¿Cómo se elegirán las IPS beneficiarias del mejoramiento de su capacidad instalada?

Con un proyecto de resolución se definen los criterios para elegir las IPS beneficiarias del proyecto “Mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud Nacional”
¿Cómo se elegirán las IPS para el mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud
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El Ministerio de Salud presentó este martes un proyecto de resolución en el que se especifican los requisitos de elegibilidad y los criterios de priorización para la asignación de los recursos del proyecto: “Mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud Nacional” a Entidades Territoriales e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, (este proyecto está marcado con el código BPIN 2018011000036).

Cabe aclarar que con los recursos de este proyecto se financiarán planes de inversión a Entidades Territoriales e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que cumplan con las reglas y requisitos establecidos en la Resolución 2053 de 2019 o en la Resolución 750 de 2020.

Para la elegibilidad de los proyectos de mejoramiento de la capacidad instalada para la prestación de servicios de salud se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

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  • Proyectos de inversión con concepto técnico de viabilidad otorgado por la Dirección de Prestación de Servicios y Atención Primaria de este Ministerio cuya fuente de financiación sea la Nación – Ministerio de Salud y Protección Social, en las vigencias que determine el Comité Técnico Asesor para la Asignación de Recursos.
  • Departamento o distrito respectivo que cuente con Programa Territorial de Reorganización, Rediseño y Modernización de redes de Empresas Sociales del Estado viabilizado por el Ministerio de Salud y Protección Social.

Es preciso decir, que no serán elegibles los proyectos que al momento de aplicar los presentes requisitos de elegibilidad ya estén totalmente financiados, cualquiera sea la fuente.

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Criterios de priorización de proyectos de mejoramiento de la capacidad instalada en salud

A los proyectos de inversión que cumplan con los requisitos de elegibilidad definidos anteriormente, se le aplicarán los siguientes criterios de priorización:

  1. Compromisos SIGOB: Proyectos de inversión que se encuentren registrados en el Centro de Gestión -SIGOB, el cual apoya la gestión de la agenda y la gestión de los compromisos del presidente u otras autoridades públicas de primer nivel.
  2. Relevancia dentro de la Red: Proyectos de inversión que apoyen el fortalecimiento de la capacidad instalada en la prestación de servicios de salud en el Departamento o Distrito.
  3. Cofinanciación: Proyectos de inversión que garanticen una fuente de cofinanciación en cualquier porcentaje.
  4. Cumplimiento Orden Judicial o autoridad administrativa competente: Proyectos de inversión que apoyen el cumplimento de Orden Judicial o autoridad administrativa competente.
  5. Monto del proyecto: Proyectos de inversión que no superen los topes definidos por el Comité Técnico Asesor para la Asignación de Recursos.

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Es de resaltar, que la asignación de los recursos se realizará a los proyectos de inversión que una vez aplicado los anteriores criterios de priorización cumplan al menos con dos de ellos.

Comité Técnico Asesor para la Asignación de Recursos

Para asignar estos recursos se creará un Comité Técnico Asesor que funcionará como un órgano que apoyará y recomendará a manera de asignación de los recursos del proyecto “Mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud Nacional” para la financiación de proyectos de inversión. Este estará integrado por:

  • El Viceministro de Salud Pública y Prestación de Servicios o su delegado del nivel directivo o asesor, quien lo presidirá.
  • El Secretario General o su delegado del nivel directivo o asesor.
  • El Director de Prestación de Servicios y Atención Primaria o su delegado del nivel directivo o asesor.
  • El Jefe de la Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres o su delegado del nivel directivo o asesor.

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Finalmente, el Ministerio de Salud, mediante acto administrativo y previa recomendación del Comité Técnico Asesor para la Asignación de Recursos, mediante acto administrativo, asignará los recursos del proyecto “Mejoramiento de la capacidad instalada asociada a la prestación de servicios de salud Nacional”, determinará la entidad departamental o distrital e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud beneficiarias, el monto de los recursos que se asignan, los requisitos para el giro, así como el seguimiento.

Pero la asignación de recursos por parte de este Ministerio estará sujeta a la disponibilidad presupuestal de la vigencia fiscal correspondiente y al cumplimiento por parte de las entidades beneficiarias de las condiciones definidas.

⬇⬇ Descargue el proyecto de resolución ⬇⬇

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