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EPS Convida entra en liquidación: nueva decisión de la Supersalud

El declive de la EPS Convida es evidente desde 2016, ya que desde ese año incumplía con las condiciones de capital mínimo y de solvencia, patrimonio adecuado y régimen de inversiones requeridos para su operación
EPS Convida entra en liquidación nueva decisión de la Supersalud
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Este 15 de septiembre, la Superintendencia Nacional de Salud ordenó la liquidación de la EPS Convida, tras evidenciar que los fallos en su gestión ponían en riesgo a sus 478.399 afiliados del departamento de Cundinamarca. Esta decisión es la segunda proferida por el ente de control en menos de 25 días de labores oficiales.

“La situación a la que llegó Convida es un ejemplo más de cómo se ha desvirtuado el rol de protección de la salud por parte de estas entidades que manejan los recursos públicos; colocando en grave riesgo la salud y vida de los ciudadanos, quienes son los verdaderos dueños del sistema”, aseguró el superintendente, Ulahy Beltrán.

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Cabe mencionar que la EPS Convida fue objeto de diferentes medidas especiales, incluyendo medidas de vigilancia especial aplicada desde el 31 de marzo de 2017 y prorrogada durante más de 5 años; es decir, más de 10 veces. Para el cierre de la entidad se implementará la intervención forzosa y la toma de posesión de los bienes, haberes y negocios.

Otro punto a tener en cuenta es que, aunque la entidad del aseguramiento contaba con dos terceras partes de los afiliados del régimen subsidiado en Cundinamarca, registró una pérdida de 46.766 afiliados en los últimos años.

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El declive de la EPS Convida es evidente desde 2016, ya que desde ese año incumplía con las condiciones de capital mínimo y de solvencia, patrimonio adecuado y régimen de inversiones requeridos para su operación dentro del sistema de salud.

Durante el primer semestre de 2022, registró 5.850 peticiones, quejas, reclamos o denuncias de sus afiliados en Cundinamarca, volumen que la ubicaba como la tercera EPS con más quejas del régimen subsidiado en este departamento.

Superintendencia Nacional de Salud.

En la actualidad, el 76% del pasivo reportado se concentra en 20 terceros, en su mayoría prestadores y por un monto de $433 mil millones, del que $299 mil millones representan acreencias con la red prestadora, especialmente dentro del sector público. Además, en cuanto al nivel de endeudamiento detectado, pasando de 1.7 en 2017 a 3.2 al cierre de 2021; a junio de este año era de 2.8.

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Hallazgos que motivaron la liquidación de la EPS Convida

De acuerdo con la Superintendencia Nacional de Salud, la calificación más reciente que obtuvo su modelo de salud fue de 52,7 puntos de 100 posibles, ya que no cubre por completo los elementos evaluados y entre los que se encuentran: el modelo de contratación, las redes integrales de prestadores de servicios de salud, la regulación de rutas integrales de atención en salud y los requerimientos y procesos del sistema de información.

A nivel nacional, la EPS Convida tenía uno de los indicadores más altos en tasas de mortalidad materno-perinatal y mostraba un incremento en la tasa de sífilis congénita, con lo cual las maternas y sus bebés podían contraer enfermedades prevenibles.

Asimismo, la EPS Convida presentaba importantes falencias en la detección temprana del cáncer de cérvix y de mama, mostrando bajos resultados en los indicadores que miden el riesgo cardiocerebrovascular.

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En cuanto a los motivos de quejas de los usuarios, los principales eran la falta de oportunidad en la asignación de citas de medicina especializada, la demora en la entrega de medicamentos cubiertos y las demoras en la referencia y contrarreferencia de sus pacientes.

Al momento del cierre, la distribución de los usuarios de la entidad era la siguiente: 29 ubicados en Bogotá D.C (26 personas inscritas en el régimen contibutivo y 3 en el régimen subisidado) y 478.370 en Cundinamarca (37.204 en el contibutivo y 441.166 en el subsidiado).

Tras la nueva determinación del ente de vigilancia y control, los afiliados de la EPS Convida pasarán a entidades receptoras del aseguramiento que deberán garantizar su derecho fundamental a la salud, continuidad de los servicios y tratamientos de manera oportuna y sin interrupciones. Entretanto, la entidad en liquidación deberá garantizar la prestación de servicios de salud.

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