Invima advierte sobre uso de Cloroquina e Hidroxicloroquina para tratamiento de COVID-19

El Invima exhorta a hacer uso de Cloroquina e Hidroxicloroquina solo bajo prescripción médica, pues no se ha demostrado que ayude a tratar el COVID-19
Invima advierte sobre uso de Cloroquina e Hidroxicloroquina para tratamiento de COVID-19
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En la actualidad, se están adelantando investigaciones sobre el uso de la hidroxicloroquina y la cloroquina para el tratamiento del COVID-19, sin embargo, aún no hay evidencias que demuestren la efectividad del medicamento contra la infección.

El aumento en la venta de estos medicamentos, ha generado una alerta en su uso, no solo en Colombia sino en el mundo, por esta razón el INVIMA hizo un llamado a la ciudadanía y profesionales de la salud, reiterando que estos medicamentos solo están autorizados para el manejo de la malaria, paludismo, artritis reumatoidea y lupus eritematoso sistémico ya que su consumo sin prescripción médica puede poner en riesgo la salud de los pacientes .

Uso experimental

La presión por salvar vidas, principalmente en los países más afectados, como Francia y Estados Unidos a conllevado a que esos gobiernos establezcan protocolos estrictos que permiten el uso experimental de estos dos medicamentos, en pacientes con síntomas graves por Coronavirus SARS-CoV2.

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No obstante, estos dos medicamentos pueden tener graves efectos secundarios especialmente cuando son administrados en dosis muy altas, o cuando son mezclados con otros medicamentos.

Recomendaciones

El Instituto en su facultad de autoridad sanitaria, recomienda a los pacientes y profesionales de la salud limitarse a las indicaciones establecidas en el registro sanitario para tratar las enfermedades mencionadas anteriormente, en las que se ha comprobado su efectividad, o como parte de ensayos clínicos que hayan sido autorizados previamente por el Invima. Es fundamental asegurar el abastecimiento de estos productos para los pacientes que los necesitan debido a su condición de salud. 

Recordemos, que los lineamientos para el uso de medicamentos por fuera de la indicación, se encuentran definidos en el artículo 95 de la Resolución 1885 del 2018 del Ministerio de Salud, respecto a la nominación, evaluación y aprobación de usos no Incluidos en el Registro Sanitario.

Finalmente, el Ministerio de Salud y Protección Social informó, que reportará al INVIMA los usos no incluidos en los registros sanitarios de los medicamentos que considere necesarios (no solo Cloroquina e Hidroxicloroquina) para proteger la vida y la salud de los pacientes, adjuntando la evidencia científica que soporte la eficacia o efectividad y la seguridad del uso no incluido en el registro

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