Según un proyecto de ley presentado por el congresista Julián Peinado, quienes agredan a trabajadores de la salud en el ejercicio de sus funciones, ahora podrían ser amonestados con multas de hasta (16) salarios mínimos diarios legales vigentes, servicio social obligatorio en Instituciones Prestadoras de Salud y disculpas públicas, además de las sanciones administrativas o penales en que incurran.
Así mismo, el objetivo de esta propuesta es reducir los casos presentados durante la emergencia sanitaria que vive el país, debido a que semanalmente se reportan nuevos casos de agresiones, amenazas contra los trabajadores de la salud, quienes, por otro lado, también soportan extensas jornadas de trabajo, escases de elementos de bioseguridad, riesgo biológico, aislamiento voluntario de sus familias e incluso incumplimiento en sus nóminas.
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Según el Ministerio de Salud, solamente en los primeros cuatro meses del 2020 se reportó la ocurrencia de 45 incidentes y 19 infracciones contra la Misión Médica, siendo más afectados los departamentos de Norte de Santander (30 casos), Valle del Cauca (7 casos) y Guajira (7 casos); y para finales de junio, esta cifra aumentó del 19 % en ataques a misión médica.
Pero no solo pasa en Colombia, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud entre 8% y 38% de los trabajadores de la salud sufren violencia física en algún punto de sus carreras (OMS, s.f.); no obstante, estas cifras parecen haber tenido un crecimiento importante durante la pandemia según una alerta elevada por la institución Internacional.
“Más que aplausos, los trabajadores de la salud necesitan el respaldo del Estado para protegerlos, ofrecerles garantías laborales y garantías familiares para que, por el ejercicio de su oficio u profesión, no pongan en riesgo su vida ni la de sus familiares”, explicó el representante Julián Peinado quien agregó que “en atención a ese clamor que ellos mismos han expresado se creó este proyecto de ley que ayudaría a saldar esta gran deuda con los trabajadores que todos los días arriesgan su vida para salvar a otros”.
Garantías para los trabajadores de la salud
Cabe mencionar que esta propuesta no solo busca la seguridad del talento humano en salud, sino que además establecería un conjunto de garantías para el personal que desarrolle servicios administrativos, logísticos, de mantenimiento o aseo dentro de las instituciones prestadoras de salud, entre los que están, acceder a los equipos de protección personal adecuados y suficientes, acceso a pruebas COVID-19, a un ambiente de trabajo seguro para el desarrollo de sus actividades y capacitación sobre todos los protocolos de atención y prevención de la COVID-19.
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Además, el proyecto crea el derecho de estos trabajadores a acceder sin costo a servicios de salud mental de alta calidad que les permitan afrontar los riesgos generados por “la intensa presión, estrés, incertidumbre y trauma en el lugar de trabajo, igual que un alto riesgo de infección”.
Estabilidad laboral y contractual del talento humano en salud en ejercicio
Por otra parte, en aras de procurar mayor estabilidad y garantías laborales para los trabajadores de la salud, también se plantea un plazo de dos años para que las EPS e IPS de carácter público migren los contratos de prestación de servicios u órdenes de prestación de servicios vigentes con trabajadores de la salud a contratos de trabajo formales, a menos que el contratista determine lo contrario.
Asimismo, se propone un nuevo reconocimiento económico transitorio a los trabajadores de la salud por cada mes laborado en medio de la emergencia sanitaria derivada de la COVID-19.
Incentivos Tributarios para el Alojamiento de los Beneficiarios de la Ley
Finalmente, el proyecto crea incentivos tributarios para los establecimientos de alojamiento y hospedaje que ofrezcan sus instalaciones a los trabajadores de la salud que decidan dejar de convivir con sus familias para minimizar el riesgo de contagio de sus seres queridos a causa de su labor. Entre los incentivos están:
- Que las rentas provenientes de la prestación de servicios turísticos en establecimientos de alojamiento y hospedaje sean exentas del impuesto sobre la renta en un 30% para el año gravable siguiente.
- Que los servicios turísticos en establecimientos de alojamiento y hospedaje estén exentos del impuesto de IVA cuando se presten a los trabajadores de la salud durante el periodo de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud.