirigidas a corregir los hallazgos identificados durante la auditoría. La Supersalud exigió a la clínica actualizar la información reportada, fortalecer procesos internos y atender servicios represados en plazos definidos:
- Actualizar de manera inmediata la información de servicios de salud reportada en el REPS.
- Fortalecer las prácticas de seguridad del paciente.
- Implementar controles estrictos para el almacenamiento y seguimiento de medicamentos.
- Ejecutar 84 procedimientos de cirugía ambulatoria pendientes en un plazo máximo de tres meses.
- Resolver 694 consultas especializadas represadas en un periodo no superior a seis meses.
- Presentar un plan de pagos para saldar obligaciones laborales y contractuales pendientes.
- Remitir a la Supersalud un plan de trabajo detallado dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación de la resolución.
La Supersalud también reportó vacantes en enfermería y retrasos en pagos
La auditoría igualmente reveló vacantes recurrentes en enfermería, ausencia de un estudio formal sobre necesidades de personal y retrasos en pagos de salarios, seguridad social y honorarios a contratistas. De acuerdo con la Supersalud, esta situación representa riesgos operativos y financieros para la prestación de los servicios de salud en la institución.
Ante estos hallazgos, la entidad ordenó el fortalecimiento de las prácticas de seguridad del paciente, la actualización inmediata de los servicios reportados en el REPS y la implementación de controles estrictos para el almacenamiento y seguimiento de medicamentos. La clínica también deberá presentar un plan de pagos para atender las obligaciones laborales y contractuales pendientes, además del plan de trabajo que deberá remitir dentro del plazo fijado tras la notificación de la resolución.
La decisión se conoce después de reportes sobre presión financiera y reducción de camas UCI
La medida cautelar se conoce después de que la Clínica Juan N. Corpas reportara dificultades por falta de flujo de recursos desde varias entidades del sistema de salud. La institución había informado un déficit acumulado aproximado de $35.000 millones con aseguradoras con las que mantiene contratos, situación que, según la clínica, estaba afectando el pago al talento humano, la estabilidad operativa y la disponibilidad de servicios de alta complejidad.
El director de la Clínica Juan N. Corpas, Juan Carlos Vera, señaló que los retrasos en el pago de obligaciones laborales afectaban a colaboradores de la institución y que, en algunos casos, se adeudaban más de cuatro meses. También indicó que la Unidad de Cuidados Intensivos redujo su oferta de 16 camas a 4, luego de una renuncia masiva de médicos especialistas en esa área.
En ese contexto previo, la clínica había informado saldos pendientes con varias entidades del sistema, entre ellas Famisanar, Compensar, Sanitas, Salud Total y ADRES. Frente al caso de Famisanar, la EPS aclaró que el saldo señalado por la institución incluía facturas ya pagadas, cuentas en revisión, glosas, devoluciones, facturación reconocida antes del proceso de intervención y recursos asociados a presupuestos máximos.
Con la medida cautelar, la Clínica Juan N. Corpas queda obligada a atender los correctivos ordenados por la Supersalud en materia de capacidad instalada, seguridad del paciente, manejo de medicamentos, talento humano, procedimientos pendientes, consultas represadas y obligaciones laborales y contractuales. La institución deberá presentar el plan de trabajo dentro del plazo establecido y avanzar en el cumplimiento de las órdenes impartidas por la autoridad de vigilancia.

