Chile extiende uso obligatorio de mascarillas en servicios de salud hasta el 30 de septiembre

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Chile prolongó hasta el 30 de septiembre de 2026 el uso obligatorio de mascarillas en urgencias, unidades de diálisis y servicios oncohematológicos. La decisión coincide con una positividad de virus respiratorios del 56,1%, el mayor registro observado durante 2026 hasta la semana epidemiológica 33.
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El Ministerio de Salud de Chile prorrogó hasta el 30 de septiembre de 2026 una medida que estaba vigente desde el 1 de abril y cuya finalización estaba prevista inicialmente para el 31 de agosto. La modificación quedó establecida mediante la Resolución Exenta CP N.º 20.681, fechada el 31 de agosto y publicada el 1 de septiembre en el Diario Oficial de la República de Chile.

La disposición modifica la Resolución Exenta N.º 437 del 24 de marzo de 2026, mediante la cual la autoridad sanitaria había establecido la obligatoriedad de las mascarillas como parte de la respuesta frente al aumento estacional de virus respiratorios. La nueva resolución no crea una restricción general para toda la población ni amplía los lugares sujetos a la medida: extiende por un mes el plazo de aplicación establecido previamente.

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¿Dónde seguirá siendo obligatorio usar mascarilla en Chile?

La obligación continúa aplicándose en servicios de urgencia de todos los niveles de atención, servicios de diálisis y servicios oncohematológicos, tanto en instituciones públicas como privadas. De acuerdo con la regulación original que permanece vigente, debe ser cumplida por los integrantes de los equipos de salud —incluidos profesionales, técnicos, administrativos, auxiliares y alumnos en práctica—, así como por pacientes y cualquier otra persona que se encuentre en estos espacios asistenciales.

La normativa considera como elementos válidos las mascarillas médicas, quirúrgicas, de procedimiento o de tres pliegues, además de respiradores de alta eficiencia tipo N95, KN95 y equivalentes. El Ministerio ha concentrado la medida en entornos asistenciales donde coinciden una mayor exposición a agentes respiratorios y pacientes que pueden presentar un riesgo elevado de complicaciones.

Positividad de virus respiratorios llegó al 56,1%

El componente epidemiológico es uno de los principales argumentos que sustentan la extensión. Según el último reporte de la Campaña de Invierno correspondiente a la semana epidemiológica 33, entre el 16 y el 22 de agosto, el 56,1% de las muestras respiratorias procesadas resultó positivo para algún virus, el porcentaje más alto observado en Chile durante 2026 hasta ese momento.

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Dentro de las detecciones, el rinovirus representó el 32,3%, seguido por el virus respiratorio sincicial (VRS), con 26,6%, y la influenza B, con 14,3%. La composición muestra que la situación epidemiológica no está asociada a un único agente, sino a la circulación simultánea de diferentes virus durante la temporada respiratoria chilena.

El escenario forma parte de una dinámica más amplia observada durante el invierno austral. La OPS había advertido previamente sobre el aumento de la actividad de influenza y VRS en el hemisferio sur y la necesidad de mantener la vigilancia epidemiológica, la vacunación de los grupos de riesgo y la preparación de los servicios hospitalarios ante incrementos de la demanda.

¿Por qué Chile decidió prolongar la medida?

La subsecretaria de Salud Pública, Alejandra Pizarro, explicó que la decisión busca reforzar la protección en establecimientos donde existe una mayor exposición a infecciones respiratorias. La autoridad señaló que más de la mitad de las muestras analizadas estaban resultando positivas y destacó la necesidad de reducir las posibilidades de transmisión entre pacientes, trabajadores sanitarios y otras personas que permanecen en estos servicios.

El énfasis está puesto particularmente en quienes reciben tratamientos médicos y en poblaciones con mayor vulnerabilidad frente a las infecciones respiratorias, entre ellas niños y personas mayores de 60 años. La extensión se enmarca además en la Alerta Sanitaria decretada en febrero de 2026 por aumento de virus respiratorios estacionales, que otorgó facultades extraordinarias a la autoridad sanitaria para adoptar medidas de prevención y control.

La medida forma parte de la Campaña de Invierno 2026

La obligatoriedad de las mascarillas había sido establecida en marzo mediante la Resolución Exenta N.º 437, con aplicación desde el 1 de abril. En ese momento, la autoridad fijó como fecha inicial de término el 31 de agosto, condicionada también a la evolución epidemiológica. La nueva decisión modifica ese límite temporal y mantiene el esquema preventivo durante septiembre.

La regulación establece además que el incumplimiento de las medidas sanitarias puede ser fiscalizado y sancionado conforme a las disposiciones del Código Sanitario chileno y, cuando corresponda, del Código Penal.

Minsal mantiene recomendaciones frente a los contagios respiratorios

Junto con la extensión de la obligatoriedad en estos servicios asistenciales, el Ministerio de Salud recomendó mantener medidas preventivas en otros escenarios, especialmente ante la aparición de síntomas respiratorios. Entre ellas se encuentran utilizar mascarilla, ventilar los espacios, realizar un adecuado lavado de manos y evitar acudir a lugares de trabajo o estudio mientras exista sintomatología que pueda favorecer la transmisión.

La obligatoriedad establecida para urgencias, diálisis y servicios oncohematológicos permanecerá vigente hasta el 30 de septiembre de 2026. Cualquier modificación posterior dependerá de una nueva decisión de la autoridad sanitaria basada en la evolución de la circulación de virus respiratorios en el país.

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