En medio de una profunda crisis institucional, el presidente Gustavo Petro firmó el decreto que convoca formalmente a una consulta popular en Colombia, mediante la cual se preguntará a la ciudadanía sobre aspectos clave relacionados con las reformas laboral y de salud. La decisión, enviada ya a la Corte Constitucional, ha generado un fuerte pronunciamiento de sectores empresariales, especialmente por parte de la Asociación Nacional de Empresarios (ANDI), que advierten sobre una posible ruptura del orden constitucional.
La firma del decreto presidencial se produce en un contexto de amplia polarización institucional, luego de que las reformas impulsadas por el Ejecutivo encontraran obstáculos en el Congreso. A través de su cuenta oficial en la red social X, el presidente Petro sostuvo que la consulta solo sería retirada si el Congreso adopta los puntos contenidos en el texto sometido a consideración popular.
“Solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, sean respondidos positivamente por el Congreso, poder constituido legítimo para discutir leyes”, publicó el mandatario.
He firmado el decreto que convoca a la consulta popular.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) June 11, 2025
Solo se derogará antes de las urnas si los puntos que se le preguntan al pueblo para que exprese su orden constituyente, sean respondidos positivamente por el Congreso, poder constituido legítimo para discutir leyes.…
Esta declaración deja claro que el Ejecutivo considera la consulta popular como un mecanismo legítimo para respaldar su agenda social, en caso de que el Congreso mantenga una posición inamovible frente al contenido de las reformas, tal como fue aprobado previamente en la Cámara de Representantes.
El decreto ya fue radicado ante la Corte Constitucional – consulta popular
El decreto fue remitido a la Corte Constitucional, instancia encargada de evaluar la viabilidad jurídica de la convocatoria. De esta manera, esta instancia deberá examinar si el decreto cumple con los requisitos formales y materiales establecidos en la Constitución, y si la materia consultada es susceptible de ser decidida por este tipo de mecanismo. A la espera de este pronunciamiento, diversos sectores políticos y jurídicos han iniciado un proceso de revisión crítica sobre los alcances y consecuencias institucionales del decreto.
La ANDI rechaza la medida por considerar que rompe el orden constitucional
Uno de los pronunciamientos más contundentes provino de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI), que expresó una firme preocupación por lo que califica como una “grave afectación al orden constitucional y democrático del país”. La organización sostuvo que el decreto “vulnera el principio constitucional de la separación de poderes”, contemplado en el artículo 113 de la Constitución Política.
El gremio enfatizó que el decreto desconoce expresamente una decisión adoptada por el Senado de la República y que ello podría constituir una extralimitación en las funciones del presidente, lo cual podría conllevar responsabilidad disciplinaria o penal de los funcionarios involucrados, conforme al artículo 6 de la Constitución.
“Esta desafortunada decisión erosiona gravemente nuestro orden constitucional y democrático”, señala el comunicado.“Hacemos desde ya un llamado para que desde la Rama Judicial (…) se tomen las decisiones necesarias para precaver los graves efectos que se generen, procediendo a restablecer en forma urgente el orden constitucional”.
Entre tanto, la convocatoria a consulta popular firmada por el presidente Gustavo Petro configura un episodio determinante para el futuro de la reforma social en Colombia. Mientras el Gobierno defiende el decreto como un acto legítimo de soberanía popular, sectores empresariales y constitucionalistas lo consideran una amenaza al equilibrio institucional. El fallo de la Corte Constitucional será clave para definir si este proceso avanza o se frena, en un contexto en el que está en juego no solo el contenido de las reformas, sino el respeto al marco jurídico vigente.