Nuevos ajustes al Decreto 780 de 2016 para verificar condiciones de habilitación de las EPS

El Minsalud decretó nuevos ajustes al Decreto 780 de 2016 para que la Superintendencia Nacional de Salud verifique las condiciones de habilitación financieras y de solvencia de las EPS en el país.
HABILTACION EPS COLOMBIA
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Con nuevo proyecto de Decreto el Ministerio de salud definió  la fecha para que  la Superintendencia Nacional de Salud verifique la condiciones de habilitación financieras y de solvencia de las Entidades  Promotoras de Salud.

Verificación de las condiciones DE HABILITACIÓN financieras de las Eps

Según el documento la fecha que tendrá la Superintendencia Nacional de Salud será hasta el 31 de diciembre de 2021. Durante este tiempo, el ente de control en salud, al verificar las condiciones de  habilitación financieras  de las EPS, descontará el efecto del deterioro de las cuentas por cobrar asociadas a servicios y tecnologías en salud no financiadas con cargo a la UPS de los regímenes contributivo y subsidiado.

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Sin embargo, esto  aplicará para aquellas EPS  que se encuentren registradas como tal en los estados financieros, de acuerdo con las política contable de cada Entidades  Promotoras de Salud, vigente al 30 de junio de 2019, para la acreditación del capital mínimo y del capital primario. La Superintendencia Nacional de Salud impartirá las instrucciones necesarias para la debida aplicación, medición y control.

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