Por presuntas irregularidades en la salud de maestros, Procuraduría formula cargos a ministro de salud, exministros y miembros del FOMAG

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Una medida cautelar de la Supersalud y el aumento de reclamaciones en las primeras semanas de operación quedaron incorporados en el expediente que ahora deriva en cargos disciplinarios por presuntas irregularidades en el modelo de salud de maestros.
Por presuntas irregularidades en la salud de maestros, Procuraduría formula cargos a ministro de salud, exministros y directivos del FOMAG

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En medio de las dificultades reportadas en la prestación de servicios tras el arranque del nuevo modelo de salud de maestros, la Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el ministro de Salud y Protección Social, Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez; la ministra de Educación, Aurora Vergara Figueroa; los exministros Gloria Inés Ramírez Ríos y Ricardo Bonilla González; dos representantes de FECODE; y directivos de la Fiduprevisora, por presuntas irregularidades en la estructuración e implementación del nuevo modelo de atención en salud del Magisterio, que entró en operación el 1 de mayo de 2024. La decisión fue adoptada por la Sala Disciplinaria de Instrucción al evaluar la investigación adelantada por fallas en la transición y puesta en marcha del sistema.

El contexto descrito en el expediente incluye el volumen de quejas conocido por la Superintendencia Nacional de Salud en las primeras semanas de operación: entre el 1 y el 19 de mayo de 2024 se reportaron 3.712 reclamaciones, con 2.923 sin atender a corte del 19 de mayo y solo 21,26% con respuesta. En ese mismo marco, se mencionan reclamos que advertían posibles barreras de acceso, incluyendo usuarios con cáncer y enfermedades renales, y casos con “riesgo vital” trasladados al vigilado sin solución de fondo.

En la misma línea, el documento recoge que la Supersalud impuso una medida cautelar el 21 de mayo de 2024, la cual fue confirmada el 12 de julio de 2024. Posteriormente, el 22 de julio de 2024 se ordenó iniciar procedimiento administrativo sancionatorio y formular cargos contra Fiduciaria La Previsora S.A. – Fiduprevisora S.A.

El proceso disciplinario se originó tras informes preventivos que alertaron sobre dificultades operativas, contractuales y administrativas durante el cambio del modelo, aprobado mediante el Acuerdo 03 del 1 de abril de 2024 por el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG). Según la Procuraduría, los hechos investigados se relacionan con la implementación del esquema sin que, para la fecha de entrada en operación, estuvieran completamente resueltas condiciones clave para asegurar la continuidad del servicio.

En la misma providencia, la Sala ordenó el archivo de la actuación disciplinaria frente al entonces superintendente nacional de Salud, Luis Carlos Leal Angarita, al considerar que no se acreditaron los requisitos legales para formularle cargos en relación con los hechos investigados.

¿Qué irregularidades identificó la Procuraduría en la implementación del nuevo modelo de salud de maestros?

De acuerdo con el expediente, las presuntas irregularidades se concentran en el periodo inmediatamente anterior y posterior a la entrada en operación del nuevo modelo. La Procuraduría señaló que la versión final del manual de contratación del FOMAG fue aprobada apenas dos días antes del inicio del sistema (25 y 26 de abril de 2024).

El documento también refiere que la contratación de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) se realizó de manera tardía y sin que se hubieran adelantado negociaciones previas de tarifas. En la reconstrucción de hechos, la Procuraduría registró que el 28 de abril de 2024 se aprobó y recomendó la red nacional de proveedores y que Fiduprevisora suscribió el 29 de abril de 2024 un total de 1.489 acuerdos de voluntades para la prestación del servicio de salud.

En ese contexto, se incluye que se permitió la prestación de servicios y la entrega de medicamentos sin autorización previa, bajo modalidad de pago por evento y con aplicación de tarifa SOAT plena durante la transición. En particular, se cita la Circular externa 002 del 16 de mayo de 2024, dirigida a IPS del banco de proveedores y casos en trámite, que autorizó prestar servicios y tecnologías, incluidos medicamentos de baja complejidad, alto costo o control especial, “sin previa autorización” y facturar por evento a tarifa SOAT plena y/o la ofrecida en portafolio. El documento señala que esa circular fijó efectos entre el 1 de mayo y el 20 de junio de 2024, con posibilidad de prórroga.

