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Supersalud ordena intervención forzosa de Famisanar EPS: Detalles de la resolución y sus implicaciones

Supersalud ordena intervención forzosa de Famisanar EPS: Detalles de la resolución y sus implicaciones
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La Superintendencia Nacional de Salud ordenó hoy 15 de septiembre, la intervención forzosa de la EPS Famisanar debido a su progresivo deterioro financiero y las numerosas quejas de sus usuarios durante el primer semestre de 2023. Además, se han detectado inconsistencias en los reportes de información y el incumplimiento de metas en indicadores de salud. Descargue al final del articulo la resolución No 2023320030005625-6 de 2023 de la supersalud.

Antecedentes de la Resolución No 2023320030005625-6 de 2023

La Superintendencia Nacional de Salud había renovado recientemente la autorización de funcionamiento de Famisanar EPS para operar en el Régimen Contributivo, sujeta a un plan de mejoramiento y verificación continua. Sin embargo, a pesar de esta renovación, la entidad ha experimentado un deterioro financiero progresivo y ha recibido un alto volumen de quejas de los usuarios, lo que ha llevado a la toma de la decisión de intervención forzosa.

La EPS cuenta con más de 3 millones de afiliados en 21 departamentos del país, ha experimentado un creciente número de quejas por parte de sus usuarios. Lo que va del 2023 se registraron más de 60.000 peticiones, quejas, reclamos y denuncias ante la Supersalud, lo que representa un incremento del 24% en comparación con el mismo periodo del año anterior. Los principales motivos de estas quejas incluyen barreras en el acceso a servicios de salud, falta de oportunidad en la atención médica y problemas en el reconocimiento y pago de prestaciones económicas.

El Superintendente Nacional de Salud, Ulahí Beltrán López, tomó la decisión después de realizar una evaluación exhaustiva de los aspectos administrativos, financieros, jurídicos y técnicos-científicos de Famisanar. Como resultado de esta evaluación, se llegó a la conclusión de que la EPS no cumple con su objetivo social, enfrenta dificultades cada vez mayores para garantizar el acceso a servicios de salud a sus afiliados y ha aumentado el riesgo de liquidez e insolvencia debido al incremento de sus pasivos en más del 140% desde 2021.

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Ante esta situación, la Superintendencia Nacional de Salud ha designado a Sandra Milena Jaramillo como agente especial interventora de Famisanar. Jaramillo tendrá la responsabilidad de cumplir con 14 órdenes establecidas por la Supersalud para garantizar el derecho a la salud de los afiliados. Estas órdenes incluyen la implementación de acciones de mejoramiento, estrategias de atención en salud, resolución de reclamaciones pendientes y fortalecimiento financiero, entre otras.

Famisanar enfrenta altos niveles de quejas y reclamos

Durante este año, el número de insatisfacciones por parte de los afiliados a la EPS ha aumentado progresivamente, alcanzando un total de 59,391 peticiones, quejas, reclamos y denuncias presentadas ante la Supersalud entre enero y junio de 2023. Los principales motivos de estas quejas incluyen barreras en el acceso a tecnologías y servicios de salud, como la negación en la asignación de citas o consultas, la falta de oportunidad en la atención médica y el incumplimiento en el reconocimiento y pago de prestaciones económicas.

Además de las quejas de los usuarios, la Supersalud ha evidenciado un aumento del 20% en los casos de cáncer en menores de 18 años durante el primer cuatrimestre de 2023. También se han reportado 6 casos de mortalidad materna hasta la semana epidemiológica número 20 del mismo año, lo cual indica un estancamiento en la reducción de la mortalidad materna.

Inconsistencias en los reportes financieros

En diciembre de 2022, la EPS reveló la existencia de pasivos acumulados de vigencias anteriores por un monto de $758.671 millones. Este reconocimiento de pasivos implica que el resultado del indicador de Régimen de Inversiones al cierre de 2021 estaba sobrevaluado. En otras palabras, si la EPS hubiera informado oportunamente sobre estos pasivos, habría mostrado un mayor incumplimiento en dicho indicador al finalizar el año 2021.

Estos hallazgos llevan a la conclusión de que Famisanar ha presentado de manera reiterada ante la Superintendencia Nacional de Salud información inconsistente, con deficiencias en términos de calidad y transparencia. Esta situación ha obstaculizado el ejercicio de las funciones de inspección y vigilancia por parte de la entidad reguladora.

Además, se ha determinado que Famisanar ha incumplido con el numeral 11 del Artículo 130 de la Ley 1438 de 2011, que establece los lineamientos para la presentación de información consistente y transparente.

