El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 2373 de 2025, un acto normativo que redefine la planeación de infraestructura y dotación en salud mediante la creación de los Planes Maestros de Inversiones en Infraestructura y Dotación en Salud (PMIDS).
La norma establece principios, metodología, instrumentos de seguimiento, criterios de priorización y responsabilidades institucionales que orientarán las inversiones públicas en hospitales, centros de salud, equipamiento biomédico y tecnología durante la próxima década. El documento constituye una transición normativa relevante, pues reemplaza el esquema de Planes Bienales y articula la inversión territorial con el Plan Decenal de Salud Pública, la estrategia de Atención Primaria en Salud (APS) y los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.
Marco legal y alcance de la Resolución 2373 de 2025
La resolución se fundamenta en las facultades otorgadas por la Ley 100 de 1993, la Ley 715 de 2001 y su reciente modificación a través del artículo 164 de la Ley 2294 de 2023, la cual ordena formular un Plan Maestro nacional cada diez años, sincronizado con el Plan Decenal de Salud Pública.
Este nuevo marco normativo establece que los PMIDS serán los instrumentos de planeación estratégica encargados de orientar inversiones en:
- Construcción y ampliación de infraestructura nueva.
- Adecuaciones, remodelaciones y reforzamiento sísmico.
- Reposición y modernización de sedes hospitalarias.
- Adquisición de dotación biomédica, equipamiento fijo y tecnologías de información.
- Transporte asistencial y unidades móviles.
La resolución define tres niveles de alcance: el PMIDS Nacional (PMIDSN) y los PMIDS departamentales y distritales. Cada uno incorpora iniciativas de inversión y una matriz de necesidades, articuladas con criterios técnicos y metas progresivas.
Equidad, accesibilidad y sostenibilidad
La resolución introduce los principios que orientarán la formulación de iniciativas, constituyendo el núcleo conceptual de la política pública.
Los PMIDS deben reducir brechas históricas de infraestructura, favoreciendo la equidad social y territorial, al asegurar que la oferta de servicios se acerque a las poblaciones y reconozca dinámicas sociodemográficas y epidemiológicas.
La accesibilidad se entiende como la garantía de que los servicios de salud sean alcanzables en tiempo y distancia óptimos desde el territorio donde residen las personas, integrándose a los lineamientos de la APS.
La resolución también incorpora principios de:
- Reconocimiento y articulación intersectorial, integrando condiciones sociales, culturales y económicas del territorio.
- Sostenibilidad ambiental y adaptación al cambio climático, que exige criterios de calidad, seguridad y resiliencia en la infraestructura.
- Longitudinalidad y continuidad, promoviendo apropiación comunitaria de los establecimientos de salud.
- Gobernanza y gobernabilidad, con roles claramente definidos para optimizar la ejecución y el seguimiento.
Metodología para los Planes Maestros de Inversiones
La formulación del PMIDS Nacional es responsabilidad directa del Ministerio de Salud. El proceso implica análisis situacional, evaluación normativa y técnica, estimación de necesidades mediante una Metodología Estadística de Estimación y definición de estándares, programas estratégicos, metas cuantitativas, criterios de priorización y parámetros técnicos.
Este Plan Maestro podrá ajustarse cada cuatro años o cuando existan contingencias significativas. Cualquier modificación deberá justificar causas, incluir análisis actualizados y reportar estado de implementación.
Adicionalmente, el Ministerio podrá proponer iniciativas de inversión consideradas de importancia nacional, siempre que contribuyan al cierre de brechas y fortalecimiento de redes integradas de salud, debiendo surtir el procedimiento técnico previsto.
Procedimiento para departamentos y distritos
La resolución establece un procedimiento detallado para que las entidades territoriales formulen sus PMIDS, sustentado en el Anexo Técnico y en el diligenciamiento de la Matriz de valoración de necesidades e identificación de soluciones.
Las iniciativas territorial es deberán contener:
- Información general y localización.
- Identificación del tipo de intervención y sus fases.
- Costo por fase, fuentes de financiación e instrumento de financiación.
- Variación proyectada de capacidad instalada y población beneficiada.
- Medidas de adaptación y mitigación al cambio climático.
El procedimiento contempla tres modalidades de ajuste territorial:
- Ajuste regular, motivado por nuevas necesidades o variaciones en disponibilidad de recursos.
- Actualización obligatoria, cada cuatro años según la Ley 2294 de 2023.
- Ajuste excepcional, aplicable en casos de contingencia.
Los primeros PMIDS territoriales tendrán vigencia de seis años (2025–2031), alineados con el Plan Decenal de Salud Pública.
Sistemas de información y seguimiento: SIPID y registro de iniciativas
La resolución crea el Sistema de Información de Proyectos de Infraestructura y Dotación (SIPID), que permitirá registrar, centralizar y consultar información sobre proyectos, avances, indicadores y mecanismos de participación.
El SIPID incluirá:
- Aplicativo de Registro de Iniciativas.
- Sistema geográfico de oferta de prestadores.
- Sistema de información de dotaciones y activos.
- Registro de participación comunitaria.
- Consulta pública de seguimiento.
Los territorios estarán obligados a reportar avances semestrales, y el Ministerio publicará resultados anuales de indicadores de logro, temáticos y de gestión.
Indicadores del PMIDS Nacional
El artículo 27 detalla un conjunto robusto de indicadores agrupados en tres categorías: logro, gestión y temáticos.
Entre ellos destacan:
- Accesibilidad: porcentaje de población que accede en tiempo óptimo a sedes de nivel primario o complementario.
- Equidad social y territorial: variación del cumplimiento de estándares de infraestructura y dotación.
- Sostenibilidad ambiental: porcentaje de proyectos que incorporan criterios de resiliencia, calidad y mitigación.
- Reconocimiento intersectorial: volumen de consultas ciudadanas sobre localización o adecuación de la oferta.
- Proyectos orientados a APS y fortalecimiento de la oferta pública.
Estos indicadores permitirán evaluar avances, identificar rezagos y orientar ajustes del Plan Maestro Nacional.
Participación ciudadana y veeduría pública
La resolución incorpora un capítulo específico sobre participación social, señalando que organizaciones comunitarias deberán contar con información suficiente y veraz sobre la ejecución de proyectos.
Los responsables deben publicar matrices de observaciones y respuestas que evidencien cómo las contribuciones ciudadanas influyen en la toma de decisiones. Asimismo, se fortalecen figuras como Copacos, asociaciones de usuarios y veedurías.
Un nuevo modelo de planeación para modernizar la infraestructura en salud
Con la Resolución 2373 de 2025, el país adopta un marco metodológico unificado, articulado con la APS, los planes territoriales, el Plan Decenal y las políticas nacionales de desarrollo. La norma representa un cambio estructural: elimina el sistema de Planes Bienales y establece instrumentos avanzados de seguimiento, participación y evaluación que permitirán orientar inversiones públicas en salud bajo principios de equidad, sostenibilidad y eficiencia institucional.
Consulta y descarga la Resolución 2973 de 2025 aquí:


