El presente decreto tiene por objeto establecer la forma en que las Entidades Promotoras de Salud verificarán, a partir del 1 de enero de 2013, la acreditación de los beneficiarios de un cotizante, mayores de 18 años y menores de 25, que sean estudiantes con dedicación exclusiva, en las bases de datos dispuestas para el efecto por el Ministerio de Salud y Protección Social. Así mismo, definir los periodos y el mecanismo para el reporte de la información que alimente dichas bases, por parte de las instituciones educativas.
Parágrafo. Todas aquellas personas mayores de 18 años y menores de 25, que independientemente de su calidad de estudiante, tengan una relación laboral con el sector público o privado, estén vinculados a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, tales como, contratos civiles, comerciales o administrativos, o sean trabajadores independientes con capacidad de pago, no serán objeto de la aplicación del presente decreto, debiendo estar afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud en calidad de cotizante, lo cual será verificado por las Entidades Promotoras de Salud en cumplimiento de sus funciones.
Descargar Decreto_2685_de_2012_verificación de derechos_a estudiantes_mayores_18_anos.pdf