1920x340-efemerides-1-1

Período de Gerentes de ESE puede ampliarse

Última Hora: Atención alcaldes, Gobernadores y Gerentes y Directores de Empresas Sociales del Estado.
Puede ampliarse periodo de Gerentes de ESE por la emergencia del Covid 19
[favorite_button]
Comentar

Así lo autoriza el Decreto 491 de 2020 expedido por el gobierno nacional hoy 28 de marzo de 2020, dentro de las medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas y los particulares que cumplan funciones públicas

Que pueden hacer gobernadores y alcaldes

Los gobernadores y alcaldes podrán ampliar, por un término de 30 días, el período institucional de los gerentes o directores de Empresas Sociales del Estado que termina en el mes de marzo de 2020.

Si el alcalde o gobernador no amplia el período, deberá proceder a nombrar al gerente o director, de acuerdo con el procedimiento señalado en el artículo 20 de la Ley 1797 de 2016.

Si deciden ampliar el período, una vez finalizados los 30 días a que se refiere el inciso anterior, el alcalde o gobernador nombrará el nuevo gerente o director, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 1797 de 2016.

Cuando iniciará y cuando terminará este período

El período institucional del nuevo gerente o director iniciará con la posesión y culminará tres (3) meses después del inicio del período constitucional del gobernador o del alcalde respectivo.

banner ACHO 900w 1

También le puede Interesar: Programe aquí sus conferencias virtuales y sus entrenamientos del sector salud con CONSULTORSALUD

BOLETÍN 106 del Ministerio de Salud

El Ministerio de Salud expidió inmediatamente el Boletín 106 del 28 de marzo de 2020, que hace eco del decreto, en los siguientes términos:

El período institucional de gerentes de hospitales públicos del país podrá ser ampliado por alcaldes y gobernadores con el objetivo de garantizar la prestación de servicios en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica que afronta el país a causa de la COVID-19.

El Decreto 491 de 2020 determina que las autoridades territoriales podrán ampliar por un término de 30 días el periodo institucional de los gerentes o directores de Empresas Sociales del Estado que termina en marzo de 2020. En caso de que el alcalde o gobernador decida no ampliarlo, deberá nombrar al gerente o director al finalizar el que se encuentra en curso.

Si decide hacerlo, una vez finalizados los 30 días (30 de abril) tendrá que nombrar el nuevo gerente o director.

Estos son designados por períodos institucionales de cuatro años mediante concurso de méritos que deberá realizarse dentro de los tres meses, contados desde el inicio del período del Jefe de la Entidad Territorial respectiva, según el caso.

En caso de no ampliarlo, deberán nombrar una persona al finalizar el periodo en curso

Descargue

Decreto 491 de 2020 Por el cual se adoptan medidas de urgencia para garantizar la atención y la prestación de los servicios por parte de las autoridades públicas.

Boletín 106 del Ministerio de Salud

1500x500_DESKTOP_1000SILLAS_NOVIEMBRE_2 (1)

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
1920x340_ALIANZA_SEPTIEMBRE_01
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda