ABC de la contrarreforma a la salud del Centro Democrático

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Ante el Congreso de la República se radicó un nuevo proyecto de contrarreforma a la salud, iniciativa propuesta por la senadora Paloma Valencia, Paola Holguín y varios representantes a la Cámara del Centro Democrático. A diferencia de otras iniciativas, esta se plantea como un trámite de ley estatutaria, ya que busca modificar aspectos de la seguridad social del país.

Al respecto, la senadora Valencia expresó que “esta sí reconoce el carácter estatutario que tiene la salud, de manera que la vamos a aprobar en comisiones primeras y después irá a Plenaria. Por supuesto, supone que el proyecto que adelanta el gobierno tiene que acoger los principios de las leyes estatutarias que rijan”.

Pese a que se trata de una contrarreforma a la salud, se habla de un sistema mixto, conformado por el sector público y el sector privado. El documento presenta modificaciones a puntos concretos de la Ley 1751 de 2015, no hace ninguna referencia a cualquier posible transformación operacional del sistema o roles concretos de los actores actuales, los cuales se han evidenciado en otras propuestas que esperan ser analizadas.

De acuerdo con el documento del Centro Democrático, se entenderá al sistema de salud como al “conjunto articulado y armónico de principios y normas; políticas públicas; entidades públicas, privadas y mixtas; competencias y procedimientos; facultades, obligaciones, derechos y deberes; financiamiento; controles; información y evaluación que el Estado disponga para la Gestión Integral del Riesgo en Salud y del riesgo financiero, que permitan garantizar y materializar el derecho fundamental de la salud”.

En ese sentido, al Estado le correspondería asumir obligaciones adicionales a las establecidas en la Ley Estatutaria en Salud. En la práctica, algunas de ellas hacen parte de las acciones que desarrollan las autoridades sanitarias y otras instituciones sectoriales:

  • Ajustar el valor de la Unidad de Pago por Capitación – UPC que reciban las entidades encargadas del aseguramiento y de la Gestión Integral del Riesgo en Salud, para garantizar la adecuada prestación de los servicios de salud, para lo cual deberá  tener en cuenta, como factores de riesgo, las condiciones en salud de los individuos, los factores sociodemográficos y de zona geográfica.
  • Adoptar medidas tendientes a garantizar la equidad en la salud de los habitantes de las zonas marginadas o de baja densidad poblacional, en cada territorio, de acuerdo con sus condiciones geográficas, socio demográficas, culturales, necesidades en salud, las capacidades de atención y las condiciones de acceso a los servicios de salud.

A este listado se suma la garantía de libre escogencia que tendrían los usuarios frente a las entidades del aseguramiento y de la Gestión Integral del Riesgo en Salud, las cuales serán públicas, privadas  o mixtas.

Por otra parte, “el Estado  deberá garantizar la disponibilidad de  los  servicios de  salud  para toda  la población  en  el territorio nacional,  en  especial,  en las zonas  marginadas o de baja densidad poblacional.  La  extensión de la red pública hospitalaria no depende de la rentabilidad económica, sino de la rentabilidad social.  En zonas dispersas, el Estado deberá adoptar medidas razonables y eficaces, progresivas y continuas, para garantizar opciones con el fin de que sus habitantes accedan oportunamente a los servicios de salud que requieran con necesidad”, se lee en el articulado de la contrarreforma a la salud.

Cambios en el cálculo de la UPC y del mecanismo de giro directo según la contrarreforma a la salud

Para evitar demoras en el ajuste de la UPC, se propone actualizar el valor como mínimo una vez al año. No obstante, si al 31 de diciembre no se han aprobado los incrementos, dicho valor se incrementará automáticamente en la inflación causada. 

Desde 2024, al cálculo del valor de la UPC se agregarán las condiciones en salud  de la población, perfil epidemiológico, como factor de ajuste de riesgo individual, además de los factores sociodemográficos y de zona geográfica. La UPC se mantendrá para financiar los los servicios y tecnologías en salud que se utilicen y prescriban en el país, a excepción de los relacionados directamente con la atención de las enfermedades huérfanas y los servicios sociales complementarios.

En cuanto al giro directo, este aplicará para las EPS que no cumplan las  normas de habilitación financiera, o se encuentren en medidas de vigilancia especial, intervenidas o en liquidación. Para ello, el Gobierno Nacional  determinará el porcentaje máximo   de la UPC que debe ser girado directamente por parte de la ADRES a los prestadores y proveedores de tecnologías y servicios en salud, de acuerdo con la concentración de cartera de la respectiva EPS y el porcentaje de UPC destinado para gastos de administración.

Reajustes a la integración vertical y posiciones dominantes dentro del sistema

La contrarreforma de la senadora Valencia también hace referencia a la integración vertical. Para este mecanismo, diseñado para una mayor coordinación de los servicios sanitarios entre las EPS y las IPS, se establecerían nuevos requisitos para este proceso. Según el texto, quedaría así: “las EPS no podrán contratar, directamente o a través de terceros, con IPS de mediana y alta complejidad en las cuales sean  propietarias de más del 30% de su capital social, directamente o por intermedio o con el concurso de sus subordinadas o de las subordinadas de éstas, para la prestación de servicios contemplados en el Plan de Beneficios en Salud”.

Antes de la implementación definitiva, se otorgará un plazo de 3 años como transición, para que las empresas del aseguramiento hagan los ajustes que sean necesarios. Cabe señalar que, se considerarán como excepciones a las siguientes:

  • Servicios y tecnologías en salud que se presten en el marco del programa preventivo y predictivo de  atención primaria en salud y los servicios de baja complejidad.
  • Aquellos casos en que, por una situación certificada por el Ministerio de Salud, se presente oferta insuficiente de prestadores o de servicios de salud que pueda afectar la garantía de continuidad del derecho fundamental a la salud para la población.

Implementación de tarifas salariales para el sistema de salud

En la contrarreforma a la salud, los congresistas del Centro Democrático proponen implementar un piso de tarifas salariales para los profesionales de la salud. Para ello, tal y como se lee en este articulado, se establecerá un escalafón por grado de especialización. “Cada año el piso aumentará como mínimo la inflación de final de año, y será costeado con una parte de la UPC”; de ser así, se pondría en riesgo el financiamiento de los servicios que se brindan a la población.

Lo invitamos a conocer el documento completo de la contrarreforma a la salud a continuación:

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