Minsalud actualiza seguimiento de recursos transferidos en salud: conozca los nuevos soportes que deberán reportar las entidades

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El seguimiento a los recursos públicos transferidos por Minsalud tendrá nuevos instrumentos de control documental. La norma busca ordenar el reporte de información, soportar la ejecución técnica y financiera, y dejar trazabilidad para los procesos de verificación y cierre.
Minsalud actualiza seguimiento de recursos transferidos en salud

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La gestión de los recursos transferidos en salud tendrá nuevas exigencias de reporte, soporte documental y seguimiento. El Ministerio de Salud y Protección Social (Minsalud) expidió la Resolución 900 de 2026, mediante la cual modifica el artículo 5 de la Resolución 2361 de 2016 y los artículos 7 y 14 de la Resolución 737 de 2024, con el fin de actualizar los instrumentos utilizados para verificar la ejecución de recursos públicos asignados a entidades territoriales y beneficiarias.

La norma, expedida el 7 de mayo de 2026, aplica al seguimiento de recursos que se ejecutan mediante transferencias realizadas por Minsalud. Según el acto administrativo, el ajuste busca fortalecer la trazabilidad, consistencia, integridad y oportunidad de la información reportada, así como facilitar el cierre efectivo de la ejecución de los recursos asignados.

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¿Qué cambia en el reporte de recursos transferidos en salud?

Las entidades territoriales y beneficiarias deberán cargar nuevos soportes a través de la plataforma PISIS, bajo la estructura y especificaciones del anexo técnico correspondiente. Esta obligación se suma a la información que ya debía reportarse en el aplicativo de seguimiento a recursos transferidos, conforme al anexo técnico PISIS SER124DREC.

El Ministerio estableció que la información deberá reportarse con la periodicidad definida en los lineamientos técnicos del acto administrativo de asignación de recursos. Cuando estos no la precisen, el plazo será determinado mediante oficio por el área responsable del gasto y del seguimiento.

Entre los documentos que deberán cargarse se encuentran soportes de incorporación presupuestal, lineamientos técnicos, contratos o actos administrativos formalizados, estudios previos, certificados de disponibilidad presupuestal, registros presupuestales, pólizas, facturas, entradas de almacén y certificaciones del supervisor del contrato.

Nuevos soportes para acreditar ejecución y cierre

La actualización del artículo 5 de la Resolución 2361 de 2016 incluye una lista de quince soportes exigibles para verificar la ejecución de los recursos. Estos documentos cubren las etapas presupuestal, contractual, financiera y de cierre.

Los soportes principales incluyen:

  • Acto administrativo de incorporación de los recursos al presupuesto.
  • Contratos o actos administrativos usados para ejecutar los recursos.
  • Actas parciales y finales de ejecución suscritas por supervisor o interventor.
  • Informe de avance técnico y financiero.
  • Acta de liquidación de contratos.
  • Soportes de reintegro de recursos no ejecutados.
  • Relación mensual de rendimientos financieros.
  • Certificaciones del representante legal, contador o revisor fiscal.

La medida también incorpora un archivo en Excel con la relación de documentos asociados a la ejecución y una certificación de cumplimiento de lineamientos del acto administrativo de asignación, así como de la normatividad contractual, presupuestal y contable vigente.

Los lineamientos técnicos se definirán según cada asignación

La Resolución 900 adiciona el numeral 7.4 al artículo 7 de la Resolución 737 de 2024. Con esta modificación, los lineamientos técnicos para la ejecución de transferencias deberán definirse con base en los quince numerales del artículo 5 de la Resolución 2361 de 2016.

Estos lineamientos se estructurarán conforme a la destinación específica de los recursos y a las obligaciones de la entidad territorial o beneficiaria. En cada caso, el acto administrativo de asignación determinará cuáles numerales deberán incorporarse.

Para proyectos de infraestructura, dotación, transporte asistencial, tecnologías de la información y telemedicina, los lineamientos técnicos corresponderán a los contenidos de los proyectos viabilizados.

PISIS será el canal para trazabilidad documental

Las entidades receptoras o beneficiarias deberán continuar con el registro y reporte de información en el aplicativo de seguimiento a recursos transferidos. La plataforma PISIS se mantiene como herramienta central para cargar soportes, anexos y certificaciones relacionados con la ejecución.

El seguimiento será realizado por Minsalud con base en los actos administrativos de asignación, los lineamientos técnicos, los proyectos viabilizados y la información reportada. La dependencia encargada deberá elaborar y actualizar los lineamientos para el seguimiento, de acuerdo con las resoluciones vigentes y con lo definido en la nueva norma.

La resolución también ordena a las entidades garantizar la conservación, organización y custodia de los documentos de ejecución, en especial los soportes de pagos realizados y conceptos financiados. Para ello deberán observar las disposiciones de gestión documental expedidas por el Archivo General de la Nación.

Certificaciones deberán respaldar autenticidad y cumplimiento

La Resolución 900 incluye dos anexos. El Anexo 1 corresponde a la certificación de autenticidad en la ejecución de recursos asignados. En este formato, el representante legal, contador o revisor fiscal certifican que los documentos digitales cargados en PISIS coinciden con los originales físicos o digitales y que no presentan alteración, modificación o adulteración.

El Anexo 2 corresponde a la certificación de cumplimiento normativo. Allí se registra la incorporación de los recursos al presupuesto, la destinación específica, la ejecución financiera, los giros, los rendimientos, los remanentes y el cumplimiento de obligaciones establecidas en el acto administrativo de asignación.

Estas certificaciones también dejan constancia de que la documentación soporte queda disponible para verificación por parte del Ministerio de Salud y Protección Social y de los organismos de control.

Aplicación de la norma y vigencia

La Resolución 900 de 2026 rige desde su expedición, el 7 de mayo de 2026. Aplica a las asignaciones de recursos que Minsalud realice mediante transferencias a partir de esa fecha y a las actuaciones de seguimiento sobre recursos que aún no cuenten con acta o informe de cierre final de ejecución.

La modificación al artículo 5 de la Resolución 2361 de 2016 no será aplicable a transferencias que ya tengan acta o informe de cierre final debidamente suscrito o validado, ni a aquellas cuyo proceso de revisión o validación haya finalizado.

Las demás disposiciones de las resoluciones 2361 de 2016 y 737 de 2024 que no fueron modificadas se mantienen vigentes. Con esta actualización, Minsalud formaliza nuevos requisitos para el reporte, seguimiento y cierre de los recursos públicos transferidos a entidades territoriales y beneficiarias del sector salud.

Descargue la Resolución 900 de 2026:

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