Actualización integral de servicios y tecnologías de salud financiados con la UPC para la vigencia 2024

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Esta resolución establece la actualización integral de servicios y tecnologías de salud financiados con la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para la vigencia 2024. La medida se enmarca en las disposiciones constitucionales y legales que garantizan a todos los residentes en Colombia el acceso a servicios y tecnologías de salud autorizados, excluyendo aquellos no financiables con recursos públicos asignados a la salud.

La financiación de estos servicios se realiza mediante la UPC, asignada a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y otras Entidades Obligadas a Compensar (EOC) a través de un presupuesto previo. La Ley 1438 de 2011 y la Ley 1751 de 2015 establecen la obligatoriedad de actualizar el Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC cada dos años, considerando cambios epidemiológicos, carga de enfermedad, disponibilidad de recursos y medicamentos extraordinarios.

La dinámica del sistema de salud, impulsada por avances científicos y tecnológicos, requiere una constante actualización de servicios y tecnologías. En este contexto, se destaca la importancia de la Atención Primaria en Salud, con énfasis en la prevención y promoción de la salud, coordinada por equipos multidisciplinarios y apoyada en el fortalecimiento de servicios de baja complejidad.

La actualización de procedimientos se basó en el análisis de 274 procedimientos no financiados con recursos de la UPC, considerando tendencias de prescripción entre 2019 y 2022. Como resultado, se recomienda la financiación con recursos de la UPC de 46 procedimientos, representando más del 97%.

En cuanto a medicamentos, se emplearon estrategias como la eliminación de salvedades en la financiación actual y la inclusión de formas farmacéuticas ya financiadas. El análisis de tvComisión Asesora de Beneficios, Costos, Tarifas y Condiciones de Operación del Aseguramiento en Salud, medicamentos al 96,76% de los Códigos Únicos de Medicamentos (CUMS) autorizados en el país.

La propuesta de actualización fue presentada a la Comisión Asesora de Beneficios, Costos, Tarifas y Condiciones de Operación del Aseguramiento en Salud, que recomendó ajustes. Esto respalda la necesidad de actualizar y establecer los servicios y tecnologías de salud con financiamiento a través de la UPC para la vigencia 2024, siguiendo el principio de progresividad del Sistema General de Seguridad Social en Salud.c

Objeto y ámbito de aplicación

Establece los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la UPC. Debe ser garantizado por las entidades promotoras de salud (EPS) y las entidades adaptadas a sus afiliados.

Estructura y naturaleza de los servicios y tecnologías de salud

Los servicios y tecnologías de salud se estructuran sobre la base del derecho fundamental a la salud. Deben garantizar la integralidad de la atención desde la promoción de la salud hasta los cuidados paliativos.

Principios generales

Principios adicionales para la prestación de servicios y tecnologías financiados con recursos de la UPC. Incluye integralidad, territorialidad, complementariedad, transparencia, competencia, corresponsabilidad, calidad, universalidad y eficiencia.

Referentes de la actualización

Los servicios y tecnologías de salud deben haber pasado por procesos de evaluación, análisis, y toma de decisiones por parte de la autoridad competente.

Anexos

Cuatro anexos que contienen listados de medicamentos, procedimientos en salud, procedimientos de laboratorio clínico, y medicamentos para programas especiales en salud pública.

Descripción de procedimientos financiados con recursos de la UPC

Se describen los procedimientos según la Clasificación Única de Procedimientos en Salud (CUPS) y se consideran financiados los detallados en los anexos 2 y 3.

Terminología

Se establecen estándares de terminología para identificar tecnologías de salud, como CUPS, ATC, y CIE-10.

Glosario

Se adoptan términos de referencia, sin que definan la financiación, relacionados con actividades de salud, alimentos para propósitos médicos especiales, aparatos ortopédicos, atención ambulatoria, atención con internación, atención de urgencias, atención domiciliaria, entre otros.

Vigencia y derogatoria. El presente acto administrativo regirá a partir del 1 de enero de 2024 y deroga las resoluciones 2808 de 2022 y 087 de 2023.

Descargue el borrador de la resolución que establece los servicios y tecnologías de salud financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC)

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