Minsa convalidará tiempo laborado durante la emergencia por covid-19

Minsa convalidará tiempo laborado durante la emergencia por covid-19
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En Perú, se expidió la Ley N°31654 que permitirá la convalidación del tiempo laborado en establecimientos de salud del Minsa, Essalud (centros de atención en salud de gobiernos regionales), sanidad policial y de las Fuerzas Militares durante la pandemia por covid-19. De acuerdo con la normativa, esto tendrá validez siempre que se cumplan una serie de requisitos:

  • Haber laborado durante la emergencia sanitaria por la COVID-19, por el periodo correspondiente a 12 (doce) meses ininterrumpidos.
  • El talento humano en salud debía estar contratado bajo el régimen laboral CAS-COVID para las entidades sobre las que aplica la ley.
  • Haber efectuado su labor de manera presencial.

De acuerdo con la Ley N°31654, los profesionales de la salud que hayan laborado durante la emergencia sanitaria, bajo el régimen laboral mencionado y durante un periodo mayor a 6 meses pero menor a 12 meses, podrán incluir los meses trabajados como parte de su SERUMS. Cualquier diferencia en el tiempo requerido deberá ser completada de manera equivalente en establecimientos de salud de nivel primario.

Además, para el talento humano en salud contratado bajo el régimen especial CAS-COVID, que haya trabajado en el centro de vacunación del Minsa, establecimientos sanitarios de orden regional, servicios de salud de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, recibirán una bonificación como reconocimiento a su labor. El monto de este reconocimiento económico se calculará de acuerdo al nivel de complejidad del establecimiento de salud en el que llevaron a cabo su SERUMS, siguiendo las pautas establecidas en los artículos 47 y 48 del Reglamento de la Ley 23330.

¿Cuáles son los pasos a seguir para hacer la convalidación? Minsa establecerá calendario

Según el reglamento de la Ley N°31654, los profesionales sanitarios que cumplan con los requisitos establecidos tendrán que hacer la solicitud de convalidación. Para ello, tendrá que hacer llegar los siguientes documentos:

  • Solicitud de convalidacion dirigida al Director General de la DIGEP.
  • Copia simple del Certificado de Trabajo emitido por la institucidn contratante en el cual se acredite Io siguiente:
    • Haber laborado como profesional de la salud en establecimientos de salud del MINSA, gobiernos regionales, Seguro Social de Salud (ESSALUD), Sanidades de las Fuerzas Armadas o Sanidad de la Policia Nacional del Perú.
    • Haber laborado como profesional de la salud en la modalidad CAS COVID, en la profesión a convalidar, durante el periodo de la emergencia sanitaria por la COVID-19, por un periodo ininterrumpido igual o mayor a 12 (doce) meses, o por un periodo ininterrumpido mayor a seis (6) meses y menor a doce (12) meses, en el mismo establecimiento de salud.
  • Copia simple del diploma de colegiación profesional correspondiente.
  • Declaración Jurada para convalidacion, en la cual se declare:
    • Haber estado titulado y colegiado al inicio de la vigencia del contrato.
    • Contar con titulo profesional registrado en SUNEDU al inicio de la vigencia del contrato.
    • Haber estado habilitado por su colegio profesional correspondiente, durante la vigencia del contrato.
    • Haber realizado labores de manera presencial.
    • No contar con Resolución de Término de SERUMS, en la profesión a convalidar.

Cabe anotar que, para los procesos de convalidación, el Minsa abrirá unas fechas en las que esto se llevará a cabo. Dependiendo del tiempo laborado, el talento humano deberá tener en cuenta que:

  • El proceso de convalidación se efectuará por única vez, tanto para quienes laboraron de manera ininterrumpida como para aquellos que trabajaron entre 6 y 12 meses. El interesado tendrá que estar atento al cronograma para hacer el registro en la plataforma que disponga la autoridad sanitaria. La documentación presentada será revisada exhaustivamente por el Equipo Técnico Nacional del SERUMS de la DIGEP.
  • Cabe señalar que, los profesionales de la salud que renuncien o abandonen la prestacion del servicio, durante el periodo de complementación, pierden el derecho a convalidar el SERUMS.

Conozca en detalle la Ley N°31654 y su respectivo reglamento a continuación. Recuerde que los documentos están disponibles para su libre lectura y descarga:

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