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Supersalud a pagar a IPS por EPS liquidadas – 85.000 millones

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El juez 13 civil del circuito de Barranquilla, Libardo León López, a través de sentencia de radicado 446-2015 profiere fallo de primera instancia resolviendo la demanda ejecutiva contra la Superintendencia Nacional de Salud, el cual lo condena a pagar una suma cercana a los 85 mil millones de pesos a más de 30 clínicas y hospitales de Barranquilla, que resultaron afectadas por la liquidación de 7 EPS.

El juez, consideró que al ser la Superintendencia Nacional de Salud garante de la prestación del servicio de salud debe responder con el dinero del sistema por los incumplimientos de una EPS en las obligaciones financieras que contrae con las instituciones que le prestan los servicios.

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Para el superintendente nacional Luis Fernando Cruz, la decisión del juez no tiene en cuenta que la función de la entidad es de vigilancia y la pone a responder por un pleito que es entre particulares y la Superintendencia tendría que cancelar un dinero de todos los colombianos frente a un negocio entre particulares. Además, el fallo fue proferido por un juez civil cuando le correspondía a uno administrativo.

Desde hace ya varios años, cuando empezaron a ser liquidadas varias EPS, en su mayoría por iliquidez o incumplimiento de sus obligaciones, las IPS y ESE han pedido al Gobierno nacional su intervención para el pago de las deudas que quedaron pendientes tras su liquidación, sin lograr su objetivo

Son 37 las IPS que presentaron la demanda contra 7 EPS que ya fueron liquidadas entre el 2014 y el 2016 y que están reclamando el pago de las facturas que quedaron sin cancelar al momento de su cierre.

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La demanda fue instaurada principalmente por la Fundación Campbell y a la que se adhieren más de 30 demandantes entre las que se encuentran: La Clínica General del Norte, AMEDI S.A.S, Oncomédica S.A, Clínica de Occidente S.A, Colsalud S.A, Clínica la Candelaria IPS, Disgecol S.A.S, IPS de la Costa, Ser Multisalud S.A.S., Clínica Laura Daniela S.A.

El Juez decretó el remate y avalúo de bienes embargados hasta la fecha y los que posteriormente se embarguen.La decisión en administración de justicia ordena también la liquidación del crédito de cada una de las demandas asociadas al proceso y culmina condenando en costas a la Supersalud por este proceso.

Recordemos que en junio del 2016, el Consejo de Estado, falló un recurso de apelación interpuesto por una demanda contra la EPS Solsalud, a pesar de que su matrícula mercantil fue cancelada al ser liquidada. El alto tribunal decidió que Solsalud debía nombrar un patrimonio autónomo que responda ante el tipo de demandas que recaen sobre dicha EPS.

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