La declaración de renta es un proceso tributario fundamental para los contribuyentes en Colombia. Es una obligación que deben cumplir las personas naturales y jurídicas que hayan obtenido ingresos superiores a los límites establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
En el año 2023, las personas que deberán presentar la declaración de renta serán aquellas que en el año gravable 2022 hayan adquirido un patrimonio bruto igual o superior a los $171.018.000, así como todos los ciudadanos que registren ingresos o consumos por tarjeta de crédito iguales o superiores a $53.206.000.
Sin embargo, existen diversas estrategias legales que permiten a los contribuyentes reducir el monto de impuesto a cancelar de manera lícita y legal, de acuerdo con la normativa fiscal vigente.
La DIAN ha informado que las fechas de vencimiento para declarar renta correspondiente al año fiscal 2022 iniciarán el miércoles 09 de agosto y estarán disponibles hasta el jueves 19 de octubre. Por lo tanto, es muy importante conocer las fechas de declaración, pago y los beneficios a los que se puede aplicar.
¿Cómo hacer la declaración de renta en Colombia?
Para declarar la renta en Colombia, se requiere tener a mano ciertos documentos e información. Es necesario contar con una copia actualizada del certificado de inscripción en el Registro Único Tributario (RUT), el estado de cuenta del impuesto predial de los bienes inmuebles, facturas de compra en caso de haber adquirido vehículos y los certificados de ingresos y retenciones por pagos laborales.
Este es el procedimiento para realizar la declaración: Primero, es necesario ingresar a la página de la DIAN y dirigirse al menú transaccional. Luego, seleccionar la opción “Usuario registrado” y posteriormente “A nombre propio”. Aparecerá un menú donde se deben introducir los datos de la declaración, como el número de documento y la contraseña de acceso al portal. Después, se debe hacer clic en el botón “Diligenciar y presentar formulario 210”, seleccionar el año en el que se presenta la declaración y dar clic en “Crear”.
La plataforma mostrará un formulario en el que se deberán responder algunas preguntas relacionadas con esta. Después de completar este paso, se debe dirigir al botón naranja con un signo “+” para guardar las respuestas. Luego, el sistema solicitará firmar a través de una firma electrónica. En caso de no contar con una, será necesario imprimir dos copias del formulario para firmar en físico.
¿Cómo pagar la declaración de renta 2023?
Una vez realizada la declaración, se debe seleccionar el botón “Pagar”. El sistema sugerirá los valores a pagar, los cuales son editables según la capacidad de pago de la persona. Una vez seleccionado el monto de pago, el sistema permitirá guardar el formulario en un documento PDF. El formulario también ofrece la opción de realizar el pago en línea, aunque existen otras alternativas para cumplir con esta obligación.
Pago presencial
Para realizar el pago de forma presencial, es necesario imprimir dos copias del recibo de pago en tamaño carta y dirigirse a alguno de los bancos autorizados, como el Banco de Bogotá, Banco Popular, Banco Itaú, Bancolombia, GNB Sudamérica, BBVA, Scotiabank Colpatria, Banco de Occidente, Banco Caja Social, Banco Davivienda, Banco Agrario de Colombia y Banco AV Villas. En el banco seleccionado, se deberá cancelar el valor correspondiente de la declaración.
Pago en en bancos o corresponsales
Para hacer el pago con esta modalidad, se debe imprimir una copia del formulario de pago en tamaño carta y luego dirigirse a alguno de los corresponsales autorizados. Después de realizar el pago correspondiente, el corresponsal entregará una tirilla con el valor del pago realizado y la fecha de la transacción.
Por último, las autoridades tributarias recomiendan verificar que el usuario y la contraseña del contribuyente estén activos para evitar contratiempos a la hora de realizar la Declaración de Renta 2023. Es importante estar al tanto de los plazos y fechas límite establecidos por la DIAN y cumplir con todas las obligaciones tributarias correspondientes.
Plazos para la declaración de renta
Según como lo informa la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la fechas para la presentación de la declaración están determinadas por los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía o con el NIT cuyo número es asignado por la DIAN para identificar los contribuyentes.
La Dian establece que tanto los nacionales como los extranjeros que no tengan residencia en el país están obligados a pagar el Impuesto Sobre la Renta y Complementarios sobre sus rentas, ganancias ocasionales de fuente nacional y patrimonio poseído en el país. Si una persona no residente recibe ingresos de fuente nacional sin que se les haya practicado retención en la fuente, solo deberá presentar la Declaración del Impuesto Sobre la Renta y Complementario en formato electrónico con el formulario 110, si los ingresos superan los límites establecidos por la Dian para el cumplimiento de esta obligación.
