Sancionada Ley de gestión y transparencia del uso de recursos del sistema de Seguridad Social en Salud

El Gobierno Nacional, en un plazo de seis meses a partir de la expedición de esta Ley, reglamentará la organización y la operación de la red prestadora de servicios de salud.
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Durante la clausura del foro ‘+ Región, hacia un nuevo modelo de Estado’, organizado por la Federación Nacional de Departamentos, el Presidente Iván Duque sancionó la Ley de gestión y transparencia del uso de recursos del sistema de Seguridad Social en Salud.

En consecuencia, señaló el mandatario de estado a través de esta ley “haremos exigible que todas las transacciones en el sistema de salud se hagan a través de factura electrónica, para que se acaben los abusos y las dobles contabilidades de muchos de los prestadores que han afectado el bolsillo de los colombianos”.

Beneficios trae la Ley de gestión y transparencia del uso de recursos del sistema de Seguridad Social en Salud

Por consiguiente, la norma, aprobada recientemente en el Congreso, crea un Sistema Integrado de Control, Inspección y Vigilancia para todo el Sector Salud, de la cual harán parte la Superintendencia Financiera de Colombia, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), la Superintendencia de Sociedades y la Superintendencia Nacional de Salud.

Por lo tanto, la norma promueve, además, “la unificación de los sistemas de información de gestión financiera y asistencial, la publicación de información esencial para el control social y rendición de cuentas de los agentes del sector”.

Patrones y estándares para garantizar y monitorear la transparencia en el sector salud

Así mismo, el Gobierno Nacional espera con la firma de este documento que los recursos de la salud sean utilizados como deben ser. Para ello, promueve la unificación de los sistemas de información de gestión financiera y asistencial, y la publicación de información esencial para el control social y rendición de cuentas de los agentes del sector, manifestó Presidencia. 

De igual manera, afirmó el Mandatario, “Hoy pude firmar la Ley, que venía del proyecto 090 presentado en el Congreso de la República, que establece nuevos estándares y patrones para monitorear la transparencia en el sector de la salud; que se une a la Ley que sacamos en los primeros 4 meses de Gobierno, con el apoyo del Congreso, para endurecer la capacidad sancionatoria de la Superintendencia”.

Control en la operación y prestación del servicio

Del mismo modo, introduce “decisiones de operación de la prestación de servicios y mecanismos de asignación de recursos para el aseguramiento por desempeño, con el fin de promover la alineación entre agentes del sector, que logre resultados encaminados hacia el mejoramiento de la salud y de la experiencia de la población colombiana en los servicios de salud”.

Aspectos importantes de la Ley

Por otra parte, un punto importante que CONSULTORSALUD resalta de la norma es creación por parte del Ministerio de salud de un portal de registro electrónico, “en el cual se deberán reportar los intercambios comerciales de prestación de servicios en salud y tecnologías en salud”.

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Valores máximos de recobros

Así mismo, la norma también indica que, en lo relacionado con los valores máximos de recobros en ningún caso la ADRES podrá reconocer y pagar servicios y tecnologías en salud no financiados con cargo a los recursos de la UPC, cuando estos sean superiores a los valores y techos máximos que para el efecto establezca el Ministerio de Salud y Protección Social.

Ley de gestión y transparencia del uso de recursos del sistema de Seguridad Social en Salud

Por consiguiente, la ADRES, a su vez, reportará y enviará al Ministerio las bases de datos estandarizados de conformidad con el mecanismo, periodicidad, variables, oportunidad, detalle y calidad que el MinSalud defina, a través del portal de registro electrónico y del Sistema Integral de Información contenidos en esta Ley.

¿Quiénes están obligados a generar factura electrónica

Además, la norma señala que todos los prestadores de servicios de salud están obligados a generar factura electrónica para el cobro de los servicios y tecnologías en salud, y deberán presentarla al mismo tiempo ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

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¿Qué reglamenta le norma para los departamentos y municipios en prestación de servicios de salud?

Finalmente, la ley establece que los departamentos, en coordinación con los municipios y los distritos, reorganizarán la oferta de prestación de servicios de salud, teniendo en cuenta los prestadores públicos, privados y mixtos.

Igualmente, promoverá la racionalización de servicios y el control de la oferta de estos en su territorio, privilegiando la red pública y atendiendo los principios de transparencia, coordinación, concurrencia, complementariedad, eficiencia, responsabilidad, austeridad y asociación.

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