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Medimás EPS no será liquidada – 3 sanciones le impuso la Supersalud

Después de la misiva enviada por los órganos de control, pidiendo intervenir Medimás la Supersalud prorrogó medida preventiva de vigilancia especial por 6 meses más.
Medimás EPS no será liquidado - 3 sanciones le impuso la Supersalud
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Después de la misiva enviada por los órganos de control, pidiendo intervenir Medimás para su liquidación la Superintendencia Nacional de Salud, resolvió prorrogar el término de la medida preventiva de vigilancia especial a esta EPS por 6 meses más, es decir, Medimás estará bajo Vigilancia Especial hasta el 28 de agosto de 2020, así lo estipula la Resolución 1098 de 2020, emitida por la Supersalud.

Así mismo, se mantiene la limitación de la capacidad para realizar nuevas afiliaciones y para aceptar traslados a Medimás, es preciso decir, que durante este periodo la Superintendencia Nacional de Salud continuará adelantando acciones de inspección, vigilancia y control, tomando las decisiones a las que haya lugar.

Del mismo modo, la Supersalud, ordenó a la Junta directiva de Medimás EPS, adoptar las acciones necesarias para legalizar y/o recuperar los anticipos otorgados y realizar las acciones respectivas en cuanto a facturación, para que la entidad pueda realizar oportuna y de manera completa la radicación de cuentas ante las entidades del orden nacional y territorial.

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Compromisos de la junta directiva de Medimás

Igualmente, la junta directiva de la EPS deberá certificar de forma mensual que todas las facturas que soportan los pagos del periodo cumplieron el procedimiento de auditoría de cuentas médicas y que cuentan con los soportes completos que garantizan su veracidad, así como certificar mensualmente el cumplimiento del Manual de Contratación aprobado por la EPS, en particular, lo relativo al seguimiento y supervisión de los contratos suscritos con los prestadores de su red.

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Por otra parte, la firma Sociedad De Auditorias & Consultorias S.A.S.- Sac Consulting S.A.S, es la empresa designada como contralor para la medida cautelar de Vigilancia Especial de Medimás EPS, a está le corresponderá salvaguardar la medida de Vigilancia Especial realizando el seguimiento y monitoreo al desarrollo y ejecución de las actividades implementadas.

Sin embargo, para verificar el avance y cumplimiento de las órdenes impartidas por la Supersalud, se creará la Instancia de Seguimiento como un organismo de carácter transitorio, la cual contará con la participación del Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y la Defensoría del Pueblo.

Revocatoria parcial de autorización de funcionamiento- Resolución 1146 de 2020

La Superintendencia Nacional de Salud además ordenó iniciar un proceso de revocatoria de habilitación en 8 departamentos donde la EPS presenta su peor desempeño con base en los resultados de la evaluación de desempeño realizada por la Supersalud, en donde se realizaron visitas y otras acciones de supervisión, donde se determinó que Medimás EPS tiene la más baja calificación en cuanto peticiones, quejas y reclamos, así como el incumplimiento en el pago a la red de prestadores.

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Teniendo en cuenta lo anterior, los departamentos donde se inició el proceso para determinar si continúan operando son: Bolívar, La Guajira, Atlántico, Magdalena, Guainía, Cundinamarca, Cauca y Arauca. A continuación, se relaciona el número de afiliados de estos departamentos:

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Cabe señalar, que el aseguramiento de los usuarios deberá ser garantizado de manera continua por parte de Medimás, hasta tanto se surta el debido proceso y se adopten las decisiones a que haya lugar.

INICIO DEL PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO ADMINISTRATIVO EN CONTRA DEL REPRESENTANTE LEGAL Y LA JUNTA DIRECTIVA DE MEDIMÁS – RESOLUCIÓN 1145

En Consecuencia, de acuerdo con la resolución 1145  de 2020 la Superintendencia Nacional de Salud ordenó el inicio del procedimiento sancionatorio administrativo en contra del representante legal de Medimás, Alex Fernando Martínez Guarnizo y los miembros de la junta directiva de la EPS, los cuales estaban conformados por: Mary Fonseca, Luis Alfredo Chaparro Muñoz, Zoilo Cuellar Sáenz, Carlos Miguel Mendez Arenas y Adriana Maria Guzmán Rodriguez.

Según el documento el Cargo Único que se le imputa a Medimás es por presunto incumplimiento de lo dispuesto en el numeral 17 del artículo 130 de Ia Ley 1438 de 2011, modificado por el artículo 3 de Ia Ley 1949 de 2019, “por cuanto no dio cumplimiento a las órdenes de Ia Superintendencia impartidas en el artículo primero y parágrafo primero del mismo artículo de Ia Resolución 9203 del 18 de octubre de 2019 a Ia EPS MEDIMAS, y adicionalmente, al no realizar el seguimiento y monitoreo ordenado en el artículo segundo, que permitiera de manera efectiva garantizar el cumplimiento de las órdenes. Lo anterior, de conformidad con Ia parte considerativa del presente acto administrativo”.

Finalmente, la Superintendencia  Nacional de Salud afirmó que tanto Alex Fernando Martínez Guarnizo, como los miembros de la Junta directiva de Medimás tendrían un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día de notificación, para que a través de sus apoderados ejerzan el derecho a la defensa y contradicción, rindan por escrito las explicaciones, aporten y soliciten las pruebas que consideren pertinentes y alleguen Ia información necesaria, tendiente a esclarecer los hechos objeto de investigación.

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