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¿Neurotecnologías sin control? Proponen una ley para evitar abusos en su aplicación

¿Innovación con límites Proponen regular la aplicación de neurotecnologías

El 11 de marzo se radicó en el Senado un proyecto de ley que busca establece los principios para la investigación, desarrollo y aplicación de las neurociencias y neurotecnologías, con el fin de proteger la dignidad humana y los derechos fundamentales de la ciudadanía.

En línea con la Constitución, la propuesta subraya la importancia de que el Estado garantice el uso ético y seguro de estas herramientas, evitando cualquier riesgo de manipulación que afecte la identidad y autonomía de los ciudadanos.

La iniciativa también aborda el tratamiento de los neurodatos post mortem, asegurando que sean gestionados con principios de confidencialidad, integridad y proporcionalidad. Además, protege el derecho de cada individuo a decidir sobre su identidad cerebral y prohíbe cualquier intervención artificial que modifique la personalidad o las decisiones de una persona sin su consentimiento. Con estas disposiciones, el proyecto busca establecer un equilibrio entre la innovación tecnológica y la protección de los derechos fundamentales, promoviendo un desarrollo responsable de la neurociencia en el país.

“El Estado garantizará que el desarrollo, diseño, implementación, comercialización, evaluación y uso de las neurotecnologías se realicen bajo un enfoque basado en los derechos humanos, cumplimiento de los
principios constitucionales de dignidad humana, igualdad, libertad, intimidad y
autonomía”
.

Prohibicion de la manipulacion artificial del cerebro o de la informacion neuronal PL Neurociencias

Proyecto de ley aboga por la responsabilidad demostrada y estrategias de seguridad en el manejo de los neurodatos:

El avance en neurotecnología exige un marco regulador sólido que proteja los derechos fundamentales de las personas frente al uso de neurodatos. En este sentido, el proyecto de ley establece que las entidades que manejen esta información deberán adoptar medidas estrictas de seguridad para evitar el acceso no autorizado, la manipulación indebida y cualquier uso que vulnere la privacidad de los ciudadanos. Dichas medidas deberán ser revisadas y actualizadas periódicamente para responder a los avances tecnológicos y minimizar riesgos.

Asimismo, el consentimiento del titular es un requisito esencial para la recopilación y uso de neurodatos. Este debe ser otorgado de forma libre, expresa e informada, y podrá ser revocado en cualquier momento, salvo en los casos en los que los datos hayan sido anonimizados de manera irreversible. Para los grupos de especial protección, como niños, adultos mayores y personas con discapacidad, se exigirán salvaguardias adicionales que garanticen un tratamiento de datos proporcional, seguro y alineado con principios éticos internacionales.

A su vez, “El Estado promoverá el desarrollo y uso responsable de neurotecnologías, accesibles a todas las personas, bajo un enfoque diferencial y conforme a los principios de igualdad y no discriminación. Se adoptarán políticas públicas de innovación responsable para reducir las brechas de desigualdad, con énfasis en los grupos de especial protección constitucional”.

¿Cómo funcionaría el uso terapéutico de las neurotecnologías?

Si bien la neurotecnología representa un avance significativo en el tratamiento de enfermedades, su aplicación debe estar estrictamente orientada al campo de la salud. Según el proyecto de ley, estas tecnologías deben utilizarse únicamente en la prevención, diagnóstico y rehabilitación de enfermedades, asegurando que se respeten los principios constitucionales de derecho a la salud y dignidad humana.

El Estado deberá ser especialmente cauteloso en la regulación de neurotecnologías destinadas a la mejora cognitiva o la modificación de la naturaleza humana. Cualquier uso que exceda la función terapéutica deberá contar con límites claros y medidas de control que garanticen la equidad y la integridad de las personas. La normativa busca evitar que estas herramientas sean utilizadas para generar desigualdades o atenten contra la autonomía individual, estableciendo un marco de supervisión para su desarrollo e implementación.

“Los neurodatos como expresión de la información más íntima y sensible de las personas, no podrán ser objeto de lucro, comercio o enriquecimiento por parte de terceros en cumplimiento de los principios de dignidad humana y protección de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política de Colombia”.

Transferencia de tecnologia y conocimiento en neurociencias y neurotecnologias visual selection

Para conocer más sobre esta iniciativa puede revisar el proyecto de ley radicado en el Senado, anexado a continuación:

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