¿Cómo se puede disminuir el pago de la renta?
Existen varias formas de disminuir el pago de la renta:
Pagos adicionales al sistema de salud: los pagos por medicina prepagada, planes complementarios o pólizas de salud generan descuentos en la declaración de renta.
Deducciones personales: los contribuyentes pueden deducir ciertos gastos personales, como estudios, intereses de hipotecas, donaciones a entidades sin fines de lucro y aportes adicionales a fondos de pensiones.
Créditos fiscales: los créditos fiscales son reducciones directas del impuesto a pagar. Algunos ejemplos incluyen créditos para educación, créditos para hijos dependientes o créditos por cuidado de dependientes.
Aportes a cuentas de ahorro y fomento de la construcción: los aportes a este tipo de cuentas, enfocadas en la compra de vivienda, disminuyen la base gravable.
Aportes a cuentas de ahorro y pensión: contribuir a cuentas de ahorro o planes de pensiones autorizados por la ley puede brindar beneficios fiscales, ya que estos aportes suelen ser deducibles de la base gravable.
Además, recientemente la DIAN oficializó el descuento del 1% para las personas naturales que obtienen rentas no laborales en mayor medida. Para obtener este beneficio, los contribuyentes deberán presentar el total de las compras realizadas, pero solo se aceptarán facturas electrónicas.
¿Qué pasa si no se presenta la declaración de renta en el periodo correspondiente?
Si el contribuyente no presenta la declaración de renta en el periodo establecido por la DIAN, deberá pagar una sanción o multa por extemporaneidad. Según la Revista Portafolio, el valor mínimo de esta sanción en el año 2023 corresponde a $424.000, que serán cobrados con intereses a partir del día siguiente al vencimiento.
Además, existe una sanción por extemporaneidad, que equivale al 5% del impuesto a cargo y aumenta con cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en la cual se presente la declaración de renta.
Fecha límite por últimos dígitos del NIT
01 y 02: 09 de agosto del 2023
03 y 04: 10 de agosto del 2023
05 y 06: 11 de agosto del 2023
07 y 08: 14 de agosto del 2023
09 y 10: 15 de agosto del 2023
11 y 12: 16 de agosto del 2023
13 y 14: 17 de agosto del 2023
15 y 16: 18 de agosto del 2023
17 y 18: 22 de agosto del 2023
19 y 20: 23 de agosto del 2023
21 y 22: 24 de agosto del 2023
23 y 24: 25 de agosto del 2023
25 y 26: 28 de agosto del 2023
27 y 28: 29 de agosto del 2023
29 y 30: 30 de agosto del 2023
31 y 32: 31 de agosto del 2023
33 y 34: 1 de septiembre del 2023
35 y 36: 4 de septiembre del 2023
37 y 38: 5 de septiembre del 2023
39 y 40: 6 de septiembre del 2023
41 y 42: 7 de septiembre del 2023
43 y 44: 8 de septiembre del 2023
45 y 46: 11 de septiembre del 2023
47 y 48: 12 de septiembre del 2023
49 y 50: 13 de septiembre del 2023
51 y 52: 14 de septiembre del 2023
53 y 54: 15 de septiembre del 2023
55 y 56: 18 de septiembre del 2023
57 y 58: 19 de septiembre del 2023
59 y 60: 20 de septiembre del 2023
61 y 62: 21 de septiembre del 2023
63 y 64: 22 de septiembre del 2023
65 y 66: 25 de septiembre del 2023
67 y 68: 26 de septiembre del 2023
69 y 70: 27 de septiembre del 2023
71 y 72: 28 de septiembre del 2023
73 y 74: 29 de septiembre del 2023
75 y 76: 2 de octubre del 2023
77 y 78: 3 de octubre del 2023
79 y 80: 4 de octubre del 2023
81 y 82: 5 de octubre del 2023
83 y 84: 6 de octubre del 2023
85 y 86: 9 de octubre del 2023
87 y 88: 10 de octubre del 2023
89 y 90: 11 de octubre del 2023
91 y 92: 12 de octubre del 2023
93 y 94: 13 de octubre del 2023
95 y 96: 17 de octubre del 2023
97 y 98: 18 de octubre del 2023
99 y 00: 19 de octubre del 2023