Entre diciembre de 2021 y junio de 2023, la EPS experimentó una reducción del 4% en el valor de sus activos, equivalente a -$44.123 millones. Por otro lado, hubo un aumento del 142% en el valor de sus pasivos, alcanzando los $1.296.597 millones. Esto resultó en una variación patrimonial negativa del -918%, lo que significa que, a junio de 2023, los activos totales de la EPS ($1.010.484 millones) representaban solo el 45.7% de sus pasivos totales ($2.209.623 millones). Esta situación ha incrementado el riesgo de liquidez e insolvencia para cumplir con las obligaciones con los acreedores en el corto, mediano y largo plazo.

En cuanto a la siniestralidad, Famisanar presentó un indicador del 119% al cierre de la vigencia 2022, lo que implica que por cada $100 recibidos, la EPS gastó $119 Este indicador genera dudas sobre su confiabilidad debido al reconocimiento inoportuno de cuentas por pagar y costos por Reservas Técnicas por un monto de $602.370 millones.

Según el seguimiento y evaluación de la Supersalud, Famisanar no cumplió con lo establecido por el Decreto 2702 de 2014 al no realizar esfuerzos suficientes de capitalización para compensar las pérdidas registradas en los años 2017, 2018 y 2022.

14 Principales decisiones de la Resolución No 2023320030005625-6 de 2023

  1. Se ordena la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de Famisanar EPS SAS, así como la intervención forzosa administrativa para administrarla, por un período de un año.
  2. Se comisiona a la Superintendente Delegada para Entidades de Aseguramiento en Salud para ejecutar la medida en nombre de la Superintendencia Nacional de Salud y realizar las notificaciones correspondientes.
  3. Se ordena a la interventora de Famisanar EPS SAS presentar e implementar un plan de trabajo que dé cumplimiento a diversas órdenes, como la implementación de acciones de mejoramiento, ejecución de estrategias de atención en salud, resolución de reclamaciones, evaluación de la red de prestadores de servicios de salud, entre otras.
  4. Se ordena el cumplimiento de medidas preventivas, como la guarda de los bienes de Famisanar EPS SAS y la comunicación a diversas entidades sobre la suspensión de procesos de ejecución y la imposibilidad de admitir nuevos procesos contra la entidad intervenida.
  5. Se establece que los gastos generados por la medida serán asumidos por Famisanar EPS SAS.
  6. Se ordena la separación del gerente o representante legal de Famisanar EPS SAS y la Junta Directiva, de acuerdo con el artículo 116 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
  7. Se designa a una interventora para Famisanar EPS SAS, quien deberá presentar e implementar un plan de trabajo y cumplir con diversas órdenes relacionadas con la implementación de acciones de mejora, evaluación de resultados en salud, resolución de reclamaciones y garantía de servicios de salud a los afiliados.
  8. Se establece que la interventora deberá presentar informes periódicos y un informe final que sintetice todas las actividades realizadas durante su ejercicio como interventora.
  9. Se designa a una firma de contralor para la medida de intervención, quien deberá realizar el seguimiento y monitoreo del desarrollo de las acciones y estrategias implementadas.
  10. Se establece que la Superintendencia Nacional de Salud realizará la posesión del interventor y del contralor, de acuerdo con lo establecido en resoluciones anteriores.
  11. Se establece la obligación de cumplimiento y notificación de la decisión, así como la comunicación de la resolución a diversas entidades y organismos relacionados con el sector salud.
  12. Se limita la capacidad de Famisanar EPS SAS para realizar nuevas afiliaciones y aceptar traslados.
  13. Se comunica la resolución a entidades y organismos relacionados con el sector salud.
  14. Se establece que la resolución será de cumplimiento inmediato y se establece el derecho a interponer un recurso de reposición en el efecto devolutivo.

Firma contralora de Famisanar

Se designó a la firma NEXIA MONTES & ASOCIADOS identificada con NIT. 800.088.357-4, como contralor para la medida de toma de posesión inmediata de bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar de FAMISANAR EPS SAS ordenada en el artículo primero del presente acto administrativo, quien ejercerá las funciones propias de su cargo, de acuerdo con lo previsto en las normas del SGSSS, el EOSF, el Código de Comercio y demás normas que le sean aplicables y responderá de acuerdo con ellas.

La resolución de la Superintendencia Nacional de Salud que ordena la intervención forzosa de Famisanar EPS SAS busca abordar el deterioro financiero y las quejas de los usuarios. A través de una interventora y un contralor designados, se implementarán acciones de mejora, se evaluará la atención en salud y se garantizará la prestación de servicios a los afiliados. Esta medida tiene un impacto significativo en la entidad y busca proteger los derechos de los usuarios y mejorar la calidad de los servicios de salud ofrecidos.

Vea acá la resolución por la cual se llevará a cabo dicha intervención.

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