Presupuesto General de la Nación 2027 quedó definido por decreto tras diferencias entre los textos aprobados en el Congreso – Decreto 1599

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El Presupuesto General de la Nación 2027 quedó definido mediante el Decreto 1599 por $634,95 billones. Conozca los recursos asignados al sector salud.
Presupuesto General de la Nación 2027 quedó definido por decreto tras diferencias entre los textos aprobados en el Congreso

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El Presupuesto General de la Nación 2027 quedó establecido en $634,95 billones mediante el Decreto 1599 del 22 de octubre de 2026, expedido por el Gobierno nacional después de que surgieran cuestionamientos sobre una posible diferencia entre los textos aprobados por el Senado y la Cámara de Representantes, relacionada con el artículo 65 del proyecto presupuestal. Según los considerandos del decreto, las versiones aprobadas por ambas corporaciones presentaron diferencias que no fueron conciliadas dentro del plazo legal, situación que impidió la expedición de la ley anual de presupuesto y llevó al Ejecutivo a aplicar las facultades previstas en el artículo 348 de la Constitución Política y el artículo 59 del Estatuto Orgánico del Presupuesto.

Dentro de este marco fiscal, el Ministerio de Salud y Protección Social contará con una apropiación de $79,05 billones para 2027, de los cuales $77,41 billones corresponden a funcionamiento y $1,64 billones a inversión. El decreto también establece asignaciones para el Instituto Nacional de Salud (INS), el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) y la Superintendencia Nacional de Salud, además de disposiciones sobre los recursos destinados al aseguramiento, la salud pública y la financiación del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).

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Presupuesto General de la Nación 2027: de la discusión legislativa a su expedición por decreto

El trámite presupuestal comenzó el 29 de julio de 2026, cuando el Gobierno nacional presentó al Congreso un proyecto por $575,69 billones. Posteriormente, las Comisiones Económicas Conjuntas determinaron que la iniciativa requería ajustes y la devolvieron al Ministerio de Hacienda y Crédito Público el 11 de agosto.

El proyecto fue radicado nuevamente el 27 de agosto, esta vez por $634,95 billones, monto que recibió aprobación en las Comisiones Económicas Conjuntas y fue incorporado al trámite legislativo.

El Senado aprobó el proyecto el 19 de octubre y la Cámara de Representantes lo hizo el 20 de octubre, ambos con modificaciones frente a la ponencia para segundo debate. Sin embargo, los textos resultantes no fueron conciliados antes del vencimiento del plazo legal.

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De acuerdo con el decreto, la Presidencia y la Secretaría General de la Cámara de Representantes informaron al Ministerio de Hacienda que los textos aprobados eran diferentes y que los términos para su conciliación habían vencido. En consecuencia, el Gobierno expidió el Decreto 1599 con fuerza material de ley, tomando como referencia el proyecto presentado por el Ejecutivo y las modificaciones aprobadas en primer debate.

Presupuesto de salud 2027: $79,05 billones para el Ministerio de Salud

La sección 1901 del decreto establece una apropiación de $79.057.280.045.128 para el Ministerio de Salud y Protección Social, equivalente aproximadamente al 12,45 % del Presupuesto General de la Nación.

De esta asignación, el 97,92 % corresponde a funcionamiento y el 2,08 % a inversión.

Componente presupuestalApropiación 2027
Funcionamiento$77.413.063.967.744
Inversión$1.644.216.077.384
Total Ministerio de Salud$79.057.280.045.128
Fuente: Decreto 1599 de 2026, sección 1901, página 23.

Dicha asignación evidencia la concentración de recursos en gastos de funcionamiento, una categoría amplia que integra múltiples obligaciones operativas y transferencias. Por ello, es preciso aclarar que este concepto no equivale exclusivamente a gasto administrativo ni representa el costo global del aseguramiento.

Respecto a los recursos de inversión, el decreto contempla tres programas principales:

Programa de inversiónApropiación 2027
Salud pública$685.872.595.914
Aseguramiento y prestación integral de servicios de salud$904.580.115.349
Fortalecimiento y apoyo a la gestión institucional$53.763.366.121
Total inversión$1.644.216.077.384
Fuente: Decreto 1599 de 2026, sección 1901, página 23.

