Decreto 0182 suma nueva suspensión provisional: Consejo de Estado frena cambios en EPS y reasignación de afiliados

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La reorganización territorial de las EPS prevista en el Decreto 0182 de 2026 no podrá aplicarse por ahora, tras una nueva suspensión provisional que mantiene en pausa los cambios sobre operación de aseguradoras y asignación de afiliados.
Decreto 0182 suma nueva suspensión provisional Consejo de Estado frena cambios en EPS y reasignación de afiliados

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El rediseño de la operación de las EPS previsto en el Decreto 0182 de 2026 quedó nuevamente suspendido por decisión judicial. Aunque el Tribunal de Cundinamarca ya había dictado una medida cautelar de suspensión provisional en el marco de una acción popular, el Consejo de Estado también decretó la suspensión provisional de los efectos del decreto, esta vez dentro de una demanda de nulidad, al advertir de manera preliminar que sus disposiciones podrían contrariar normas superiores relacionadas con el derecho a la salud y la libre escogencia de EPS.

La decisión se produjo tras la demanda presentada por la congresista Katherine Miranda Peña contra el Decreto 0182 del 25 de febrero de 2026, expedido por el Gobierno Nacional. La norma modificaba apartes del Decreto 780 de 2016, reglamento único del sector salud, para introducir nuevas reglas sobre la operación del aseguramiento con enfoque territorial y poblacional.

El punto central del debate está en que el decreto fijaba límites al número de EPS que podían operar en municipios y departamentos, de acuerdo con el tamaño de la población y la participación de afiliados en cada territorio. Para la parte demandante, estas reglas podían derivar en el traslado obligatorio de millones de usuarios a EPS distintas a las que actualmente los aseguran.

Según la solicitud estudiada por el Consejo de Estado, el decreto podría implicar la asignación de más de seis millones de afiliados a otras EPS y el traslado de más de dos millones y medio de usuarios a Nueva EPS. La demandante sostuvo que esa entidad sería una de las más impactadas por el rediseño, al pasar de 11.580.267 usuarios a 14.199.071 afiliados, lo que representaría un crecimiento del 22,6 %.

¿Qué establecía el Decreto 0182 de 2026?

El Decreto 0182 de 2026 buscaba reorganizar la presencia de las EPS en el territorio nacional. De acuerdo con el Gobierno, el objetivo era reducir la fragmentación del aseguramiento, mejorar la operación en zonas con baja densidad poblacional y fortalecer la continuidad en la prestación de servicios de salud.

Entre los principales puntos del decreto se encontraban:

  • La definición de un número máximo de EPS por municipio, según el tamaño de la población.
  • La exigencia de porcentajes mínimos de afiliados para que una EPS pudiera mantenerse en ciertos territorios.
  • La actualización del ámbito territorial de autorización de las EPS por parte de la Superintendencia Nacional de Salud.
  • La asignación especial de afiliados cuando una EPS dejara de operar en un municipio.
  • La posibilidad de que los usuarios trasladados ejercieran posteriormente su derecho a escoger otra EPS disponible en el territorio.

La norma también contemplaba reglas diferenciadas para departamentos y municipios, con criterios según el número de habitantes. En municipios de menor tamaño, el decreto permitía la operación de un número reducido de EPS, incluso una sola en algunos casos, lo que fue cuestionado por la demandante por sus posibles efectos sobre la libre elección de los usuarios.

El Gobierno defendió la medida al señalar que el decreto no ordenaba un traslado inmediato, automático o masivo hacia una EPS específica. En su respuesta, sostuvo que la norma buscaba ordenar la operación territorial del aseguramiento, fortalecer redes de atención y corregir problemas derivados de la dispersión de afiliados en varios territorios.

El Consejo de Estado revisó la posible afectación a los usuarios

El Consejo de Estado examinó la solicitud de suspensión provisional del decreto a partir de los argumentos presentados por la demandante y la respuesta del Gobierno Nacional y del Ministerio de Salud. En ese estudio preliminar, la corporación revisó si las medidas contenidas en el decreto podían entrar en tensión con normas superiores relacionadas con el derecho a la salud.

La demanda señaló que el decreto desconocía la libre elección de EPS y podía afectar la continuidad del servicio, especialmente en territorios donde el número de aseguradoras quedaría limitado. También advirtió que Nueva EPS, entidad intervenida por la Superintendencia Nacional de Salud, podría recibir una cantidad significativa de nuevos afiliados.

Dentro de los argumentos de la demandante se mencionaron presuntas dificultades operativas y financieras de Nueva EPS, así como el aumento de reclamaciones de usuarios. Según lo expuesto en el expediente, la Defensoría del Pueblo habría reportado un incremento del 107 % en las quejas contra esa entidad durante 2025.

Por su parte, el Ministerio de Salud sostuvo que el decreto se apoyaba en la potestad del Gobierno para regular el sistema de salud y que buscaba responder a fallas estructurales, como la fragmentación de la afiliación, la baja escala poblacional en ciertos territorios y los riesgos para la sostenibilidad financiera.

La suspensión mantiene en pausa el nuevo esquema de aseguramiento

Con el pronunciamiento del Consejo de Estado, los efectos del Decreto 0182 de 2026 quedan suspendidos mientras avanza el proceso judicial que definirá de fondo su legalidad. Esta decisión no resuelve definitivamente si la norma es válida o inválida, pero sí impide que sus reglas se apliquen durante el trámite del caso.

En la práctica, la suspensión frena la actualización de autorizaciones territoriales de las EPS, la aplicación de los nuevos límites de operación por municipio y los procesos de asignación especial de afiliados previstos en el decreto. También mantiene sin efecto los cambios que dependían de la actuación posterior de la Superintendencia Nacional de Salud, el Ministerio de Salud y la ADRES.

El caso queda así en un nuevo momento judicial. Primero, el Tribunal de Cundinamarca ya había intervenido mediante una medida cautelar dentro de una acción popular. Ahora, el Consejo de Estado se pronuncia en el marco de una demanda dirigida a revisar la legalidad del decreto, con énfasis en su compatibilidad con el derecho a la salud y las reglas vigentes del aseguramiento.

La decisión mantiene abierto el debate sobre cómo reorganizar la presencia de las EPS en el territorio sin afectar la libertad de elección, la continuidad de la atención y el acceso efectivo de los usuarios a los servicios. Mientras se profiere una decisión de fondo, el modelo de operación previsto en el Decreto 0182 de 2026 no podrá avanzar.

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