sus oro marzo 1920x340-2-1

Desde el 1 de marzo se unifica la planilla PILA

[favorite_button]
Comentar

El Ministerio de Salud y Protección Social con la Resolución 2388 de 2016– compiló las reglas existentes desde el 2006 con respecto al recaudo a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).

A partir del primero de marzo los colombianos que pagan aportes como cotizantes independientes y que estén contratados bajo la modalidad de prestación de servicios por más de un mes, deberán solicitar a su operador de la PILA el cambio del código de cotizante 3 – Independiente, por 59 – Independiente con contrato de prestación de servicios.

900W_desktop_webinar-oro_marzo

Es muy importante que los cotizantes independientes realicen este cambio. De igual forma deben continuar pagando sus aportes como lo venían haciendo, pues hasta el momento el Gobierno Nacional no ha reglamentado la retención para pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales por parte de las empresas contratantes.

En la estructura de la PILA fueron adicionadas las fechas de cada una de las novedades laborales como ingreso, retiro, suspensión o licencia no remunerada, vacaciones, variación del salario, incapacidad por enfermedad laboral y licencias de maternidad. Estas deben corresponder al periodo inmediatamente anterior.

El Ministerio de Salud y Protección Social, en conjunto con operadores de información de la PILA, las EPS, las administradoras de fondos de pensiones (AFP), las cajas de compensación, las administradoras de riesgos laborales (ARL), el ICBF y el SENA, trabajaron para garantizar la implementación de estos cambios, minimizando cualquier tipo de inconveniente de los aportantes. Desde junio de 2016, los operadores de información han socializado la implementación de esta norma a los aportantes que hacen uso de sus servicios.

banner ACHO 900w 1

Entre tanto, a partir del 6 de marzo se deben pagar los aportes según los plazos establecidos en el Decreto 1990 de 2016, de acuerdo con los dos últimos dígito de su documento de identidad.

De otro lado, con el fin de racionalizar los recursos del sistema de seguridad social y de armonizar el pago de aportes con el crecimiento de la cobertura de acceso a internet, se restringe de manera gradual el uso de la planilla asistida o el pago por ventanilla con pin.

En consecuencia, los aportantes deben tener en cuenta las fechas a partir de las cuales será obligatorio el uso de la planilla electrónica y quedará inhabilitado el pago por ventanilla.

900W AGP portal

Con el fin de aclarar las dudas que se presenten relacionadas con Ia interpretación de la normativa, los aportantes podrán enviar sus consultas al correo electrónico [email protected].

Descargue: Normativa pago aportes PILA 

Documentos adjuntos

Este artículo tiene documentos adjuntos que podrá descargar para ampliar su información:
900wdesktop_cubrimientos_marzo_01

Temas relacionados

Compartir Noticia

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Noticias destacadas
Más Noticias

Escríbanos y uno de nuestros asesores le contactará pronto

Reciba atención inmediata mediante nuestros canales oficiales aquí:

Tu carrito de compras está vacío.

Volver a la tienda