El Ministerio de Salud y Protección Social a través de las Resoluciones 6408 de 2016 y 6411 de 2016 modifica el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC) de los Regímenes Subsidiado y Contributivo, y fija su precio para la vigencia 2017.
El incremento es del 8,20% para el 2017, no incluye los costos por tecnologías nuevas en el plan de beneficios. Es decir, que el valor promedio de la UPC para el Régimen Contributivo es de $746.046 y para el Régimen Subsidiado será de $667.429.
El ajuste fue hecho a partir de la información reportada por las Entidades promotoras de salud (EPS) de los regímenes contributivo y subsidiado, con la que el Ministerio realizó el análisis técnico y actuarial para la definición de la UPC para la vigencia de 2017. Además de considerar la inflación, los diversos grupos de riesgo de edad, sexo, zona geográfica y frecuencias de uso.
En el régimen subsidiado, en forma adicional, se amplía el plazo por el 2017 y 2018 para la prueba piloto que iguala la UPC (primas puras) del régimen subsidiado a la del régimen contributivo en las ciudades de Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla.
En estas ciudades, la Resolución 6411 de 2016, establece que el valor de la UPC anual será de $801.788 que corresponde a un valor diario de $2.227.
El valor del incremento de la UPC deberá reflejarse en la contratación entre las EPS del Régimen Contributivo y Subsidiado, y de las EOC con su respectiva red de prestadores de servicios.
Esos convenios se realizarán de manera directa entre las EPS e IPS teniendo en cuenta las distintas modalidades de contratación y pago en las tarifas, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 780 de 2016.
Los términos de la negociación deberán observar el régimen de control de precios que señale la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
La información que soporta la prestación de los servicios de salud debe ser recopilada, gestionada e informada según las reglas vigentes. Para toda clase de contratos, en particular los de capitación, el suministro de información debe ser detallada, de tal forma que permita el reporte de los datos respectivos a este ministerio.
Las Resoluciones 6408 de 2016 y 6411 de 2016 entran en vigencia a partir del 1 de enero de 2017
Descargue: Resolución 6408 de 2016- Modificaciones de la UPC
Resolución 6411 de 2016 – Valor de la UPC vigencia 2017