La Resolución 157 del 29 de enero de 2026 del Ministerio de Salud, adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico (PPDA) 2026–2027 y define como eje temático la “Configuración del Contrato Realidad”, con seguimiento a cargo de la Dirección Jurídica y registro obligatorio en eKOGUI.
El documento precisa el propósito del enfoque, adoptar e implementar medidas y acciones para mitigar el riesgo de configuración del denominado contrato realidad y prevenir la interposición de eventuales reclamaciones y demandas judiciales contra la entidad.
Lo que ordena el acto: anexo plan de acción, seguimiento y divulgación interna
El Artículo 1 establece que la PPDA 2026–2027 está contenida en el anexo 1, identificado como un plan de acción referenciado mediante un enlace incluido en el texto del artículo. La Resolución adopta formalmente la política y fija las reglas de implementación interna.
En esa implementación, el acto define tres instrucciones verificables:
- Seguimiento: la Dirección Jurídica realizará la evaluación y seguimiento del Plan de Acción “según los términos definidos en el mismo”.
- Registro: la PPDA debe formularse en el módulo eKOGUI conforme a lineamientos vigentes expedidos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
- Divulgación: la política debe ser comunicada y divulgada a todas las dependencias del Ministerio de Salud.
La norma también dispone su vigencia desde la fecha de expedición.
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Cómo se definió el eje: reunión interáreas del 11 de diciembre de 2025
Según el Ministerio de Salud, el docuumento informa que el eje temático “Configuración del Contrato Realidad” fue definido en una reunión realizada con participación de dependencias vinculadas a gestión administrativa, contractual y de control Subdirección de Talento Humano, Subdirección Administrativa, Oficina de Gestión Contractual, Planeación y Control Interno. Según el texto, el propósito fue coordinar la elaboración del Plan de Acción y la formulación de la PPDA 2026–2027.
Aprobación institucional: Comité de Conciliación del 18 de diciembre de 2025
La Resolución señala que el Comité de Conciliación aprobó la Política de Prevención del Daño Antijurídico 2026–2027 en sesión ordinaria del 18 de diciembre de 2025, utilizando el formato previsto para la formulación de estas políticas.
En su sustento normativo, el documento refiere disposiciones asociadas al Comité de Conciliación y a la obligación de formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico, mencionando la Ley 446 de 1998 y la Ley 2220 de 2022.
El soporte técnico citado: análisis del “top diez (10)” de procesos judiciales en eKOGUI
Como parte de la construcción de la política, el acto reporta la revisión de un informe de litigiosidad del sistema eKOGUI sobre el “top diez (10)” de procesos judiciales admitidos entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de agosto de 2025. El texto indica que los casos fueron analizados de manera exhaustiva para identificar la causa que serviría de base en la formulación de la PPDA 2026–2027.
El Ministerio de Salud también menciona como referencia una Circular Externa No. 07 del 10 de septiembre de 2025, asociada a lineamientos para formular, aprobar, implementar y hacer seguimiento a estas políticas.
Vigencia y alcance interno de la medida
Con la Resolución 157 del 29 de enero de 2026, el Ministerio de Salud adopta la PPDA 2026–2027, fija el eje “Configuración del Contrato Realidad”, ordena el seguimiento desde la Dirección Jurídica, su formulación en eKOGUI y la divulgación interna a todas las dependencias. El acto rige desde su expedición.
Vigencia y alcance interno de la medida
Con la Resolución 157 del 29 de enero de 2026, el Ministerio de Salud adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico (PPDA) 2026–2027 y fija como eje temático la ‘Configuración del Contrato Realidad’. El acto define un esquema de implementación: la Dirección Jurídica realizará la evaluación y seguimiento del Plan de Acción; la política deberá formularse en el módulo eKOGUI conforme a los lineamientos vigentes de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado; y su contenido deberá ser comunicado y divulgado a todas las dependencias.
La Resolución refiere como insumo metodológico la revisión del ‘top diez (10)’ de procesos judiciales admitidos entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de agosto de 2025, con análisis caso a caso para identificar la causa que sirvió de base en la formulación de la política. Finalmente, dispone que el acto rige a partir de la fecha de su expedición.
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