El debate sobre cómo se financian en Colombia los servicios y tecnologías en salud no cubiertos por la UPC se mantiene de forma recurrente en la agenda técnica del sistema por su impacto en el acceso y en el flujo de recursos hacia la red prestadora; en ese marco y ante los señalamientos sobre una supuesta insuficiencia presupuestal para cubrir los presupuestos máximos 2026, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) presentó precisiones sobre su asignación, los ajustes durante la vigencia y el giro de recursos. La entidad aclaró que, entre 2023 y 2025, los recursos destinados a financiar servicios y tecnologías no incluidos en la UPC ascendieron a $11,66 billones
¿Qué precisó ADRES sobre la asignación y los ajustes de los presupuestos máximos?
La ADRES definió los presupuestos máximos como el “valor que se transfiere a las EPS para garantizar el suministro de servicios y tecnologías en salud no financiados con la UPC, como algunos medicamentos para enfermedades huérfanas”. Con esta definición, la entidad enmarcó el mecanismo como una transferencia orientada a cubrir prestaciones no financiadas con la UPC.
En cuanto a la programación anual, ADRES indicó que estos recursos se asignan en enero, con una partida inicial aprobada por el Ministerio de Hacienda, una vez se ha garantizado el presupuesto de la UPC para la vigencia correspondiente.
Adicionalmente, precisó que, a partir del segundo mes, se efectúan adiciones presupuestales a lo largo del año. Estas adiciones fueron descritas como una “serie de reajustes progresivos” definidos en conjunto con el Ministerio de Salud y el Ministerio de Hacienda, “hasta cubrir el total de la necesidad anual”, señalando que este comportamiento es conocido por los actores del sistema.
En el mismo sentido, la ADRES afirmó que, al observar el comportamiento de recursos desde 2023, estos han estado “siempre completados presupuestalmente para el cierre de la vigencia” y que “en los últimos tres años no ha habido limitación presupuestal para su ejecución”.
Comportamiento de los recursos 2023–2026 reportado por ADRES
En respaldo de sus precisiones, ADRES presentó el consolidado en el que reporta, por vigencia, la apropiación inicial y la ejecución de los recursos, con el respectivo detalle para los regímenes contributivo y subsidiado, además de los ajustes de vigencias anteriores.

Entre 2023 y 2025, el consolidado de Presupuestos Máximos muestra una disminución en la apropiación inicial total y, al mismo tiempo, un aumento en la ejecución total. En 2023, la apropiación inicial fue $2,481 billones y la ejecución $3,698 billones; en 2025, la apropiación inicial bajó a $1,508 billones, mientras la ejecución subió a $3,951 billones. En la composición, los rubros de ajustes de vigencias anteriores ganan peso; su apropiación inicial pasa de representar alrededor de 32% del total en 2023 a cerca de 67% en 2025.
Ahora bien, entre 2025 y 2026*, al revisar solo la apropiación inicial del consolidado, el total pasa de $1.508.087.525.115,00 a $2.871.210.404.715,00, es decir, un incremento de 90,4%. En el mismo comparativo, todos los componentes aumentan en apropiación inicial, con incrementos especialmente marcados en los rubros asignados a régimen contributivo y régimen subsidiado, y con un crecimiento sustancial en los ajustes de vigencias anteriores.
- Total apropiación inicial: $1.508.087.525.115,00 (2025) → $2.871.210.404.715,00 (2026*) | +$1.363.122.879.600,00 (+90,4%)
- Régimen contributivo: $348.450.629.400,00 → $707.960.748.545,00 | +$359.510.119.145,00 (+103,2%)
- Régimen subsidiado: $153.584.344.824,00 → $312.043.309.876,00 | +$158.458.965.052,00 (+103,2%)
- Ajuste vigencias anteriores (Contributivo): $598.021.749.864,00 → $1.150.903.537.593,00 | +$552.881.787.729,00 (+92,4%)
- Ajuste vigencias anteriores (Subsidiado): $408.030.801.027,00 → $700.302.808.701,00 | +$292.272.007.674,00 (+71,7%)
“En consecuencia, los presupuestos máximos de 2026 no están desfinanciados y la apropiación inicial es superior a los años anteriores. Por lo demás, la ADRES ha girado lo establecido por el Ministerio de Salud siempre de manera oportuna”, señaló la ADRES.
De esta manera indicó que los recursos, permanentemente, han estado disponibles y que los únicos retrasos observados en los pagos corresponden a demoras en la postulación del Giro Directo por parte de algunas EPS obligadas a este mecanismo, “es decir la instrucción de girar los recursos a prestadores y proveedores específicos, sin la cual la ADRES no puede transferir parte de los recursos disponibles”.



