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Supersalud emite proyecto de circular para el cobro de cuotas moderadoras y copagos

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La Superintendencia Nacional de Salud (Supersalud) ha publicado en su página web oficial el proyecto de circular “Por la cual se imparten instrucciones sobre el cobro de cuotas moderadoras y copagos de acuerdo con lo establecido en el decreto 1652 de 2022 expedido por el ministerio de salud y protección social, y se modifica el título VII de la circular 047 de 2007, modificada por la 008 de 2018.” Tiene como objetivo brindar orientación precisa sobre el cobro de cuotas moderadoras y copagos en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

La Supersalud invita a todos los ciudadanos y usuarios del sistema de salud a enviar sus comentarios, observaciones y sugerencias sobre este documento proyectado. La participación de los usuarios es fundamental para garantizar que las políticas y regulaciones se ajusten a las necesidades de la población. Los interesados podrán enviar sus aportes hasta el próximo martes 8 de agosto a través del formulario disponible en la web.

Cambios propuestos por el proyecto de circular de la Supersalud

El proyecto de circular de la Supersalud busca introducir modificaciones en el literal g) del numeral 3.1 del Título VII de la Circular 047 de 2007, el cual fue modificado por la Circular 008 de 2018. Según lo establecido en el documento proyectado, se busca incluir disposiciones relacionadas con el monto, los mecanismos de aplicación y el cobro de copagos y cuotas moderadoras, así como los requisitos para su publicidad en la web.

Además, se propone modificar las instrucciones específicas dirigidas a las Entidades Promotoras de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, así como a las Entidades Adaptadas. Estas modificaciones incluyen la incorporación de mecanismos de aplicación y procedimientos de recaudo que las EPS utilizarán para el cobro de las cuotas moderadoras y los copagos.

En línea con esto, la entidad propone implementar un mecanismo de comunicación efectivo tanto en carteleras físicas como digitales, que informe de manera permanente a los usuarios que se encuentran en la sala de espera. Estas comunicaciones abarcarán una variedad de temas, como los derechos y deberes de los usuarios, los canales de atención y los medios para acceder a los diferentes trámites, así como la ubicación y dependencia encargada de recibir y resolver las peticiones y el tiempo de respuesta correspondiente.

Además, se garantizará el derecho de los usuarios a recibir el formato de negación de servicios en caso de ser necesario, se fomentarán los mecanismos de participación ciudadana y se proporcionarán los datos de los representantes o dignatarios de las alianzas o asociaciones de usuarios. También se incluirán los datos de la persona designada por la entidad como contacto con dichas alianzas o asociaciones de usuarios.

Asimismo, se asegurará la disponibilidad de información actualizada y precisa sobre la red de prestadores, incluyendo los gestores farmacéuticos, su ubicación y los canales de contacto correspondientes. Por lo menos una vez al año, y cada vez que se realice alguna modificación, se informará a los usuarios a través de medios masivos de amplia circulación sobre la existencia, el monto, los mecanismos de aplicación y el cobro de copagos y cuotas moderadoras.

Instrucciones para el cumplimiento del Decreto 1652 de 2022

Con el fin de cumplir con las obligaciones establecidas en el Decreto 1652 de 2022, las Entidades Promotoras de Salud y las Entidades Adaptadas deberán seguir una serie de instrucciones relacionadas con las acciones de inspección, vigilancia y control establecidas por la normatividad vigente. Algunas de estas instrucciones incluyen:

  • Contar con un sistema de información que permita conocer las frecuencias de uso por afiliado y por servicio.
  • Realizar la caracterización de la población afiliada mediante mecanismos de validación y actualización.
  • Capacitar a los proveedores de servicios de salud en temas relevantes.
  • Implementar un sistema de Peticiones, Quejas, Reclamos y Denuncias (PQRD).
  • Evitar la fragmentación de servicios y garantizar la integralidad en la atención.
  • Emitir facturas electrónicas para facilitar el proceso de cobro.
  • Definir las exenciones de pago de acuerdo con la normativa aplicable.

Consulte el proyecto de circular emitido por la Supersalud a continuación:

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