El aseguramiento y la prestación integral de servicios concentran aproximadamente el 55,02 % de la inversión ministerial, mientras que salud pública representa el 41,71 %. El fortalecimiento institucional participa con el 3,27 % restante.

Recursos asignados al INS, Invima y Superintendencia Nacional de Salud

Además de la apropiación ministerial, el Decreto 1599 define presupuestos individuales para entidades responsables de la vigilancia epidemiológica, sanitaria y de la supervisión del sistema.

EntidadFuncionamientoInversiónPresupuesto total
Instituto Nacional de Salud$64.376 millones$63.199,6 millones$127.575,6 millones
Superintendencia Nacional de Salud$296.784 millones$217.223,9 millones$514.007,9 millones
Invima$224.525 millones$162.655,5 millones$387.180,5 millones
Fuente: Decreto 1599 de 2026, página 24. Cifras expresadas en millones de pesos y redondeadas.

En el INS, el programa de salud pública y prestación de servicios dispone de $51.267,8 millones de inversión. Por su parte, la Superintendencia Nacional de Salud contará con $100.980,8 millones para el programa de inspección, vigilancia y control.

En el caso del Invima, esta misma línea programática tendrá una apropiación de $90.359,4 millones, mientras que el fortalecimiento institucional contará con $72.296 millones.

Estas asignaciones constituyen autorizaciones presupuestales para el funcionamiento y desarrollo de las actividades institucionales, pero no establecen por sí mismas los resultados operativos que deberán alcanzar las entidades durante 2027.

¿Cómo se financiará el aseguramiento en salud durante 2027?

El artículo 44 del Decreto 1599 contiene disposiciones específicas sobre la financiación del SGSSS. Establece que durante 2027 se presupuestarán los ingresos corrientes y excedentes provenientes de los recursos señalados en el artículo 2.6.1.4.1.1 del Decreto 780 de 2016.

Una vez garantizada la cobertura de los riesgos financiados con estos recursos, podrán destinarse a la sostenibilidad y afiliación de la población pobre y vulnerable asegurada mediante el régimen subsidiado. Posteriormente, cuando se encuentre garantizado el aseguramiento, podrán utilizarse para financiar otros programas de salud pública.

La disposición también contempla la financiación de determinadas atenciones iniciales de urgencias en territorios fronterizos, bajo las condiciones previstas en la normativa aplicable.

Adicionalmente, los excedentes identificados con corte al 31 de diciembre de 2026 serán incorporados al presupuesto de la ADRES y destinados a financiar el aseguramiento en salud. El decreto no precisa en este artículo el monto definitivo de dichos excedentes.

¿Qué implicaciones tiene el Presupuesto General de la Nación 2027 para las EPS, IPS y demás actores del sistema?

Para las entidades del sector, el presupuesto aprobado mediante decreto constituye una referencia para la planeación financiera de 2027, particularmente en materia de aseguramiento, inversión en salud pública, vigilancia sanitaria y fortalecimiento institucional.

No obstante, resulta necesario diferenciar las apropiaciones autorizadas de los recursos efectivamente ejecutados o girados. La disponibilidad presupuestal establecida en el decreto no permite determinar, por sí sola, los flujos financieros que recibirán las EPS e IPS ni los tiempos de pago asociados a la prestación de servicios.

En este contexto, el seguimiento a la ejecución presupuestal, la incorporación de excedentes a la ADRES y la distribución efectiva de los recursos de aseguramiento será determinante para evaluar las implicaciones financieras del presupuesto durante la vigencia 2027.

El Decreto 1599 establece así el marco nacional de ingresos y gastos para el próximo año, en un escenario marcado por las diferencias legislativas que llevaron a su expedición mediante decreto y por la necesidad de garantizar la continuidad de la financiación de las funciones y obligaciones del sistema de salud.

Consulta y descarga el decreto aquí:

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