La Resolución 1379 de 2015 establece el mecanismo para el reporte de información que permitirá la verificación de la entrega de la Carta de derechos y deberes del afiliado y del paciente, y Carta de Desempeño de la EPS.
La Resolución 1379 cumple con lo ordenado por la Corte Constitucional en el Sentencia T- 760 de 2008, en la adopción por parte de las EPS de la Carta de Derechos y Deberes del Paciente y afiliado en el momento de la afiliación, como de la Carta de Desempeño de las Entidades Promotoras de Salud e Instituciones Prestadoras del servicio de salud.
El reporte de los informes de las EPS al Ministerio de Salud y Protección Social se hará a través de la transferencia de los archivos en la plataforma PISIS del SISPRO.
Selección de Información
La Resolución 1379 establece que será el Ministerio quien seleccionará una muestra representativa de los nuevos afiliados cotizantes en el Régimen Contributivo y de los nuevos afiliados al Régimen Subsidiado de cada EPS, la cual debió ser reportada mediante la BDUA.
El Ministerio enviará a cada EPS la identificación de los afiliados de la muestra seleccionada a través de un FTP seguro.
Reporte de Información
El Ministerio dispondrá del PISIS del SISPRO para que las EPS reporten la información desde sus instalaciones.
Las EPS deben reportar los datos solicitados por cada afiliado y el documento digitalizado del cuestionario firmado por el afiliado en la Circular Conjunta Externa 016 de 2013, como de los anexos técnicos 1 y 2 que se encuentran en la Resolución 1379.
Posteriormente la plataforma PISIS recibe los archivos y realiza el proceso de validación, de la estructura de los datos y calidad de la información. El Ministerio retroalimentará los errores e inconsistencias del reporte.
Anexos Técnicos
Para el reporte de la información la Resolución 1379 adopta los siguientes anexos técnicos:
– Anexo Técnico 1- Reporte de información sobre la entrega de la Carta de Derechos y Deberes del Afiliado y Carta de Desempeño de la EPS del SGSSS.
– Anexo Técnico 2 – Archivo comprimido con el soporte documental del formato tipo cuestionario de la Circular Conjunta 016 de 2013.
Fecha de los reportes
Cada modificación que la EPS realice de la Carta de Deberes y Derechos de los afiliados y la Carta de Desempeño, debe ser reportada mediante correo electrónico al Ministerio.
La Resolución 1379 de 2015 entra en vigencia a partir de su publicación
Descargue: Reporte de afiliados de las EPS para Carta de Deberes y Derechos y Carta de Desempeño – Resolución 1379 de 2015