Procedimiento de saneamiento Aportes Patronales vigencia de 2012 – 2016

Con la resolución 1545 de 2019 Minsalud determinó el procedimiento para el saneamiento de Aportes Patronales correspondientes al año 2012 y 2016.
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El Ministerio de Salud y Protección Social determinó  mediante la resolución 1545  de 2019 el procedimiento para el saneamiento de Aportes Patronales correspondientes al año 2012  y 2016.

Por consiguiente, con este documento el Ministerio de Salud, busca hacer  mucho más efectiva y clara la información y, asimismo, poder solventar y solucionar  las dificultades operativas y técnicas en la ejecución del procedimiento de saneamiento.

Reporte de la  información en PISIS

De igual manera, el documento expresa que la información para el saneamiento de aportes patronales financiados con recursos del Sistema General de Participaciones para la Salud será reportada a través de la Plataforma de Intercambio de Información (PISIS) del Sistema Integral de Información de la Protección Social (SISPRO), siguiendo los lineamientos previstos  en los anexos técnicos del acto  administrativo.

También le puede interesar: registro de cuentas maestras de las ese para aportes patronales – resolución 4669 de 2016

Requisitos

No obstante, para garantizar la seguridad de la información reportada, las entidades deberán enviar los anexos técnicos firmados digitalmente, lo cual protege los archivos garantizando su integridad, confidencialidad y aceptación.

En consecuencia, para firmarlos digitalmente se debe usar un certificado digital emitido por una entidad certificadora abierta aprobada por la autoridad competente.

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Procesos de conciliación

Así mismo, las entidades administradoras tendrán un plazo de veinte (20) días hábiles, para generar y enviar a cada entidad empleadora, el estado de cuenta de las deudas desagregado por año desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2016, con el nombre e identificación de cada persona afiliada, el periodo año-mes y el valor de la deuda por concepto de aportes patronales.

Por consiguiente, las entidades empleadoras, deberá previo a los veinte (20) días hábiles al reporte de los estados de cuenta por parte de las entidades administradoras, reportar al Ministerio, el total de las deudas de aportes patronales, desde el 1 de enero de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2016.

Deudas de aportes patronales

En tal caso, las deudas de aportes patronales, reportadas por las entidades empleadoras y administradoras, será publicadas por el  Ministerio, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo.

También puede leer: procedimiento para realizar el saneamiento de aportes patronales

Mesas de saneamiento de aportes patronales

Las entidades administradoras y empleadoras podrán continuar los procesos de conciliación, suscripción de actas o documento que corresponda, con las devoluciones y traslados de recursos dentro de los ciento veinte (120) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo.

Mesas

Así mismo, con estas mesas de saneamiento se efectuará la aclaración de los recursos de aportes patronales para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2016.

Finalmente, las entidades administradoras y empleadoras deberán asistir a las mesas de saneamiento con información válida y lista para la verificación.

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