Mediante la Resolución 941 de 2020, la Gobernación de Córdoba decidió este lunes declarar la alerta roja en el departamento, tras conocer el reporte de ocupación de camas en las unidades de cuidados intensivos (UCI), que alcanzó el 81,8 por ciento.
Según el documento, la Secretaría de Salud y el Centro Regulador de Urgencias y Emergencias -CRUE de Córdoba tomó esta decisión con el fin de mitigar el impacto de la pandemia por COVID- 19 entre sus habitantes.
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Intervención POR la alerta roja EN cÓRDOBA
Así mismo, indica el documento que conforme al Sistema de Alertas Tempranas -SAT- en el Departamento de Córdoba, se podrán implementar todas las medidas tendientes a garantizar la siguiente estructura de intervención:
- Activación del Puesto de Mando Unificado, en coordinación permanente con el CRUE, las secretarías de salud municipales y el Ministerio de Salud y Protección Social.
- Se podrán adoptar medidas de restricción total de movilidad y de suspensión de actividades de establecimientos de comercio.
- Verificación, gestión y análisis diario por parte de la Secretaria de Desarrollo de la Salud de Córdoba de la información de salud pública respecto del comportamiento del virus en el Departamento de Córdoba y de la capacidad instalada en salud en el Departamento a fin de establecer los criterios urgentes de intervención necesarios para el manejo de la Emergencia.
- Seguimiento diario de la situación por el Puesto de Mando Unificado – PMU con especial atención de la Alta Dirección, conforme al informe presentado por el equipo de la Secretaria de Desarrollo de la Salud Departamental.
- La Secretaria de Desarrollo de la Salud Departamental a través del Centro Regulador de Urgencias y Emergencias CRUE tomará la dirección y control centralizado de las Unidades de Cuidado Intensivo y de las Unidades de Cuidado Intermedio.
- Se activarán los mecanismos de referencia y contrarreferencia de pacientes centralizados en el CRUE.
- Se reprograman los procedimientos de baja complejidad. se suspenden las cirugías programadas, y otras actividades que generen ocupación de las camas de UCI y Hospitalarias como estrategias para liberar camas hospitalarias y así dar prelación a la atención de los pacientes COVID-19.
- Disponer y activar durante esta fase los recursos. áreas y personal de refuerzo requerido según la situación. Para esto. se coordinarán e implementarán las acciones de expansión requeridas.
- Activar los Equipos de Respuesta Inmediata de la Secretaria de Desarrollo de la Salud Departamental requeridos.
Reporte de la información
De otra parte, en cuanto a los prestadores de servicios de salud, tanto públicos como privados, estos deberán informar diariamente en los términos señalados por la Secretaría de Desarrollo de Salud de Córdoba, su capacidad disponible, ocupación, censo de pacientes con procedencia, ventiladores, entre otra información que sea requerida por el Centro Regulador de Urgencias y Emergencias -CRUE, con el fin de garantizar la atención de la población con Infección Respiratoria Aguda ocasionada por COVID-19, como para la población con patologías no COVID-19.
Así mismo, deberán adaptar su capacidad de oferta de servicios de acuerdo con las necesidades de la población, en tal sentido se adelantará el Plan de Reconversión y Expansión de Servicios según el comportamiento de la demanda y las necesidades de tratamiento oportuno, que será regulado, gestionado y modulado por el Centro Regulador de Urgencias y Emergencias -CRUE- de la Secretaría de Desarrollo de la Salud de Córdoba.
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Obligaciones de las entidades administradoras de planes de beneficios -EAPB-
Las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios -EAPB- de acuerdo a la responsabilidad del aseguramiento adelantarán todas las gestiones administrativas en el marco del Sistema de Referencia y Contrarreferencia de la gestión centralizada de las Unidades de Cuidado Intensivo y de las Unidades de Cuidado Intermedio asignadas por la Secretaría De Desarrollo De la Salud De Córdoba y en consecuencia, lo servicios erogados durante la estancia hospitalaria se cancelaran de acuerdo con los mecanismos procedimientos y presupuestos definidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, debiendo además ajustarse a los términos para el pago definido por la normatividad vigente.
Las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios -EAPB-, promoverán estrategias para la prevención, contención, mitigación y atención, tendientes a la detección de estadios tempranos de la enfermedad, la disminución de las complicaciones asociadas a la patología, hospitalizaciones y, en consecuencia, del aumento de la mortalidad con ocasión del COVID-19.
Las estrategias buscarán reforzar sus modelos de atención ambulatoria con monitoreo permanente y tomas de muestra la población con Infección Respiratoria Aguda, ocasionada por COVID-19 y según priorización de riesgos para lograr mejores condiciones de salud de la población y minimizar complicaciones.