La Organización Panamericana de la Salud (OPS) emitió el pasado 18 de mayo de 2026 una serie de recomendaciones dirigidas a los países de las Américas, a raíz de la declaración de Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) ante el brote de ébola en África. El documento insta a los Estados Miembros a fortalecer la vigilancia epidemiológica, la capacidad de laboratorio y los protocolos de prevención y control de infecciones en los servicios de salud. El riesgo epidemiológico para la región se mantiene bajo, pero el llamado de la OPS es a no subestimar la necesidad de preparación técnica y operativa.
La declaración de la OMS: alcances y detonadores de la alerta
La OMS declaró la ESPII el 17 de mayo de 2026, fundamentando la decisión en el Reglamento Sanitario Internacional (RSI 2005), tras la confirmación de transmisión activa en República Democrática del Congo, la aparición de casos transfronterizos en Uganda y el aumento del riesgo de propagación internacional. La consulta con los Estados Partes fue parte del proceso, y la magnitud del brote quedó evidenciada en los siguientes datos reportados al 16 de mayo de 2026:
- 8 casos confirmados por laboratorio en República Democrática del Congo
- 246 casos sospechosos en ese país
- 80 muertes sospechosas
- Casos confirmados en Uganda, incluyendo al menos una muerte vinculada
Aunque la transmisión sostenida se mantiene circunscrita a África Central, la OMS establece el riesgo de expansión y activa mecanismos globales de respuesta.
Recomendaciones técnicas de la OPS para las Américas: foco en vigilancia, laboratorio y control de infecciones
La OPS solicita a los sistemas de salud de la región revisar y fortalecer protocolos de preparación frente a posibles importaciones de casos. Las recomendaciones, alineadas con el RSI 2005, incluyen:
- Refuerzo de los sistemas de triaje para detección oportuna de casos sospechosos en puntos de entrada y servicios de salud.
- Implementación estricta de procedimientos de aislamiento y manejo seguro de pacientes, con uso adecuado de equipos de protección personal (EPP).
- Capacitación continua del personal de salud en bioseguridad y gestión de residuos.
- Garantía de acceso oportuno al diagnóstico de laboratorio, integrando redes nacionales y regionales para recolección, embalaje y transporte seguro de muestras.
- Comunicación pública basada en evidencia, con información clara sobre el brote, las vías de transmisión y las medidas preventivas.
La OPS insiste en que la confirmación rápida de laboratorio, bajo estrictos procedimientos de bioseguridad, es esencial para la activación de medidas de contención y el corte efectivo de cadenas de transmisión.
Restricciones a los viajes y comercio: el criterio de la OMS y la OPS
Tanto la OMS como la OPS establecen que no existe justificación técnica para el cierre de fronteras ni para la imposición de restricciones a viajes o comercio en respuesta al brote. La evidencia disponible indica que tales medidas pueden resultar contraproducentes, ya que incentivan el uso de rutas informales no monitoreadas, elevando el riesgo de transmisión no detectada.
Monitoreo y preparación sectorial en Latam
De acuerdo con la taxonomía de conexidad internacional, la declaración de emergencia por ébola en África corresponde a una conexidad prospectiva y parcial para Colombia. El país no registra circulación autóctona ni casos importados de ébola en la última década, y la patología no constituye un evento de vigilancia rutinaria de alta incidencia en el sistema de salud colombiano.
No obstante, el Reglamento Sanitario Internacional y las recomendaciones de la OPS obligan a la revisión periódica de protocolos de respuesta ante eventos de salud pública de importancia internacional. Para los gerentes de EPS, directivos de IPS y funcionarios del Ministerio de Salud, la implicación inmediata es:
- Verificar la actualización de los protocolos hospitalarios para detección, aislamiento y notificación de casos sospechosos de fiebre hemorrágica viral.
- Revisar la articulación con el Instituto Nacional de Salud (INS) para el acceso a pruebas diagnósticas en caso de alerta epidemiológica.
- Evaluar la capacidad de los laboratorios de referencia para la bioseguridad en el manejo de muestras sospechosas.
- Actualizar los flujos de comunicación y capacitación interna, especialmente en zonas de frontera y puntos de entrada internacional.
A la fecha de publicación, no se ha emitido circular específica en Colombia para activar medidas extraordinarias en respuesta a la declaración de la OMS. El seguimiento a la evolución del brote y la eventual notificación de casos sospechosos en viajeros continúa bajo el marco del RSI 2005.
Implicaciones y próximos pasos: vigilancia activa y revisión de capacidades
La declaración de ESPII por ébola en África exige al sector salud colombiano mantener monitoreo activo y revisión de capacidades, sin activar medidas extraordinarias que no estén justificadas por evidencia epidemiológica. El ciclo regulatorio vigente (2026) no contempla cambios inmediatos en protocolos para el manejo de viajeros, pero la coyuntura obliga al sector a anticipar escenarios de alerta y garantizar la preparación técnica de los equipos institucionales.
El seguimiento a las actualizaciones de la OMS y la OPS, así como la integración temprana de los lineamientos en los protocolos nacionales, serán determinantes para asegurar la capacidad de respuesta ante eventuales casos importados. Consultorsalud recomienda a los decisores del sector monitorear la evolución del brote y revisar la suficiencia de los mecanismos de comunicación, capacitación y laboratorio en el segundo semestre de 2026.

