El Ministerio de Salud y Protección Social impartió las instrucciones para las personas naturales y empresas que estén interesadas en producir y fabricar derivados de cannabis con fines medicinales o científica.
A través de la Resolución 1816 de 2016, se reglamentan la Licencia de Producción y Fabricación que otorgará el Ministerio, además de los procedimientos que permiten obtener estupefacientes, incluyendo la producción de resinas, aceites, tinturas, extractos y preparados.
Esta resolución cuenta además con los requisitos de instalación, la calidad del producto, el plan de inversión y el organigrama de la empresa; como un de un tratamiento diferenciado para los pequeños productores.
Para poder obtener la licencia, las personas naturales y empresas debe antes haber tramitado el formulario para solicitar licencias, directamente en la página web del Ministerio, en la pestaña “trámites y servicios” o diligenciar el formulario impreso y enviarlo a la sede del ministerio.
Este es un prerrequisito para solicitar la licencia de cultivo, definido por el Consejo Nacional de Estupefacientes a comienzos de este año.
Diligencie el formulario en este link
https://tramites.minsalud.gov.co/tramitesservicios/cannabis/Default.aspx
Descargue: Instrucciones para producción de derivados de cannabis – Resolución 1816 de 2016.