Bogotá puso en marcha una estrategia para intervenir las barreras de acceso en salud en Bogotá antes de que se conviertan en conflictos judiciales. La Ruta Distrital de Gestión y Resolución de Barreras de Acceso en Salud operará en 16 Casas de Justicia y seis Unidades Móviles de Justicia, con orientación para casos relacionados con medicamentos, autorizaciones, citas, procedimientos, diagnósticos, tratamientos y afiliación.
La iniciativa fue presentada por las secretarías distritales de Salud y de Seguridad, Convivencia y Justicia. Su propósito es ofrecer una vía administrativa de orientación, gestión y seguimiento para personas que enfrentan dificultades para acceder a servicios, sin que la primera respuesta tenga que ser un derecho de petición, una acción de tutela o un incidente de desacato.
El alcance de la ruta resulta relevante porque traslada parte de la respuesta institucional hacia espacios territoriales a los que ya acuden ciudadanos con necesidades jurídicas y administrativas. Sin embargo, su capacidad para reducir efectivamente las barreras dependerá de la resolución material de cada caso y no únicamente de la recepción, clasificación o remisión de solicitudes.
Barreras de acceso en salud en Bogotá: qué casos cubrirá la ruta
La estrategia atenderá situaciones relacionadas con la entrega incompleta o la falta de entrega de medicamentos; demoras o ausencia de autorizaciones para procedimientos médicos, quirúrgicos y terapéuticos; dificultades para obtener citas de medicina general o especializada; retrasos en ayudas diagnósticas y problemas que interrumpan la continuidad de los tratamientos.
También contempla trámites asociados con afiliación, movilidad, portabilidad y novedades dentro del sistema de salud. El criterio común es que se trate de situaciones administrativas que limiten el acceso efectivo a una prestación o servicio sanitario.
La ruta se inscribe en la estrategia distrital “Salud sin barreras” y parte de una premisa: una demora administrativa puede evolucionar hasta afectar la continuidad clínica, la oportunidad del tratamiento y el ejercicio efectivo del derecho a la salud. Desde esta perspectiva, las dificultades con una autorización o una cita no se consideran únicamente trámites pendientes, debido a que pueden producir consecuencias asistenciales y conducir posteriormente a la judicialización.
El secretario distrital de Seguridad, César Restrepo, señaló que el enfoque busca anticiparse al conflicto y crear mecanismos que permitan hacer efectivos los derechos antes de que el ciudadano tenga que acudir ante un juez. La formulación plantea una transición desde una respuesta predominantemente reactiva hacia una intervención administrativa temprana.
Las Casas de Justicia concentraron más de 6.000 solicitudes de salud en 2025
Los datos presentados por el Distrito muestran que las dificultades de acceso ya ocupaban un espacio significativo dentro de la atención ofrecida por las Casas de Justicia. Durante 2025 se registraron 6.199 requerimientos relacionados con temas de salud, de los cuales 4.840 correspondieron a dificultades en la prestación de servicios, principalmente por medicamentos, autorizaciones, procedimientos, especialistas y citas.
Además, 1.874 solicitudes fueron atendidas por abogados facilitadores para iniciar derechos de petición, acciones de tutela o incidentes de desacato. El documento no precisa si estos casos forman parte de los 4.840 requerimientos por dificultades asistenciales o si corresponden a una clasificación independiente, por lo que las cifras no deben sumarse como grupos distintos.
Así pues, se identificaron dos dimensiones del problema. La primera es asistencial y administrativa: el usuario no recibe oportunamente un medicamento, una cita o una autorización. La segunda es jurídica: ante la falta de respuesta, el ciudadano recurre a mecanismos legales para buscar la protección de su derecho.
La nueva ruta intenta actuar entre ambas etapas. Su desafío será evitar que la orientación se convierta en una remisión adicional dentro de una cadena institucional que ya puede resultar compleja para el usuario. El resultado esperado, de acuerdo con la estrategia, no se medirá por el volumen de atenciones, sino por el número de personas que logren recibir el servicio requerido sin iniciar un proceso judicial.
Así funcionará la atención y el seguimiento de los casos
Cuando una persona acuda a una de las 16 Casas de Justicia o a una Unidad Móvil, será recibida inicialmente por un profesional del centro de información. Si la solicitud corresponde al sector salud, el usuario será puesto en contacto con agentes virtuales de la Secretaría Distrital de Salud, quienes asumirán la recepción y gestión del caso.
Los tiempos anunciados varían según la entidad involucrada:
- Para casos relacionados con Capital Salud, la respuesta se entregaría en un término de tres a cinco días.
- Cuando el trámite corresponda a otra EPS, el plazo señalado será de 15 días.
La diferencia en los tiempos implica que la ruta no tendrá un estándar único de resolución. Además, el documento habla de plazos de respuesta, pero no establece que todos los casos deban quedar materialmente solucionados dentro de esos periodos. Esta distinción será importante para evaluar la efectividad de la estrategia, porque una contestación administrativa no necesariamente equivale a la entrega del medicamento, la realización del procedimiento o la asignación definitiva de una cita.
La Secretaría de Seguridad realizará seguimientos quincenales y mensuales mediante consolidados de los casos remitidos. Cuando se identifiquen solicitudes sin resolver, los abogados facilitadores estudiarán la procedencia de medidas administrativas o judiciales, incluidos derechos de petición, tutelas o desacatos.
Coordinación institucional y responsabilidad sobre los trámites
La distribución de funciones mantiene a la Secretaría Distrital de Salud como responsable de los trámites y situaciones propias del sector. La Secretaría de Seguridad facilitará la articulación territorial y la incorporación de la orientación sanitaria dentro de las Casas de Justicia.
La ruta incluirá un canal directo de comunicación con la Secretaría de Salud y un esquema de seguimiento de las solicitudes. Las Casas de Justicia funcionarán así como puntos de entrada y acompañamiento, pero la resolución de fondo continuará dependiendo de las entidades sanitarias, las EPS y los demás actores responsables de garantizar la prestación.
Bogotá cuenta con 16 Casas de Justicia, cuyos servicios son gratuitos, además de las seis unidades móviles incorporadas a la estrategia. La expansión territorial puede facilitar el acceso a orientación para personas que no conocen las rutas administrativas disponibles, aunque la evaluación futura deberá concentrarse en indicadores de oportunidad y solución efectiva.
El principal criterio de éxito será comprobar si la coordinación institucional logra reducir los tiempos de respuesta, restablecer la continuidad de los servicios y evitar que las barreras administrativas terminen trasladándose a los juzgados.