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‘Ley de fibromialgia’, aprobada por unanimidad en Chile

La 'Ley de fibromialgia y dolor crónico' también presenta un diseño de un sistema de cuidados, entre los que se encuentran un diagnóstico oportuno, acceso a tratamientos terapias físicas y psicológicas
'Ley de fibromialgia', aprobada por unanimidad en Chile
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La Cámara de Diputadas y Diputados de Chile aprobó en tercer trámite la ‘Ley de fibromialgia y dolor crónico no oncológico’, norma creada para mejorar la calidad de vida de los pacientes afectados, desde el acceso a los servicios de salud hasta el rechazo y la discriminación de la que son objeto. Vale la pena señalar que el documento presentado fue aprobado por unanimidad.

La presentación del proyecto de ley estuvo a cargo del senador Juan Luis Castro, quien explicó a la Sala que “existe el dolor crónico oncológico que está cubierto por el GES pero hay otros no financiados. También hay 200 mil personas que sufren fibromialgia que es una enfermedad reciente, por la que se prescriben casi 2 mil licencias. Se trata de un cuadro complejo que requiere una atención especial”. La autoría de esta iniciativa legislativa fue de la diputada Distrito 6, Carolina Marzán y contó con el respaldo de otros diputados y diferentes organizaciones de pacientes y profesionales sanitarios del país.

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De acuerdo con la normativa, se entenderá a la fibromialgia como al “síndrome de dolor crónico –no oncológico- percibido en músculos y articulaciones de más de 3 meses de duración. Esta condición se manifiesta a través de síntomas físicos y sicológicos, alternaciones del sueño, cambios en el estado del ánimo y produce múltiples consecuencias como la disminución de la calidad de vida, en las actividades de la vida diaria, las cuales son susceptibles de generar discapacidad e invalidez”.

Por otra parte, el dolor crónico no oncológico se define como “aquel dolor de causa no neoplásica que aparece y se extiende por doce semanas de duración o más y se manifiesta a través de síntomas físicos y psicológicos”.

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La ‘Ley de fibromialgia y dolor crónico’ también presenta un diseño de un sistema de cuidados, entre los que se encuentran un diagnóstico oportuno, acceso a tratamientos terapias físicas y psicológicas, rehabilitación, el contar con medicamentos complementarios y ayudas técnicas. Pero, quizás, el aspecto más relevante de la naciente normativa es la vigilancia del Estado para que los pacientes diagnosticados tengan el acceso libre a  e igualitario al sistema previsional de salud y su protección como beneficiario o cotizante, como se muestra a continuación:

  • Derecho a contar con los cuidados necesarios para favorecer el resguardo de su salud mental y física. El Estado propiciará el acceso a medicamentos, fitofármacos, tratamientos, terapias físicas y psicológicas, rehabilitación, medicinas y fitoterapias complementarias y ayudas técnicas de manera oportuna y eficaz, en consideración a la edad y diagnóstico de la persona.
  • Derecho a acceder a información fácil y accesible sobre las causas, características  de la patología y alternativas terapéuticas que le permitan reducir los síntomas y mejorar su funcionalidad.
  • Derecho a una atención preferente y oportuna por cualquier prestador de acciones de salud, en los términos que establecen los artículos 5 bis y 5 ter de la ley N°20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.

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Otros aspectos importantes sobre la ‘Ley de fibromialgia y dolor crónico no oncológico’

En la ley aprobada por Cámara de Diputadas y Diputados de Chile también se especifican aspectos relacionados con las licencias médicas. En ese sentido, aquellas licencias que se otorguen por fibromialgia o por dolores crónicos no oncológicos no podrán rechazarse por su solo diagnóstico, ni sujetarse a un procedimiento especial, particular o discriminatorio que afecte el normal proceso de tramitación.

De igual forma, el Ministerio de Salud podrá dictar los protocolos necesarios para el adecuado cumplimiento de los derechos reconocidos en esta ley. En este proceso deberá asegurarse la participación de las agrupaciones de fibromialgia y de pacientes con dolores crónicos no oncológicos existentes en el país y se velará por la representatividad de todas las regiones.

Además, se promoverá la investigación intersectorial tanto en ciencias básicas, aspectos clínicos y terapéutica de la enfermedad, y dará la oportunidad de concursar e interactuar, tanto a proyectos de medicina tradicional como a la medicina complementaria que cumpla con los altos estándares definidos por los principios básicos de la investigación en humanos, para efectos de contribuir al diagnóstico y tratamiento de la fibromialgia o del dolor crónico no oncológico.

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