Adicionalmente, la Procuraduría identificó falta de claridad sobre la entidad responsable del giro de los recursos y de la auditoría de las cuentas, así como la suscripción de acuerdos de voluntades bajo esquemas genéricos, sin agotar la etapa de negociación antes de la entrada en operación.

¿Quiénes fueron vinculados al proceso disciplinario y cuál fue su rol?

La Sala Disciplinaria de Instrucción individualizó como presuntos responsables a los miembros del Consejo Directivo del FOMAG que participaron en la adopción de los lineamientos del nuevo modelo, el cual quedó formalizado en el Acuerdo 03 del 1 de abril de 2024, con participación del Ministerio de Educación, Hacienda, Trabajo, Fiduprevisora, representantes de FECODE y asistencia técnica del Ministerio de Salud.

También fueron incluidos en el pliego de cargos el ministro de Salud y Protección Social, por su rol de asistencia técnica durante la estructuración e implementación del modelo; la vicepresidenta del FOMAG en Fiduprevisora y el presidente de la Fiduprevisora, como responsables de la operación y administración del sistema; y otros directivos vinculados al proceso contractual.

En contraste, la Procuraduría concluyó que, frente al superintendente nacional de Salud de la época, no se configuraron los elementos necesarios para continuar la actuación disciplinaria, por lo que dispuso el archivo definitivo en su caso.

El proceso de adopción del modelo y las fechas clave del expediente

Cabe mencionar que el nuevo modelo de salud del Magisterio fue aprobado por el Consejo Directivo del FOMAG el 1 de abril de 2024, mediante el Acuerdo 03, el cual derogó los acuerdos anteriores de 2016, 2022 y 2023. El acto administrativo estableció un periodo de transición y dispuso que el sistema entraría en operación el 1 de mayo de 2024, garantizando la continuidad del servicio, junto con ocho anexos que hacen parte integral del acuerdo.

Según el documento, el manual de contratación fue aprobado el 25 y 26 de abril de 2024, la red de prestadores fue definida el 28 de abril y los acuerdos de voluntades se suscribieron el 29 de abril, es decir, en los días inmediatamente previos al inicio del nuevo modelo.

Dentro de los elementos revisados, el expediente incorporó información sobre la ADRES. Allí se consigna un oficio del 2 de julio de 2024 en el que esa entidad informó que no existió participación alguna en el nuevo modelo, pese a que se contempló esa posibilidad, “esta no se concretó”. También se registra que, a pocos días de la entrada en operación, el Consejo Directivo tomó la decisión de postergar la participación de la ADRES.

Durante la instrucción se recopilaron múltiples pruebas documentales y testimoniales, incluyendo oficios del Ministerio de Educación, la Fiduprevisora, la ADRES y la Superintendencia Nacional de Salud; actas del Consejo Directivo del FOMAG; y grabaciones de debates de control político en el Congreso. En particular, el expediente reseña grabaciones de sesiones del 15 y 20 de mayo de 2024 en la Comisión Sexta del Senado, y del 27 de mayo de 2024 en la Comisión Primera, relacionadas con la implementación del nuevo modelo.

Evaluación disciplinaria y alcance de la decisión

La Procuraduría evaluó la investigación conforme a lo establecido en el artículo 221 del Código General Disciplinario, que faculta a la autoridad para formular pliego de cargos o disponer el archivo de la actuación. En este caso, la Sala concluyó que existían elementos suficientes para continuar el proceso disciplinario frente a los funcionarios y directivos señalados, al tiempo que ordenó el archivo para uno de los investigados.

La actuación se desarrolló bajo el marco normativo del régimen excepcional del Magisterio, creado por la Ley 91 de 1989, que asigna al Consejo Directivo del FOMAG la definición de políticas y lineamientos, y a la Fiduprevisora la administración y operación de los recursos y contratos del sistema.

El proceso disciplinario continuará con las etapas previstas en la ley, una vez notificado el pliego de cargos a los disciplinables, dentro de las competencias constitucionales y legales del Ministerio Público.

Descargue aquí el documento completo de la Procuraduría:

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